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Vacaciones de Amor con Dios - 3. página

Día 5

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 5: «NO MATARÁS«

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QUINTO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO MATARÁS»

No matarás (Ex 20, 13).

Habéis oído que se dijo a los antepasados: ‘No matarás’; y aquel que mate será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal (Mt 5, 21-22).

2258 ‘La vida humana es sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente’ (CDF, instr. «Donum vitae» intr. 5).

I El respeto de la vida humana

2259 La Escritura, en el relato de la muerte de Abel a manos de su hermano Caín (cf Gn 4, 8-12), revela, desde los comienzos de la historia humana, la presencia en el hombre de la ira y la codicia, consecuencias del pecado original. El hombre se convirtió en el enemigo de sus semejantes. Dios manifiesta la maldad de este fratricidio: ‘¿Qué has hecho? Se oye la sangre de tu hermano clamar a mí desde el suelo. Pues bien: maldito seas, lejos de este suelo que abrió su boca para recibir de tu mano la sangre de tu hermano’ (Gn 4, 10-11).

2260 La alianza de Dios y de la humanidad está tejida de llamamientos a reconocer la vida humana como don divino y de la existencia de una violencia fratricida en el corazón del hombre:

Y yo os prometo reclamar vuestra propia sangre… Quien vertiere sangre de hombre, por otro hombre será su sangre vertida, porque a imagen de Dios hizo él al hombre (Gn 9, 5-6).

El Antiguo Testamento consideró siempre la sangre como un signo sagrado de la vida (cf Lv 17, 14). La validez de esta enseñanza es para todos los tiempos.

2261 La Escritura precisa lo que el quinto mandamiento prohíbe: ‘No quites la vida del inocente y justo’ (Ex 23, 7). El homicidio voluntario de un inocente es gravemente contrario a la dignidad del ser humano, a la regla de oro y a la santidad del Creador. La ley que lo proscribe posee una validez universal: obliga a todos y a cada uno, siempre y en todas partes.

2262 En el Sermón de la Montaña, el Señor recuerda el precepto: ‘No matarás’ (Mt 5, 21), y añade el rechazo absoluto de la ira, del odio y de la venganza. Más aún, Cristo exige a sus discípulos presentar la otra mejilla (cf Mt 5, 22-39), amar a los enemigos (cf Mt 5, 44). El mismo no se defendió y dijo a Pedro que guardase la espada en la vaina (cf Mt 26, 52).

La legítima defensa

2263 La legítima defensa de las personas y las sociedades no es una excepción a la prohibición de la muerte del inocente que constituye el homicidio voluntario. ‘La acción de defenderse puede entrañar un doble efecto: el uno es la conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor… solamente es querido el uno; el otro, no’ (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 64, 7).

2264 El amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. Es, por tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal:

Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita… y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por la de otro (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 64, 7).

2265 La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro, del bien común de la familia o de la sociedad.”

2266 La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte. Por motivos análogos quienes poseen la autoridad tienen el derecho de rechazar por medio de las armas a los agresores de la sociedad que tienen a su cargo.
Las penas tienen como primer efecto el de compensar el desorden introducido por la falta. Cuando la pena es aceptada voluntariamente por el culpable, tiene un valor de expiación. La pena tiene como efecto, además, preservar el orden público y la seguridad de las personas. Finalmente, tiene también un valor medicinal, puesto que debe, en la medida de lo posible, contribuir a la enmienda del culpable (cf Lc 23, 40-43).

2267 Si los medios incruentos bastan para defender las vidas humanas contra el agresor y para proteger de él el orden público y la seguridad de las personas, en tal caso la autoridad se limitará a emplear sólo esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.

El homicidio voluntario

2268 El quinto mandamiento condena como gravemente pecaminoso el homicidio directo y voluntario. El que mata y los que cooperan voluntariamente con él cometen un pecado que clama venganza al cielo (cf Gn 4, 10).
El infanticidio (cf GS 51, 3), el fratricidio, el parricidio, el homicidio del cónyuge son crímenes especialmente graves a causa de los vínculos naturales que destruyen. Preocupaciones de eugenesia o de salud pública no pueden justificar ningún homicidio, aunque fuera ordenado por las propias autoridades.

2269 El quinto mandamiento prohíbe hacer algo con intención de provocar indirectamente la muerte de una persona. La ley moral prohíbe exponer a alguien sin razón grave a un riesgo mortal, así como negar la asistencia a una persona en peligro.

La aceptación por parte de la sociedad de hambres que provocan muertes sin esforzarse por remediarlas es una escandalosa injusticia y una falta grave. Los traficantes cuyas prácticas usurarias y mercantiles provocan el hambre y la muerte de sus hermanos los hombres, cometen indirectamente un homicidio. Este les es imputable (cf Am 8, 4-10).

El homicidio involuntario no es moralmente imputable. Pero no se está libre de falta grave cuando, sin razones proporcionadas, se ha obrado de manera que se ha seguido la muerte, incluso sin intención de causarla.

El aborto

2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción.

Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida (cf CDF, instr. «Donum vitae» 1, 1).
Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado (Jr 1, 5; Jb 10, 8-12; Sal 22, 10-11).

Y mis huesos no se te ocultaban, cuando era yo hecho en lo secreto, tejido en las honduras de la tierra (Sal 139, 15).

2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral.

No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido. (Didajé, 2, 2; Bernabé, ep. 19, 5; Epístola a Diogneto 5, 5; Tertuliano, apol. 9).

Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Por consiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables (GS 51, 3).

2272 La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. ‘Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae’ ( CIC can. 1398), es decir, ‘de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito’ ( CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.

2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación:

‘Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte’ (CDF, instr. «Donum vitae» 3).

‘Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho… El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos’. (CDF, instr. «Donum vitae» 3).

2274 Puesto que debe ser tratado como una persona desde la concepción, el embrión deberá ser defendido en su integridad, cuidado y atendido médicamente en la medida de lo posible, como todo otro ser humano.
El diagnóstico prenatal es moralmente lícito, ‘si respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se orienta hacia su protección o hacia su curación… Pero se opondrá gravemente a la ley moral cuando contempla la posibilidad, en dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad hereditaria no debe equivaler a una sentencia de muerte’ (CDF, instr. «Donum vitae» 1, 2).

2275 Se deben considerar ‘lícitas las intervenciones sobre el embrión humano, siempre que respeten la vida y la integridad del embrión, que no lo expongan a riesgos desproporcionados, que tengan como fin su curación, la mejora de sus condiciones de salud o su supervivencia individual’ (CDF, instr. «Donum vitae» 1, 3).

‘Es inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como «material biológico» disponible’ (CDF, instr. «Donum vitae» 1, 5).

‘Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad’ (CDF, instr. «Donum vitae» 1, 6).

La eutanasia

2276 Aquellos cuya vida se encuentra disminuida o debilitada tienen derecho a un respeto especial. Las personas enfermas o disminuidas deben ser atendidas para que lleven una vida tan normal como sea posible.

2277 Cualesquiera que sean los motivos y los medios, la eutanasia directa consiste en poner fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas. Es moralmente inaceptable.

Por tanto, una acción o una omisión que, de suyo o en la intención, provoca la muerte para suprimir el dolor, constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador. El error de juicio en el que se puede haber caído de buena fe no cambia la naturaleza de este acto homicida, que se ha de rechazar y excluir siempre.

2278 La interrupción de tratamientos médicos onerosos, peligrosos, extraordinarios o desproporcionados a los resultados puede ser legítima. Interrumpir estos tratamientos es rechazar el ‘encarnizamiento terapéutico’. Con esto no se pretende provocar la muerte; se acepta no poder impedirla. Las decisiones deben ser tomadas por el paciente, si para ello tiene competencia y capacidad o si no por los que tienen los derechos legales, respetando siempre la voluntad razonable y los intereses legítimos del paciente.

2279 Aunque la muerte se considere inminente, los cuidados ordinarios debidos a una persona enferma no pueden ser legítimamente interrumpidos. El uso de analgésicos para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio, sino solamente prevista y tolerada como inevitable. Los cuidados paliativos constituyen una forma privilegiada de la caridad desinteresada. Por esta razón deben ser alentados.

El suicidio

2280 Cada cual es responsable de su vida delante de Dios que se la ha dado. El sigue siendo su soberano Dueño. Nosotros estamos obligados a recibirla con gratitud y a conservarla para su honor y para la salvación de nuestras almas. Somos administradores y no propietarios de la vida que Dios nos ha confiado. No disponemos de ella.

2281 El suicidio contradice la inclinación natural del ser humano a conservar y perpetuar su vida. Es gravemente contrario al justo amor de sí mismo. Ofende también al amor del prójimo porque rompe injustamente los lazos de solidaridad con las sociedades familiar, nacional y humana con las cuales estamos obligados. El suicidio es contrario al amor del Dios vivo.

2282 Si se comete con intención de servir de ejemplo, especialmente a los jóvenes, el suicidio adquiere además la gravedad del escándalo. La cooperación voluntaria al suicidio es contraria a la ley moral.
Trastornos psíquicos graves, la angustia, o el temor grave de la prueba, del sufrimiento o de la tortura, pueden disminuir la responsabilidad del suicida.

2283 No se debe desesperar de la salvación eterna de aquellas personas que se han dado muerte. Dios puede haberles facilitado por caminos que El solo conoce la ocasión de un arrepentimiento salvador. La Iglesia ora por las personas que han atentado contra su vida.

II El respeto de la dignidad de las personas 
El respeto del alma del prójimo: el escándalo

2284 El escándalo es la actitud o el comportamiento que induce a otro a hacer el mal. El que escandaliza se convierte en tentador de su prójimo. Atenta contra la virtud y el derecho; puede ocasionar a su hermano la muerte espiritual. El escándalo constituye una falta grave, si por acción u omisión, arrastra deliberadamente a otro a una falta grave.

2285 El escándalo adquiere una gravedad particular según la autoridad de quienes lo causan o la debilidad de quienes lo padecen. Inspiró a nuestro Señor esta maldición: ‘Al que escandalice a uno de estos pequeños que creen en mí, más le vale que le cuelguen al cuello una de esas piedras de molino que mueven los asnos y le hundan en lo profundo del mar’ (Mt 18, 6; cf 1 Co 8, 10-13). El escándalo es grave cuando es causado por quienes, por naturaleza o por función, están obligados a enseñar y educar a otros. Jesús, en efecto, lo reprocha a los escribas y fariseos: los compara a lobos disfrazados de corderos (cf Mt 7, 15).

2286 El escándalo puede ser provocado por la ley o por las instituciones, por la moda o por la opinión.
Así se hacen culpables de escándalo quienes instituyen leyes o estructuras sociales que llevan a la degradación de las costumbres y a la corrupción de la vida religiosa, o a ‘condiciones sociales que, voluntaria o involuntariamente, hacen ardua y prácticamente imposible una conducta cristiana conforme a los mandamientos’ (Pío XII, discurso 1 junio 1941). Lo mismo ha de decirse de los empresarios que imponen procedimientos que incitan al fraude, de los educadores que ‘exasperan’ a sus alumnos (cf Ef 6, 4; Col 3, 21), o de los que, manipulando la opinión pública, la desvían de los valores morales.

2287 El que usa los poderes de que dispone en condiciones que arrastren a hacer el mal se hace culpable de escándalo y responsable del mal que directa o indirectamente ha favorecido. ‘Es imposible que no vengan escándalos; pero, ¡ay de aquel por quien vienen!’ (Lc 17, 1).

El respeto de la salud

2288 La vida y la salud física son bienes preciosos confiados por Dios. Debemos cuidar de ellos racionalmente teniendo en cuenta las necesidades de los demás y el bien común.

El cuidado de la salud de los ciudadanos requiere la ayuda de la sociedad para lograr las condiciones de existencia que permiten crecer y llegar a la madurez: alimento y vestido, vivienda, cuidados de la salud, enseñanza básica, empleo y asistencia social.

2289 La moral exige el respeto de la vida corporal, pero no hace de ella un valor absoluto. Se opone a una concepción neopagana que tiende a promover el culto del cuerpo, a sacrificar todo a él, a idolatrar la perfección física y el éxito deportivo. Semejante concepción, por la selección que opera entre los fuertes y los débiles, puede conducir a la perversión de las relaciones humanas.

2290 La virtud de la templanza conduce a evitar toda clase de excesos, el abuso de la comida, del alcohol, del tabaco y de las medicinas. Quienes en estado de embriaguez, o por afición inmoderada de velocidad, ponen en peligro la seguridad de los demás y la suya propia en las carreteras, en el mar o en el aire, se hacen gravemente culpables.

2291 El uso de la droga inflige muy graves daños a la salud y a la vida humana. Fuera de los casos en que se recurre a ello por prescripciones estrictamente terapéuticas, es una falta grave. La producción clandestina y el tráfico de drogas son prácticas escandalosas; constituyen una cooperación directa, porque incitan a ellas, a prácticas gravemente contrarias a la ley moral.

El respeto de la persona y la investigación científica

2292 Los experimentos científicos, médicos o psicológicos, en personas o grupos humanos, pueden contribuir a la curación de los enfermos y al progreso de la salud pública.

2293 Tanto la investigación científica de base como la investigación aplicada constituyen una expresión significativa del dominio del hombre sobre la creación. La ciencia y la técnica son recursos preciosos cuando son puestos al servicio del hombre y promueven su desarrollo integral en beneficio de todos; sin embargo, por sí solas no pueden indicar el sentido de la existencia y del progreso humano. La ciencia y la técnica están ordenadas al hombre que les ha dado origen y crecimiento; tienen por tanto en la persona y en sus valores morales el sentido de su finalidad y la conciencia de sus límites.

2294 Es ilusorio reivindicar la neutralidad moral de la investigación científica y de sus aplicaciones. Por otra parte, los criterios de orientación no pueden ser deducidos ni de la simple eficacia técnica, ni de la utilidad que puede resultar de ella para unos con detrimento de otros, y, menos aún, de las ideologías dominantes. La ciencia y la técnica requieren por su significación intrínseca el respeto incondicionado de los criterios fundamentales de la moralidad; deben estar al servicio de la persona humana, de sus derechos inalienables, de su bien verdadero e integral, conforme al designio y la voluntad de Dios.

2295 Las investigaciones o experimentos en el ser humano no pueden legitimar actos que en sí mismos son contrarios a la dignidad de las personas y a la ley moral. El eventual consentimiento de los sujetos no justifica tales actos. La experimentación en el ser humano no es moralmente legítima si hace correr riesgos desproporcionados o evitables a la vida o a la integridad física o psíquica del sujeto. La experimentación en seres humanos no es conforme a la dignidad de la persona si, por añadidura, se hace sin el consentimiento consciente del sujeto o de quienes tienen derecho sobre él.

2296 El trasplante de órganos no es moralmente aceptable si el donante o sus representantes no han dado su consentimiento consciente. El trasplante de órganos es conforme a la ley moral y puede ser meritorio si los peligros y riesgos físicos o psíquicos sobrevenidos al donante son proporcionados al bien que se busca en el destinatario. Es moralmente inadmisible provocar directamente para el ser humano bien la mutilación que le deja inválido o bien su muerte, aunque sea para retardar el fallecimiento de otras personas.

El respeto de la integridad corporal

2297 Los secuestros y el tomar rehenes hacen que impere el terror y, mediante la amenaza, ejercen intolerables presiones sobre las víctimas. Son moralmente ilegítimos. El terrorismo, que amenaza, hiere y mata sin discriminación es gravemente contrario a la justicia y a la caridad. La tortura, que usa de violencia física o moral, para arrancar confesiones, para castigar a los culpables, intimidar a los que se oponen, satisfacer el odio, es contraria al respeto de la persona y de la dignidad humana. Exceptuados los casos de prescripciones médicas de orden estrictamente terapéutico, las amputaciones,mutilaciones o esterilizaciones directamente voluntarias de personas inocentes son contrarias a la ley moral (cf DS 3722).

2298 En tiempos pasados, se recurrió de modo ordinario a prácticas crueles por parte de autoridades legítimas para mantener la ley y el orden, con frecuencia sin protesta de los pastores de la Iglesia, que incluso adoptaron, en sus propios tribunales las prescripciones del derecho romano sobre la tortura. Junto a estos hechos lamentables, la Iglesia ha enseñado siempre el deber de clemencia y misericordia; prohibió a los clérigos derramar sangre. En tiempos recientes se ha hecho evidente que estas prácticas crueles no eran ni necesarias para el orden público ni conformes a los derechos legítimos de la persona humana. Al contrario, estas prácticas conducen a las peores degradaciones. Es preciso esforzarse por su abolición, y orar por las víctimas y sus verdugos.

El respeto a los muertos

2299 A los moribundos se han de prestar todas las atenciones necesarias para ayudarles a vivir sus últimos momentos en la dignidad y la paz. Deben ser ayudados por la oración de sus parientes, los cuales cuidarán que los enfermos reciban a tiempo los sacramentos que preparan para el encuentro con el Dios vivo.

2300 Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto y caridad en la fe y la esperanza de la resurrección. Enterrar a los muertos es una obra de misericordia corporal (cf Tb 1, 16-18), que honra a los hijos de Dios, templos del Espíritu Santo.

2301 La autopsia de los cadáveres es moralmente admisible cuando hay razones de orden legal o de investigación científica. El don gratuito de órganos después de la muerte es legítimo y puede ser meritorio.
La Iglesia permite la incineración cuando con ella no se cuestiona la fe en la resurrección del cuerpo (cf  CIC can. 1176, 3).

III La defensa de la paz

2302 Recordando el precepto: ‘no matarás’ (Mt 5, 21), nuestro Señor pide la paz del corazón y denuncia la inmoralidad de la cólera homicida y del odio:

La cólera es un deseo de venganza. ‘Desear la venganza para el mal de aquel a quien es preciso castigar, es ilícito’; pero es loable imponer una reparación ‘para la corrección de los vicios y el mantenimiento de la justicia’ (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 158, 1 ad 3). Si la cólera llega hasta el deseo deliberado de matar al prójimo o de herirlo gravemente, constituye una falta grave contra la caridad; es pecado mortal. El Señor dice: ‘Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal’ (Mt 5, 22).

2303 El odio voluntario es contrario a la caridad. El odio al prójimo es pecado cuando se le desea deliberadamente un mal. El odio al prójimo es un pecado grave cuando se le desea deliberadamente un daño grave. ‘Pues yo os digo: Amad a vuestros enemigos y rogad por los que os persigan, para que seáis hijos de vuestro Padre celestial…’ (Mt 5, 44-45).

2304 El respeto y el desarrollo de la vida humana exigen la paz. La paz no es sólo ausencia de guerra y no se limita a asegurar el equilibrio de fuerzas adversas. La paz no puede alcanzarse en la tierra, sin la salvaguardia de los bienes de las personas, la libre comunicación entre los seres humanos, el respeto de la dignidad de las personas y de los pueblos, la práctica asidua de la fraternidad. Es la ‘tranquilidad del orden’ (S. Agustín, civ. 19, 13). Es obra de la justicia (cf Is 32, 17) y efecto de la caridad (cf GS 78, 1-2).

2305 La paz terrenal es imagen y fruto de la paz de Cristo, el ‘Príncipe de la paz’ mesiánica (Is 9, 5). Por la sangre de su cruz, ‘dio muerte al odio en su carne’ (Ef 2, 16; cf Col 1, 20-22), reconcilió con Dios a los hombres le hizo de su Iglesia el sacramento de la unidad del género humano y de su unión con Dios. ‘El es nuestra paz’ (Ef 2, 14). Declara ‘bienaventurados a los que construyen la paz’ (Mt 5, 9).

2306 Los que renuncian a la acción violenta y sangrienta y recurren para la defensa de los derechos del hombre a medios que están al alcance de los más débiles, dan testimonio de caridad evangélica, siempre que esto se haga sin lesionar los derechos y obligaciones de los otros hombres y de las sociedades. Atestiguan legítimamente la gravedad de los riesgos físicos y morales del recurso a la violencia con sus ruinas y sus muertes (cf GS 78, 5).

Evitar la guerra

2307 El quinto mandamiento condena la destrucción voluntaria de la vida humana. A causa de los males y de las injusticias que ocasiona toda guerra, la Iglesia insta constantemente a todos a orar y actuar para que la Bondad divina nos libre de la antigua servidumbre de la guerra (cf GS 81, 4).

2308 Todo ciudadano y todo gobernante están obligados a empeñarse en evitar las guerras.
Sin embargo, ‘mientras exista el riesgo de guerra y falte una autoridad internacional competente y provista de la fuerza correspondiente, una vez agotados todos los medios de acuerdo pacífico, no se podrá negar a los gobiernos el derecho a la legítima defensa’ (Gs 79, 4).

2309 Se han de considerar con rigor las condiciones estrictas de una legítima defensa mediante la fuerza militar. La gravedad de semejante decisión somete a ésta a condiciones rigurosas de legitimidad moral. Es preciso a la vez:

– Que el daño causado por el agresor a la nación o a la comunidad de las naciones sea duradero, grave y cierto.

– Que todos los demás medios para poner fin a la agresión hayan resultado impracticables o ineficaces.

– Que se reúnan las condiciones serias de éxito.

– Que el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más graves que el mal que se pretende eliminar. El poder de los medios modernos de destrucción obliga a una prudencia extrema en la apreciación de esta condición.

Estos son los elementos tradicionales enumerados en la doctrina llamada de la ‘guerra justa’.

La apreciación de estas condiciones de legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están a cargo del bien común.

2310 Los poderes públicos tienen en este caso el derecho y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones necesarias para la defensa nacional.

Los que se dedican al servicio de la patria en la vida militar son servidores de la seguridad y de la libertad de los pueblos. Si realizan correctamente su tarea, colaboran verdaderamente al bien común de la nación y al mantenimiento de la paz (cf GS 79, 5).

2311 Los poderes públicos atenderán equitativamente al caso de quienes, por motivos de conciencia, rehúsan el empleo de las armas; éstos siguen obligados a servir de otra forma a la comunidad humana (cf GS 79, 3).

2312 La Iglesia y la razón humana declaran la validez permanente de la ley moral durante los conflictos armados. ‘Una vez estallada desgraciadamente la guerra, no todo es lícito entre los contendientes’ (GS 79, 4).

2313 Es preciso respetar y tratar con humanidad a los no combatientes, a los soldados heridos y a los prisioneros.

Las acciones deliberadamente contrarias al derecho de gentes y a sus principios universales, como asimismo las disposiciones que las ordenan, son crímenes. Una obediencia ciega no basta para excusar a los que se someten a ella. Así, el exterminio de un pueblo, de una nación o de una minoría étnica debe ser condenado como un pecado mortal. Existe la obligación moral de desobedecer aquellas decisiones que ordenan genocidios.

2314 ‘Toda acción bélica que tiende indiscriminadamente a la destrucción de ciudades enteras o de amplias regiones con sus habitantes, es un crimen contra Dios y contra el hombre mismo, que hay que condenar con firmeza y sin vacilaciones’ (GS 80, 4). Un riesgo de la guerra moderna consiste en facilitar a los que poseen armas científicas, especialmente atómicas, biológicas o químicas, la ocasión de cometer semejantes crímenes.

2315 La acumulación de armas es para muchos como una manera paradójica de apartar de la guerra a posibles adversarios. Ven en ella el más eficaz de los medios, para asegurar la paz entre las naciones. Este procedimiento de disuasión merece severas reservas morales. La carrera de armamentos no asegura la paz. En lugar de eliminar las causas de guerra, corre el riesgo de agravarlas. La inversión de riquezas fabulosas en la fabricación de armas siempre más modernas impide la ayuda a los pueblos indigentes (cf PP 53), y obstaculiza su desarrollo. El exceso de armamento multiplica las razones de conflictos y aumenta el riesgo de contagio.

2316 La producción y el comercio de armas atañen hondamente al bien común de las naciones y de la comunidad internacional. Por tanto, las autoridades tienen el derecho y el deber de regularlas. La búsqueda de intereses privados o colectivos a corto plazo no legitima empresas que fomentan violencias y conflictos entre las naciones, y que comprometen el orden jurídico internacional.

2317 Las injusticias, las desigualdades excesivas de orden económico o social, la envidia, la desconfianza y el orgullo, que existen entre los hombres y las naciones, amenazan sin cesar la paz y causan las guerras. Todo lo que se hace para superar estos desórdenes contribuye a edificar la paz y evitar la guerra:

En la medida en que los hombres son pecadores, les amenaza y les amenazará hasta la venida de Cristo, el peligro de guerra; en la medida en que, unidos por la caridad, superan el pecado, se superan también las violencias hasta que se cumpla la palabra: ‘De sus espadas forjarán arados y de sus lanzas podaderas. Ninguna nación levantará ya más la espada contra otra y no se adiestrarán más para el combate’ (Is 2, 4) (GS 78, 6).

RESUMEN

2318 ‘Dios tiene en su mano el alma de todo ser viviente y el soplo de toda carne de hombre’ (Jb 12, 10).

2319 Toda vida humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte, es sagrada, pues la persona humana ha sido amada por sí misma a imagen y semejanza del Dios vivo y santo.

2320 Causar la muerte a un ser humano es gravemente contrario a la dignidad de la persona y a la santidad del Creador.

2321 La prohibición de causar la muerte no suprime el derecho de impedir que un injusto agresor cause daño. La legítima defensa es un deber grave para quien es responsable de la vida de otro o del bien común.

2322 Desde su concepción, el niño tiene el derecho a la vida. El aborto directo, es decir, buscado como un fin o como un medio, es una práctica infame (cf GS 27, 3), gravemente contraria a la ley moral. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana.

2323 Porque ha de ser tratado como una persona desde su concepción, el embrión debe ser defendido en su integridad, atendido y cuidado médicamente como cualquier otro ser humano.

2324 La eutanasia voluntaria, cualesquiera que sean sus formas y sus motivos, constituye un homicidio. Es gravemente contraria a la dignidad de la persona humana y al respeto del Dios vivo, su Creador.

2325 El suicidio es gravemente contrario a la justicia, a la esperanza y a la caridad. Está prohibido por el quinto mandamiento.”

2326 El escándalo constituye una falta grave cuando por acción u omisión se induce deliberadamente a otro a pecar.”

2327 A causa de los males y de las injusticias que ocasiona toda guerra, debemos hacer todo lo que es razonablemente posible para evitarla. La Iglesia implora así: ‘del hambre, de la peste y de la guerra, líbranos Señor’.

2328 La Iglesia y la razón humana afirman la validez permanente de la ley moral durante los conflictos armados. Las prácticas deliberadamente contrarias al derecho de gentes y a sus principios universales son crímenes.

2329 ‘La carrera de armamentos es una plaga gravísima de la humanidad y perjudica a los pobres de modo intolerable’ (GS 81, 3).

2330 ‘Bienaventurados los que construyen la paz, porque ellos serán llamados hijos de Dios’ (Mt 5, 9).

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL QUINTO MANDAMIENTO
«No matarás»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

La vida humana es sagrada. ¿He matado?

¿Me he atribuido el derecho de matar de modo directo y voluntario a un ser humano; sea el que sea?

¿Le he hecho a alguna persona, algo, con intención de provocar indirectamente su muerte?

¿Le he negado la asistencia a cualquier persona en estado de peligro?

¿He llegado a herir a alguien?

¿He conducido irresponsablemente cualquier vehículo, colocando en riesgo mi vida y la de los acompañantes?

¿He participado indirectamente y con conocimiento previo en cualquier acto donde se asesine alguna persona, y no he puesto mi total empeño para prevenirlo?

¿He participado directa o indirectamente en algún aborto provocado? (Jr 1, 5)(se incurre en excomunión ipso facto reservada al Obispo; o sea que es una forma como la Iglesia, manifiesta la gravedad de este crimen).

¿He practicado la eutanasia, o sea, que he puesto fin a la vida de personas disminuidas, enfermas o moribundas, o he consentido o ayudado a ello por acción o por omisión?

¿He colaborado directa o indirectamente con actos terroristas?

¿Los he justificado?

¿He puesto en peligro mi vida sin necesidad?

¿Me he deseado la muerte sin someterme a la Providencia de Dios? 

Somos administradores y no propietarios de la vida que Dios nos ha confiado…..

¿He intentado suicidarme?

¿He colaborado voluntariamente en el suicidio de alguien?

El escándalo es la actitud o el comportamiento que induce a otro a hacer el mal. El que escandaliza se convierte en tentador de su prójimo; y puede ocasionarle la muerte espiritual….. Por acción o por omisión…

¿He escandalizado a alguien arrastrándolo a una falta grave, o sea, haciéndolo pecar? 

Con mi conversación, mi modo de vestir, mi invitación a presenciar algún espectáculo o con el préstamo de algún libro o revista, ¿He sido la causa de que otros pecasen?

¿He tratado de reparar el escándalo?  

¿Considero mi cuerpo como un “valor absoluto”, llegando a sacrificar todo a él, o he llegado a idolatrar la perfección física y el éxito deportivo en un relativo “culto al cuerpo”?

¿He abusado de la comida, del alcohol o licores, del tabaco o del cigarrillo, o de las medicinas?

¿He usado drogas o sustancias alucinógenas?

¿He producido, o traficado o negociado con sustancias que incitan a prácticas graves, contrarias a la ley moral?

¿He descuidado mi salud?

¿He atentado contra mi vida? 

¿Me he embriagado, bebido con exceso o tomado drogas? 

¿He bebido de manera que, por haberme alegrado demasiado, he cometido pecados que no hubiera cometido sin beber?

¿He dado bebidas con malos fines?

¿Me he dejado dominar por la gula, es decir, por el placer de comer y beber más allá de lo razonable? 

¿He utilizado mensajes subliminales para dominar la voluntad de las personas? 

¿He puesto en peligro mi salud mental y espiritual, al querer distraerme con música que contiene mensajes subliminales que incitan a prácticas de violencia, rebeldía, y otras contrarias al verdadero amor que invita a practicar Jesucristo?

¿He participado directa o indirectamente en secuestros, actos de terrorismo o torturas?

¿He participado en amputaciones, mutilaciones, o esterilizaciones forzosas a personas inocentes?

¿He ayudado a los moribundos a permanecer dignamente sus últimos momentos, acompañándolos en oración, y cuidando que reciban a tiempo los sacramentos?

¿Tengo en mi corazón un deseo de venganza por el mal que me han causado? (Mt 5, 22).

¿Siento odio, rencor o resentimiento por alguien; le he deseado el mal?

¿Quiero sanarme de esos sentimientos? (Mt 5, 44-45)

¿Me odio a mí mismo-a? 

¿He evitado todo conflicto, pelea o guerra, en la medida de mis capacidades?

¿He dejado de hablarme con alguien y me niego a la reconciliación o no hago lo posible por conseguirla? 

¿Evito que las diferencias políticas o profesionales degeneren en indisposición, malquerencia u odio hacia las personas? 

¿He deseado un mal grave al prójimo?

¿Me he alegrado de los males que le han ocurrido? 

¿Me he dejado dominar por la envidia? 

¿Niego el saludo o el habla a alguna persona sin causa razonable o demasiado tiempo?

¿He sido causa de riñas o enemistades?

¿Fomento antipatías?

¿Tengo paciencia con las flaquezas del prójimo?

¿Me dejo llevar de la vanidad y vanagloria?

¿Me he alegrado del mal ajeno o entristecido de su bien?

¿Me he vengado o deseado vengarme?

¿Me he negado perdonar y hacer las paces?

¿Estoy dispuesto a perdonar y reconciliarme?

¿Tengo mal genio y riño sin motivo?

¿Trato al prójimo con altanería?

¿Soy amable y servicial?

¿Trato a  los demás con caridad cristiana?

¿He dado mal ejemplo?

¿Ha sido mi mal ejemplo tan grave que haya inducido a otros al pecado mortal?

¿He escandalizado a otros enseñándoles o incitándoles a pecar mortalmente?

¿He sido causa consciente y voluntaria de pecados mortales de otros, pudiendo y debiendo haberlo evitado?

¿Les he dado películas, fotografías, libros, revistas, periódicos malos?

¿He dado disgustos sin causa?

¿Remedio a los necesitados según mis posibilidades?

¿Me he dejado llevar por la ira?

¿He causado con ello disgusto a otras personas? 

¿He despreciado a mi prójimo?

¿Me he burlado de otros o les he criticado, molestado o ridiculizado? 

¿He maltratado de palabra o de obra a los demás?

¿Pido las cosas con malos modales, faltando a la caridad? 

¿He insultado a otros?

¿He injuriado o maldecido?

¿Me he preocupado del bien del prójimo, avisándole del peligro material o espiritual en que se encuentra o corrigiéndole como pide la caridad cristiana? 

¿He descuidado mi trabajo, faltando a la justicia en cosas importantes?

¿Estoy dispuesto a reparar el daño que se haya seguido de mi negligencia? 

¿Procuro acabar bien el trabajo pensando que a Dios no se le deben ofrecer cosas mal hechas?

¿Realizo el trabajo con la debida pericia y preparación? 

¿He abusado de la confianza de mis superiores?

¿He perjudicado a mis superiores o subordinados o a otras personas haciéndoles un daño grave? 

¿Facilito el trabajo o estudio de los demás, o lo entorpezco de algún modo, por ejemplo, con rencillas, derrotismos e interrupciones? 

¿He sido perezoso en el cumplimiento de mis deberes? 

¿Retraso con frecuencia el momento de ponerme a trabajar o estudiar? 

¿Tolero abusos o injusticias que tengo obligación de impedir? 

¿He dejado, por pereza, que se produzcan graves daños en mi trabajo? ¿He descuidado mi rendimiento en cosas importantes con perjuicio de aquellos para quienes trabajo?

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 5.  Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 3

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 3: «SANTIFICARÁS LAS FIESTAS«

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TERCER MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«SANTIFICARÁS EL DÍA DEL SEÑOR»

«Recuerda el día del sábado para santificarlo. Seis días trabajarás y harás todos tus trabajos, pero el día séptimo es día de descanso para el Señor, tu Dios. No harás ningún trabajo» (Ex 20, 8-10; cf Dt 5, 12-15).

«El sábado ha sido instituido para el hombre y no el hombre para el sábado. De suerte que el Hijo del hombre también es Señor del sábado» (Mc 2, 27-28).

I El día del sábado 

2168 El tercer mandamiento del Decálogo proclama la santidad del sábado: ‘El día séptimo será día de descanso completo, consagrado al Señor’ (Ex 31, 15).

2169 La Escritura hace a este propósito memoria de la creación: ‘Pues en seis días hizo el Señor el cielo y la tierra, el mar y todo cuanto contienen, y el séptimo descansó; por eso bendijo el Señor el día del sábado y lo hizo sagrado’ (Ex 20, 11).

2170 La Escritura ve también en el día del Señor un memorial de la liberación de Israel de la esclavitud de Egipto: ‘Acuérdate de que fuiste esclavo en el país de Egipto y de que el Señor tu Dios te sacó de allí con mano fuerte y tenso brazo; por eso el Señor tu Dios te ha mandado guardar el día del sábado’ (Dt 5, 15).

2171 Dios confió a Israel el sábado para que lo guardara como signo de la alianza inquebrantable (cf Ex 31, 16). El sábado es para el Señor, santamente reservado a la alabanza de Dios, de su obra de creación y de sus acciones salvíficas en favor de Israel.

2172 La acción de Dios es el modelo de la acción humana. Si Dios ‘tomó respiro’ el día séptimo (Ex 31, 17), también el hombre debe ‘descansar’ y hacer que los demás, sobre todo los pobres, ‘recobren aliento’ (Ex 23, 12). El sábado interrumpe los trabajos cotidianos y concede un respiro. Es un día de protesta contra las servidumbres del trabajo y el culto al dinero (cf Ne 13, 15-22; 2 Cro 36, 21).

2173 El Evangelio relata numerosos incidentes en que Jesús fue acusado de quebrantar la ley del sábado. Pero Jesús nunca falta a la santidad de este día (cf Mc 1, 21; Jn 9, 16), sino que con autoridad da la interpretación auténtica de esta ley: ‘El sábado ha sido instituido para el hombre y no el hombre para el sábado’ (Mc 2, 27). Con compasión, Cristo proclama que ‘es lícito en sábado hacer el bien en vez del mal, salvar una vida en vez de destruirla’ (Mc 3, 4). El sábado es el día del Señor de las misericordias y del honor de Dios (cf Mt 12, 5; Jn 7, 23). ‘El Hijo del hombre es Señor del sábado’ (Mc 2, 28).

II El día del Señor

¡Este es el día que ha hecho el Señor, exultemos y gocémonos en él! (Sal 118, 24).

El día de la Resurrección: la nueva creación

2174 Jesús resucitó de entre los muertos ‘el primer día de la semana’ (Mt 28, 1; Mc 16, 2; Lc 24, 1; Jn 20, 1). En cuanto es el ‘primer día’, el día de la Resurrección de Cristo recuerda la primera creación. En cuanto es el ‘octavo día’, que sigue al sábado (cf Mc 16, 1); Mt 28, 1), significa la nueva creación inaugurada con la resurrección de Cristo. Para los cristianos vino a ser el primero de todos los días, la primera de todas las fiestas, el día del Señor (‘Hè kyriakè hèmera’, ‘dies dominica’), el ‘domingo’:
Nos reunimos todos el día del sol porque es el primer día (después del sábado judío, pero también el primer día), en que Dios, sacando la materia de las tinieblas, creó al mundo; ese mismo día, Jesucristo nuestro Salvador resucitó de entre los muertos (S. Justino, Apol. 1,67).

El domingo, plenitud del sábado

2175 El domingo se distingue expresamente del sábado, al que sucede cronológicamente cada semana, y cuya prescripción litúrgica reemplaza para los cristianos. Realiza plenamente, en la Pascua de Cristo, la verdad espiritual del sábado judío y anuncia el descanso eterno del hombre en Dios. Porque el culto de la ley preparaba el misterio de Cristo, y lo que se practicaba en ella prefiguraba algún rasgo relativo a Cristo (cf 1 o 10, 11):
Los que vivían según el orden de cosas antiguo han pasado a la nueva esperanza, no observando ya el sábado, sino el día del Señor, en el que nuestra vida es bendecida por El y por su muerte. (S. Ignacio de Antioquía, Magn. 9, 1).

2176 La celebración del domingo cumple la prescripción moral, inscrita en el corazón del hombre, de ‘dar a Dios un culto exterior, visible, público y regular bajo el signo de su bondad universal hacia los hombres’ (S. Tomás de A., s. th. 2-2, 122, 4). El culto dominical realiza el precepto moral de la Antigua Alianza, cuyo ritmo y espíritu recoge celebrando cada semana al Creador y Redentor de su pueblo.

La Eucaristía dominical

2177 La celebración dominical del día y de la Eucaristía del Señor tiene un papel principalísimo en la vida de la Iglesia. ‘El domingo, en el que se celebra el misterio pascual, por tradición apostólica, ha de observarse en toda la Iglesia como fiesta primordial de precepto’ ( CIC can. 1246, 1).
«Igualmente deben observarse los días de Navidad, Epifanía, Ascensión, Santísimo Cuerpo y Sangre de Cristo, Santa María Madre de Dios, Inmaculada Concepción y Asunción, San José, Santos Apóstoles Pedro y Pablo y, finalmente, todos los Santos» ( CIC can. 1246, 1).

2178 Esta práctica de la asamblea cristiana se remonta a los comienzos de la edad apostólica (cf Hch 2, 42-46; 1 Co 11, 17). La carta a los Hebreos dice: ‘No abandonéis vuestra asamblea, como algunos acostumbran hacerlo, antes bien, animaos mutuamente’ (Hb 10, 25).
La tradición conserva el recuerdo de una exhortación siempre actual: ‘Venir temprano a la iglesia, acercarse al Señor y confesar sus pecados, arrepentirse en la oración… Asistir a la sagrada y divina liturgia, acabar su oración y no marcharse antes de la despedida… Lo hemos dicho con frecuencia: este día os es dado para la oración y el descanso. Es el día que ha hecho el Señor. En él exultamos y nos gozamos. (Autor anónimo, serm. dom.).

2179 ‘La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pastor propio’ ( CIC can. 515, 1). Es el lugar donde todos los fieles pueden reunirse para la celebración dominical de la Eucaristía. La parroquia inicia al pueblo cristiano en la expresión ordinaria de la vida litúrgica, le congrega en esta celebración; le enseña la doctrina salvífica de Cristo. Practica la caridad del Señor en obras buenas y fraternas:
No puedes orar en casa como en la iglesia, donde son muchos los reunidos, donde el grito de todos se eleva a Dios como desde un solo corazón. Hay en ella algo más: la unión de los espíritus, la armonía de las almas, el vínculo de la caridad, las oraciones de los sacerdotes. (S. Juan Crisóstomo, incomprehens. 3, 6).

La obligación del domingo

2180 El mandamiento de la Iglesia determina y precisa la ley del Señor: ‘El domingo y las demás fiestas de precepto los fieles tienen obligación de participar en la misa’ ( CIC can. 1247). ‘Cumple el precepto de participar en la misa quien asiste a ella, dondequiera que se celebre en un rito católico, tanto el día de la fiesta como el día anterior por la tarde’ ( CIC can. 1248, 1).

2181 La Eucaristía del domingo fundamenta y confirma toda la práctica cristiana. Por eso los fieles están obligados a participar en la Eucaristía los días de precepto, a no ser que estén excusados por una razón seria [por ejemplo, enfermedad, el cuidado de niños pequeños] o dispensados por su pastor propio (cf  CIC can. 1245). Los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen un pecado grave.”

2182 La participación en la celebración común de la Eucaristía dominical es un testimonio de pertenencia y de fidelidad a Cristo y a su Iglesia. Los fieles proclaman así su comunión en la fe y la caridad. Testimonian a la vez la santidad de Dios y su esperanza de la salvación. Se reconfortan mutuamente, guiados por el Espíritu Santo.

2183 ‘Cuando falta el ministro sagrado u otra causa grave hace imposible la participación en la celebración eucarística, se recomienda vivamente que los fieles participen en la liturgia de la palabra, si ésta se celebra en la iglesia parroquial o en otro lugar sagrado conforme a lo prescrito por el obispo diocesano, o permanezcan en oración durante un tiempo conveniente, solos o en familia, o, si es oportuno, en grupos de familias’ ( CIC can. 1248, 2).

Día de gracia y de descanso

2184 Así como Dios ‘cesó el día séptimo de toda la tarea que había hecho’ (Gn 2, 2), así también la vida humana sigue un ritmo de trabajo y descanso. La institución del día del Señor contribuye a que todos disfruten del tiempo de descanso y de solaz suficiente que les permita cultivar su vida familiar, cultural, social y religiosa (cf GS 67, 3)

.2185 Durante el domingo y las otras fiestas de precepto, los fieles se abstendrán de entregarse a trabajos o actividades que impidan el culto debido a Dios, la alegría propia del día del Señor, la práctica de las obras de misericordia, el descanso necesario del espíritu y del cuerpo. Las necesidades familiares o una gran utilidad social constituyen excusas legítimas respecto al precepto del descanso dominical. Los fieles deben cuidar de que legítimas excusas no introduzcan hábitos perjudiciales a la religión, a la vida de familia y a la salud.
El amor de la verdad busca el santo ocio, la necesidad del amor cultiva el justo trabajo. [S. Agustín, civ. 19, 19).

2186 Los cristianos que disponen de tiempo de descanso deben acordarse de sus hermanos que tienen las mismas necesidades y los mismos derechos y no pueden descansar a causa de la pobreza y la miseria. El domingo está tradicionalmente consagrado por la piedad cristiana a obras buenas y a servicios humildes para con los enfermos, débiles y ancianos. Los cristianos deben santificar también el domingo dedicando a su familia el tiempo y los cuidados difíciles de prestar los otros días de la semana. El domingo es un tiempo de reflexión, de silencio, de cultura y de meditación, que favorecen el crecimiento de la vida interior y cristiana.

2187 Santificar los domingos y los días de fiesta exige un esfuerzo común. Cada cristiano debe evitar imponer sin necesidad a otro lo que le impediría guardar el día del Señor. Cuando las costumbres [deportes, restaurantes, etc.] y los compromisos sociales (servicios públicos, etc.) requieren de algunos un trabajo dominical, cada uno tiene la responsabilidad de dedicar un tiempo suficiente al descanso. Los fieles cuidarán con moderación y caridad evitar los excesos y las violencias engendrados a veces por espectáculos multitudinarios. A pesar de las presiones económicas, los poderes públicos deben asegurar a los ciudadanos un tiempo destinado al descanso y al culto divino. Los patronos tienen una obligación análoga con respecto a sus empleados.

2188 En el respeto de la libertad religiosa y del bien común de todos, los cristianos deben esforzarse por obtener el reconocimiento de los domingos y días de fiesta de la Iglesia como días festivos legales. Deben dar a todos un ejemplo público de oración, de respeto y de alegría, y defender sus tradiciones como una contribución preciosa a la vida espiritual de la sociedad humana. Si la legislación del país u otras razones obligan a trabajar el domingo, este día debe ser al menos vivido como el día de nuestra liberación que nos hace participar en esta ‘reunión de fiesta’, en esta ‘asamblea de los primogénitos inscritos en los cielos’ (Hb 12, 22-23).

RESUMEN

2189 ‘Guardarás el día del sábado para santificarlo’ (Dt 5, 12). ‘El día séptimo será día de descanso completo, consagrado al Señor’ (Ex 31, 15).

2190. El sábado, que representaba la coronación de la primera creación, es sustituido por el domingo que recuerda la nueva creación, inaugurada por la resurrección de Cristo.

2191 La Iglesia celebra el día de la Resurrección de Cristo el octavo día, que es llamado con toda razón día del Señor, o domingo.

2192 ‘El domingo ha de observarse en toda la Iglesia como fies ta primordial de precepto‘ ( CIC can. 1246, 1). ‘El domingo y las demás fies tas de precepto, losfieles tienen obligación de participar en la misa’( CIC can. 1247).

2193 ‘El domingo y las demás fiestas de precepto… los fieles se abstendrán de aquellos trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios, gozar de la alegría propia del día del Señor o disfrutar del debido descanso de la mente y del cuerpo‘ ( CIC can. 1247).

2194 La institución del domingo contribuye a que todos disfruten de un ‘reposo y ocio suficientes para cultivar la vida familiar, cultural, social y religiosa‘ (GS 67, 3).

2195 Todo cristiano debe evitar imponer, sin necesidad, a otro impedimentos para guardar el día del Señor.

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

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EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL TERCER MANDAMIENTO
«Santificarás el día del Señor»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com. 

¿He faltado deliberadamente a la celebración eucarística (La santa Misa) de algún domingo o fiestas de guardar?

¿He impedido que oigan la Santa Misa los que dependen de mí?

¿Me he distraído voluntariamente durante la Eucaristía, y/o he asistido físicamente, pero con el “corazón y la mente en otro lugar”?

¿He llegado tarde y me he quedado sin participar en la Misa sin motivo suficiente?

¿He cometido durante la Misa alguna irreverencia?

¿He guardado la disposición del ayuno una hora antes del momento de comulgar?

¿He observado la abstinencia los viernes de cuaresma? ¿He ayunado el miércoles de ceniza y el viernes santo?

¿He rezado alguna oración o realizado algún acto de penitencia los demás viernes del año en los que no he guardado la abstinencia?

¿Me he confesado al menos una vez al año? ¿He hecho penitencia y ayuno por mis pecados?

¿Me he confesado lo antes posible, después de cometer algún pecado mortal?

¿Excuso o justifico mis pecados? 

¿He callado en la confesión, por vergüenza, algún pecado grave? ¿He comulgado después alguna vez?

¿Cumplí la penitencia que me impuso el sacerdote en la última confesión? ¿He hecho penitencia por mis pecados? ¿Me he confesado al menos una vez al año? 

¿Me he confesado para comulgar en estado de gracia?

¿He trabajado o he hecho trabajar sin necesidad urgente en día de precepto?

¿He trabajado corporalmente o he hecho trabajar sin necesidad urgente un día de precepto, por un tiempo considerable, por ejemplo, más de dos horas? 

¿He utilizado mi tiempo del día del precepto, en actividades indecorosas u otras diferentes al compartir familiar y crecimiento espiritual? (Estudio de las Sagradas Escrituras, reflexión, meditación, cultura, etc., que favorecen el crecimiento de la vida interior, familiar y cristiana).

¿He ayudado a la Iglesia en sus necesidades, en la medida que puedo?

 

Hasta aquí los mandamientos son referentes a nuestro AMOR a Dios.
En adelante, los mandamientos nos piden AMAR a los demás y a nosotros mismos
¡AMARÁS a tu prójimo como a ti mismo!

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 3. Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 2

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 2: «NO TOMARÁS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO«

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SEGUNDO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO TOMARÁS EL NOMBRE DE DIOS EN VANO»

«No tomarás en falso el nombre del Señor tu Dios» (Ex 20, 7; Dt 5, 11).

«Se dijo a los antepasados: “No perjurarás”… Pues yo os digo que no juréis en modo alguno» (Mt 5, 33-34)

I El nombre del Señor es santo

2142 El segundo mandamiento prescribe respetar el nombre del Señor. Pertenece, como el primer mandamiento, a la virtud de la religión y regula más particularmente el uso de nuestra palabra en las cosas santas.

2143 Entre todas las palabras de la revelación hay una, singular, que es la revelación de su Nombre. Dios confía su Nombre a los que creen en El; se revela a ellos en su misterio personal. El don del Nombre pertenece al orden de la confidencia y la intimidad. ‘El nombre del Señor es santo’. Por eso el hombre no puede usar mal de él. Lo debe guardar en la memoria en un silencio de adoración amorosa (cf Za 2, 17). No lo empleará en sus propias palabras, sino para bendecirlo, alabarlo y glorificarlo (cf Sal 29, 2; 96, 2; 113, 1-2).

2144 “La deferencia respecto a su Nombre expresa la que es debida al misterio de Dios mismo y a toda la realidad sagrada que evoca. El sentido de lo sagrado pertenece a la virtud de la religión:
Los sentimientos de temor y de ‘lo sagrado’ ¿son sentimientos cristianos o no? Nadie puede dudar razonablemente de ello. Son los sentimientos que tendríamos, y en un grado intenso, si tuviésemos la visión del Dios soberano. Son los sentimientos que tendríamos si verificásemos su presencia. En la medida en que creemos que está presente, debemos tenerlos. No tenerlos es no verificar, no creer que está presente. (Newman, par. 5, 2).

2145 El fiel cristiano debe dar testimonio del nombre del Señor confesando su fe sin ceder al temor (cf Mt 10, 32; 1 Tm 6, 12). La predicación y la catequesis deben estar penetradas de adoración y de respeto hacia el nombre de Nuestro Señor Jesucristo.

2146 El segundo mandamiento prohíbe abusar del nombre de Dios, es decir, todo uso inconveniente del nombre de Dios, de Jesucristo, de la Virgen María y de todos los santos.

2147 Las promesas hechas a otro en nombre de Dios comprometen el honor, la fidelidad, la veracidad y la autoridad divinas. Deben ser respetadas en justicia. Ser infiel a ellas es abusar del nombre de Dios y, en cierta manera, hacer de Dios un mentiroso (cf 1 Jn 1, 10).

2148 La blasfemia se opone directamente al segundo mandamiento. Consiste en proferir contra Dios -interior o exteriormente – palabras de odio, de reproche, de desafío; en injuriar a Dios, faltarle al respeto en las expresiones, en abusar del nombre de Dios. Santiago reprueba a ‘los que blasfeman el hermoso Nombre (de Jesús) que ha sido invocado sobre ellos’ (St 2, 7). La prohibición de la blasfemia se extiende a las palabras contra la Iglesia de Cristo, los santos y las cosas sagradas. Es también blasfemo recurrir al nombre de Dios para justificar prácticas criminales, reducir pueblos a servidumbre, torturar o dar muerte. El abuso del nombre de Dios para cometer un crimen provoca el rechazo de la religión.
La blasfemia es contraria al respeto debido a Dios y a su santo nombre. Es de suyo un pecado grave (cf  CIC can. 1396).

2149 Las palabras mal sonantes que emplean el nombre de Dios sin intención de blasfemar son una falta de respeto hacia el Señor. El segundo mandamiento prohíbe también el uso mágico del Nombre divino.
El Nombre de Dios es grande allí donde se pronuncia con el respeto debido a su grandeza y a su Majestad. El nombre de Dios es santo allí donde se le nombra con veneración y temor de ofenderle (S. Agustín, serm. Dom. 2, 45, 19).

II Tomar el nombre del Señor en vano

2150 El segundo mandamiento prohíbe el juramento en falso. Hacer juramento o jurar es tomar a Dios por testigo de lo que se afirma. Es invocar la veracidad divina como garantía de la propia veracidad. El juramento compromete el nombre del Señor. ‘Al Señor tu Dios temerás, a él le servirás, por su nombre jurarás’ (Dt 6, 13).

2151 La reprobación del juramento en falso es un deber para con Dios. Como Creador y Señor, Dios es la norma de toda verdad. La palabra humana está de acuerdo o en oposición con Dios que es la Verdad misma. El juramento, cuando es veraz y legítimo, pone de relieve la relación de la palabra humana con la verdad de Dios. El falso juramento invoca a Dios como testigo de una mentira.

2152 Es perjuro quien, bajo juramento, hace una promesa que no tiene intención de cumplir, o que, después de haber prometido bajo juramento, no mantiene. El perjurio constituye una grave falta de respeto hacia el Señor que es dueño de toda palabra. Comprometerse mediante juramento a hacer una obra mala es contrario a la santidad del Nombre divino.

2153 Jesús expuso el segundo mandamiento en el Sermón de la Montaña: ‘Habéis oído que se dijo a los antepasados: «no perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos». Pues yo os digo que no juréis en modo alguno… sea vuestro lenguaje: «sí, sí»; «no, no»: que lo que pasa de aquí viene del Maligno’ (Mt 5, 33-34.37; cf St 5, 12). Jesús enseña que todo juramento implica una referencia a Dios y que la presencia de Dios y de su verdad debe ser honrada en toda palabra. La discreción del recurso a Dios al hablar va unida a la atención respetuosa a su presencia, reconocida o menospreciada en cada una de nuestras afirmaciones.

2154 Siguiendo a san Pablo (cf 2 Co 1, 23; Ga 1, 20), la tradición de la Iglesia ha comprendido las palabras de Jesús en el sentido de que no se oponen al juramento cuando éste se hace por una causa grave y justa [por ejemplo, ante el tribunal]. ‘El juramento, es decir, la invocación del Nombre de Dios como testigo de la verdad, sólo puede prestarse con verdad, con sensatez y con justicia’ ( CIC can. 1199, 1).

2155 La santidad del nombre divino exige no recurrir a él por motivos fútiles, y no prestar juramento en circunstancias que pudieran hacerlo interpretar como una aprobación de una autoridad que lo exigiese injustamente. Cuando el juramento es exigido por autoridades civiles ilegítimas, puede ser rehusado. Debe serlo, cuando es impuesto con fines contrarios a la dignidad de las personas o a la comunión de la Iglesia.

III El nombre cristiano

2156 El sacramento del Bautismo es conferido ‘en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo’ (Mt 28,19). En el bautismo, el nombre del Señor santifica al hombre, y el cristiano recibe su nombre en la Iglesia. Puede ser el nombre de un santo, es decir, de un discípulo que vivió una vida de fidelidad ejemplar a su Señor. Al ser puesto bajo el patrocinio de un santo, se ofrece al cristiano un modelo de caridad y se le asegura su intercesión. El ‘nombre de bautismo’ puede expresar también un misterio cristiano o una virtud cristiana. ‘Procuren los padres, los padrinos y el párroco que no se imponga un nombre ajeno al sentir cristiano’ ( CIC can. 855).

2157 El cristiano comienza su jornada, sus oraciones y sus acciones con la señal de la cruz, ‘en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén’. El bautizado consagra la jornada a la gloria de Dios e invoca la gracia del Señor que le permite actuar en el Espíritu como hijo del Padre. La señal de la cruz nos fortalece en las tentaciones y en las dificultades.

2158 Dios llama a cada uno por su nombre (cf Is 43, 1; Jn 10, 3). El nombre de todo hombre es sagrado. El nombre es la imagen de la persona. Exige respeto en señal de la dignidad del que lo lleva.

2159 El nombre recibido es un nombre de eternidad. En el reino de Dios, el carácter misterioso y único de cada persona marcada con el nombre de Dios brillará a plena luz. ‘Al vencedor… le daré una piedrecita blanca, y grabado en la piedrecita, un nombre nuevo que nadie conoce, sino el que lo recibe’ (Ap 2, 17). ‘Miré entonces y había un Cordero, que estaba en pie sobre el monte Sión, y con él ciento cuarenta y cuatro mil, que llevaban escrito en la frente el nombre del Cordero y el nombre de su Padre’ (Ap 14, 1).

RESUMEN

2160 ‘Señor, Dios Nuestro, ¡qué admirable es tu nombre por toda la tierra!’ (Sal 8, 2).

2161 El segundo mandamiento prescribe respetar el nombre del Señor. El nombre del Señor es santo.

2162 El segundo mandamiento prohíbe todo uso inconveniente del nombre de Dios. La blasfemia consiste en usar de una manera injuriosa el nombre de Dios, de Jesucristo, de la Virgen María y de los santos.

2163 El juramento en falso invoca a Dios como testigo de una mentira. El perjurio es una falta grave contra el Señor, que es siempre fiel a sus promesas.

2164 ‘No jurar ni por Criador ni por criatura, si no fuere con verdad, necesidad y reverencia’ (S. Ignacio de Loyola, ex. spir. 38).

2165 En el Bautismo, la Iglesia da un nombre al cristiano. Los padres, los padrinos y el párroco deben procurar que se dé un nombre cristiano al que es bautizado. El patrocinio de un santo ofrece un modelo de caridad y asegura su intercesión.

2166 El cristiano comienza sus oraciones y sus acciones haciendo la señal de la cruz ‘en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén’.

2167 Dios llama a cada uno por su nombre (cf Is 43, 1).

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

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EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL SEGUNDO MANDAMIENTO
«No tomarás el nombre de Dios en vano»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿He empleado el nombre de Dios en cosas diferentes a Alabarlo, Bendecirlo y Glorificarlo?

¿He abusado del nombre de Dios, es decir, he usado inconvenientemente el nombre de Dios, o de Jesucristo, o de la Santísima Virgen María, o de algún Santo?

¿Me he burlado alguna vez?

¿He honrado el santo nombre de Dios?

¿He pronunciado el nombre de Dios sin respeto, con enojo, burla o de alguna manera poco reverente?

¿He hecho un acto de desagravio, al menos interno, al oír alguna blasfemia o al ver que se ofende a Dios?

¿He hablado mal de la Iglesia, de sus sacerdotes o de cosas santas?

¿He dicho chistes irreligiosos?

¿He faltado al respeto debido en el templo?

¿He blasfemado; o sea que he proferido contra Dios –interior o exteriormente– palabras de odio, de reproche, o de desafío?

¿He injuriado a Dios, faltándole al respeto en las expresiones?

¿He blasfemado delante de otros?

¿He contribuído a que otros blasfemarán con palabras o mal ejemplo?

¿He hecho algún voto, juramento o promesa y he dejado de cumplirlo por mi culpa?

¿He perjurado, o sea que he hecho una promesa que no tengo intención de cumplir?

¿He jurado hacer algún mal?

¿He reparado el daño que haya podido seguirse de mi acción?

¿He jurado sin verdad?

¿Lo he hecho sin necesidad, sin prudencia o por cosa de poca importancia?

¿He jurado con duda de la verdad de lo que juraba?

¿He hecho promesas a otras personas en nombre de Dios, comprometiendo el honor, la fidelidad, la veracidad y la autoridad divina?

¿He sido infiel a esas promesas?

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 2. Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 4

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 4: «HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE«

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En adelante, los mandamientos nos piden AMAR a los demás y a nosotros mismos
¡AMARÁS a tu prójimo como a ti mismo!

«AMARÁS A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO»

Jesús dice a sus discípulos: ‘Amaos los unos a los otros como yo os he amado’ (Jn 13, 34).

2196 En respuesta a la pregunta que le hacen sobre cuál es el primero de los mandamientos, Jesús responde:

‘El primero es: «Escucha Israel, el Señor, nuestro Dios, es el único Señor, y amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma, con toda tu mente y con todas tus fuerzas». El segundo es: «Amarás a tu prójimo como a ti mismo». No existe otro mandamiento mayor que éstos’ (Mc 12, 29-31).

El apóstol san Pablo lo recuerda: ‘El que ama al prójimo ha cumplido la ley. En efecto, lo de: no adulterarás, no matarás, no robarás, no codiciarás y todos los demás preceptos, se resumen en esta fórmula: amarás a tu prójimo como a ti mismo. La caridad no hace mal al prójimo. La caridad es, por tanto, la ley en su plenitud’ (Rm 13, 8-10).

CUARTO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE»

Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la tierra que el Señor, tu Dios, te va a dar (Ex 20, 12).

Vivía sujeto a ellos (Lc 2, 51).

El Señor Jesús recordó también la fuerza de este ‘mandamiento de Dios’ (Mc 7, 8 -13). El apóstol enseña: ‘Hijos, obedeced a vuestros padres en el Señor; porque esto es justo. «Honra a tu padre y a tu madre», tal es el primer mandamiento que lleva consigo una promesa: «para que aseas feliz y se prolongue tu vida sobre la tierra»’ (Ef 6, 1-3; cf Dt 5 16).

2197 El cuarto mandamiento encabeza la segunda tabla. Indica el orden de la caridad. Dios quiso que, después de El, honrásemos a nuestros padres, a los que debemos la vida y que nos han transmitido el conocimiento de Dios. Estamos obligados a honrar y respetar a todos los que Dios, para nuestro bien, ha investido de su autoridad.

2198 Este precepto se expresa de forma positiva, indicando los deberes que se han de cumplir. Anuncia los mandamientos siguientes que contienen un respeto particular de la vida, del matrimonio, de los bienes terrenos, de la palabra. Constituye uno de los fundamentos de la doctrina social de la Iglesia.

2199 El cuarto mandamiento se dirige expresamente a los hijos en sus relaciones con sus padres, porque esta relación es la más universal. Se refiere también a las relaciones de parentesco con los miembros del grupo familiar. Exige que se dé honor, afecto y reconocimiento a los abuelos y antepasados. Finalmente se extiende a los deberes de los alumnos respecto a los maestros, de los empleados respecto a los patronos, de los subordinados respecto a sus jefes, de los ciudadanos respecto a su patria, a los que la administran o la gobiernan.

Este mandamiento implica y sobrentiende los deberes de los padres, tutores, maestros, jefes, magistrados, gobernantes, de todos los que ejercen una autoridad sobre otros o sobre una comunidad de personas.

2200 “El cumplimiento del cuarto mandamiento lleva consigo su recompensa: ‘Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la tierra que el Señor, tu Dios, te va a dar’ (Ex 20, 12; Dt 5, 16). La observancia de este mandamiento procura, con los frutos espirituales, frutos temporales de paz y de prosperidad. Y al contrario, la no observancia de este mandamiento entraña grandes daños para las comunidades y las personas humanas.

I La familia en el plan de Dios

2201 La comunidad conyugal está establecida sobre el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los esposos y a la procreación y educación de los hijos. El amor de los esposos y la generación de los hijos establecen entre los miembros de una familia relaciones personales y responsabilidades primordiales.

2202 Un hombre y una mujer unidos en matrimonio forman con sus hijos una familia. Esta disposición es anterior a todo reconocimiento por la autoridad pública; se impone a ella. Se la considerará como la referencia normal en función de la cual deben ser apreciadas las diversas formas de parentesco.

2203 Al crear al hombre y a la mujer, Dios instituyó la familia humana y la dotó de su constitución fundamental. Sus miembros son personas iguales en dignidad. Para el bien común de sus miembros y de la sociedad, la familia implica una diversidad de responsabilidades, de derechos y de deberes.

La familia cristiana

2204. ‘La familia cristiana constituye una revelación y una actuación específicas de la comunión eclesial; por eso… puede y debe decirse iglesia doméstica’ (FC 21, cf LG 11). Es una comunidad de fe, esperanza y caridad, posee en la Iglesia una importancia singular como aparece en el Nuevo Testamento (cf Ef 5, 21-6, 4; Col 3, 18-21; 1 P 3, 1-7).

2205 La familia cristiana es una comunión de personas, reflejo e imagen de la comunión del Padre y del Hijo en el Espíritu Santo. Su actividad procreadora y educativa es reflejo de la obra creadora de Dios. Es llamada a participar en la oración y el sacrificio de Cristo. La oración cotidiana y la lectura de la Palabra de Dios fortalecen en ella la caridad. La familia cristiana es evangelizadora y misionera.

2206 Las relaciones en el seno de la familia entrañan una afinidad de sentimientos, afectos e intereses que provienen sobre todo del mutuo respeto de las personas. La familia es una ‘comunidad privilegiada’ llamada a realizar un ‘propósito común de los esposos y una cooperación diligente de los padres en la educación de los hijos’ (GS 52, 1).

II La familia y la sociedad

2207 La familia es la ‘célula original de la vida social’. Es la sociedad natural en que el hombre y la mujer son llamados al don de sí en el amor y en el don de la vida. La autoridad, la estabilidad y la vida de relación en el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la seguridad, de la fraternidad en el seno de la sociedad. La familia es la comunidad en la que, desde la infancia, se pueden aprender los valores morales, se comienza a honrar a Dios y a usar bien de la libertad. La vida de familia es iniciación a la vida en sociedad.

2208 La familia debe vivir de manera que sus miembros aprendan el cuidado y la responsabilidad respecto de los pequeños y mayores, de los enfermos o disminuidos, y de los pobres. Numerosas son las familias que en ciertos momentos no se hallan en condiciones de prestar esta ayuda. Corresponde entonces a otras personas, a otras familias, y subsidiariamente a la sociedad, proveer a sus necesidades. ‘La religión pura e intachable ante Dios Padre es ésta: visitar a los huérfanos y a las viudas en su tribulación y conservarse incontaminado del mundo’ (St 1, 27).

2209 La familia debe ser ayudada y defendida mediante medidas sociales apropiadas. Cuando las familias no son capaces de realizar sus funciones, los otros cuerpos sociales tienen el deber de ayudarlas y de sostener la institución familiar. En conformidad con el principio de subsidiariedad, las comunidades más vastas deben abstenerse de privar a las familias de sus propios derechos y de inmiscuirse en sus vidas.

2210 La importancia de la familia para la vida y el bienestar de la sociedad (cf GS 47, 1) entraña una responsabilidad particular de ésta en el apoyo y fortalecimiento del matrimonio y de la familia. La autoridad civil ha de considerar como deber grave ‘el reconocimiento de la auténtica naturaleza del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica’ (GS 52, 2).

2211 La comunidad política tiene el deber de honrar a la familia, asistirla y asegurarle especialmente:
— la libertad de fundar un hogar, de tener hijos y de educarlos de acuerdo con sus propias convicciones morales y religiosas;
— la protección de la estabilidad del vínculo conyugal y de la institución familiar;
— la libertad de profesar su fe, transmitirla, educar a sus hijos en ella, con los medios y las instituciones necesarios;
— el derecho a la propiedad privada, a la libertad de iniciativa, a tener un trabajo, una vivienda, el derecho a emigrar;
— conforme a las instituciones del país, el derecho a la atención médica, a la asistencia de las personas de edad, a los subsidios familiares;
— la protección de la seguridad y la higiene, especialmente por lo que se refiere a peligros como la droga, la pornografía, el alcoholismo, etc.;
— la libertad para formar asociaciones con otras familias y de estar así representadas ante las autoridades civiles (cf FC 46).

2212 El cuarto mandamiento ilumina las demás relaciones en la sociedad. En nuestros hermanos y hermanas vemos a los hijos de nuestros padres; en nuestros primos, los descendientes de nuestros antepasados; en nuestros conciudadanos, los hijos de nuestra patria; en los bautizados, los hijos de nuestra madre, la Iglesia; en toda persona humana, un hijo o una hija del que quiere ser llamado ‘Padre nuestro’. Así, nuestras relaciones con el prójimo se deben reconocer como pertenecientes al orden personal. El prójimo no es un ‘individuo’ de la colectividad humana; es ‘alguien’ que por sus orígenes, siempre ‘próximos’ por una u otra razón, merece una atención y un respeto singulares.

2213 Las comunidades humanas están compuestas de personas. Gobernarlas bien no puede limitarse simplemente a garantizar los derechos y el cumplimiento de deberes, como tampoco a la sola fidelidad a los compromisos. Las justas relaciones entre patronos y empleados, gobernantes y ciudadanos, suponen la benevolencia natural conforme a la dignidad de personas humanas deseosas de justicia y fraternidad.

III Deberes de los miembros de la familia 
Deberes de los hijos

2214 La paternidad divina es la fuente de la paternidad humana (cf Ef 3, 14); es el fundamento del honor debido a los padres. El respeto de los hijos, menores o mayores de edad, hacia su padre y hacia su madre (cf Pr 1, 8; Tb 4, 3-4), se nutre del afecto natural nacido del vínculo que los une. Es exigido por el precepto divino (cf Ex 20, 12).

2215 “El respeto a los padres (piedad filial) está hecho de gratitud para quienes, mediante el don de la vida, su amor y su trabajo, han traído sus hijos al mundo y les han ayudado a crecer en estatura, en sabiduría y en gracia. ‘Con todo tu corazón honra a tu padre, y no olvides los dolores de tu madre. Recuerda que por ellos has nacido, ¿cómo les pagarás lo que contigo han hecho?’ (Si 7, 27-28).

2216 “El respeto filial se expresa en la docilidad y la obediencia verdaderas. ‘Guarda, hijo mío, el mandato de tu padre y no desprecies la lección de tu madre… en tus pasos ellos serán tu guía; cuando te acuestes, velarán por ti; conversarán contigo al despertar’ (Pr 6, 20-22). ‘El hijo sabio ama la instrucción, el arrogante no escucha la reprensión’ (Pr 13, 1).

2217 Mientras vive en el domicilio de sus padres, el hijo debe obedecer a todo lo que éstos dispongan para su bien o el de la familia. ‘Hijos, obedeced en todo a vuestros padres, porque esto es grato a Dios en el Señor’ (Col 3, 20; cf Ef 6, 1). Los niños deben obedecer también las prescripciones razonables de sus educadores y de todos aquellos a quienes sus padres los han confiado. Pero si el niño está persuadido en conciencia de que es moralmente malo obedecer esa orden, no debe seguirla.

Cuando se hacen mayores, los hijos deben seguir respetando a sus padres. Deben prevenir sus deseos, solicitar dócilmente sus consejos y aceptar sus amonestaciones justificadas. La obediencia a los padres cesa con la emancipación de los hijos, pero no el respeto que les es debido, el cual permanece para siempre. Este, en efecto, tiene su raíz en el temor de Dios, uno de los dones del Espíritu Santo.

2218 El cuarto mandamiento recuerda a los hijos mayores de edad sus responsabilidades para con los padres. En la medida en que ellos pueden, deben prestarles ayuda material y moral en los años de vejez y durante sus enfermedades, y en momentos de soledad o de abatimiento. Jesús recuerda este deber de gratitud (cf Mc 7, 10-12).

El Señor glorifica al padre en los hijos, y afirma el derecho de la madre sobre su prole. Quien honra a su padre expía sus pecados; como el que atesora es quien da gloria a su madre. Quien honra a su padre recibirá contento de sus hijos, y en el día de su oración será escuchado. Quien da gloria al padre vivirá largos días, obedece al Señor quien da sosiego a su madre (Si 3, 2-6).

Hijo, cuida de tu padre en su vejez, y en su vida no le causes tristeza. Aunque haya perdido la cabeza, sé indulgente, no le desprecies en la plenitud de tu vigor… Como blasfemo es el que abandona a su padre, maldito del Señor quien irrita a su madre (Si 3, 12-13.16).

2219 El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar; atañe también a las relaciones entre hermanos y hermanas. El respeto a los padres irradia en todo el ambiente familiar. ‘Corona de los ancianos son los hijos de los hijos’ (Pr 17, 6). ‘Soportaos unos a otros en la caridad, en toda humildad, dulzura y paciencia’ (Ef 4, 2).

2220 Los cristianos están obligados a una especial gratitud para con aquellos de quienes recibieron el don de la fe, la gracia del bautismo y la vida en la Iglesia. Puede tratarse de los padres, de otros miembros de la familia, de los abuelos, de los pastores, de los catequistas, de otros maestros o amigos. ‘Evoco el recuerdo de la fe sincera que tú tienes, fe que arraigó primero en tu abuela Loida y en tu madre Eunice, y sé que también ha arraigado en ti’ (2 Tm 1, 5).

Deberes de los padres

2221 La fecundidad del amor conyugal no se reduce a la sola procreación de los hijos, sino que debe extenderse también a su educación moral y a su formación espiritual. El papel de los padres en la educación ‘tiene tanto peso que, cuando falta, difícilmente puede suplirse’ (GE 3). El derecho y el deber de la educación son para los padres primordiales e inalienables (cf FC 36).

2222 Los padres deben mirar a sus hijos como a hijos de Dios y respetarlos como a personas humanas. Han de educar a sus hijos en el cumplimiento de la ley de Dios, mostrándose ellos mismos obedientes a la voluntad del Padre de los cielos.

2223 Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos. Testimonian esta responsabilidad ante todo por la creación de un hogar, donde la ternura, el perdón, el respeto, la fidelidad y el servicio desinteresado son norma. El hogar es un lugar apropiado para la educación de las virtudes. Esta requiere el aprendizaje de la abnegación, de un sano juicio, del dominio de sí, condiciones de toda libertad verdadera. Los padres han de enseñar a los hijos a subordinar las dimensiones ‘materiales e instintivas a las interiores y espirituales’ (CA 36). Es una grave responsabilidad para los padres dar buenos ejemplos a sus hijos. Sabiendo reconocer ante sus hijos sus propios defectos, se hacen más aptos para guiarlos y corregirlos:

El que ama a su hijo, le corrige sin cesar… el que enseña a su hijo, sacará provecho de él (Si 30, 1-2).

Padres, no exasperéis a vuestros hijos, sino formadlos más bien amediante la instrucción y la corrección según el Señor (Ef 6, 4).

2224 El hogar constituye un medio natural para la iniciación del ser humano en la solidaridad y en las responsabilidades comunitarias. Los padres deben enseñar a los hijos a guardarse de los riesgos y las degradaciones que amenazan a las sociedades humanas.

2225 Por la gracia del sacramento del matrimonio, los padres han recibido la responsabilidad y el privilegio de evangelizar a sus hijos. Desde su primera edad, deberán iniciarlos en los misterios de la fe, de los que ellos son para sus hijos los ‘primeros heraldos de la fe’ (LG 11). Desde su más tierna infancia, deben asociarlos a la vida de la Iglesia. La forma de vida en la familia puede alimentar las disposiciones afectivas que, durante toda la vida, serán auténticos cimientos y apoyos de una fe viva.

2226 La educación en la fe por los padres debe comenzar desde la más tierna infancia. Esta educación se hace ya cuando los miembros de la familia se ayudan a crecer en la fe mediante el testimonio de una vida cristiana de acuerdo con el Evangelio. La catequesis familiar precede, acompaña y enriquece las otras formas de enseñanza de la fe. Los padres tienen la misión de enseñar a sus hijos a orar y a descubrir su vocación de hijos de Dios (cf LG 11). La parroquia es la comunidad eucarística y el corazón de la vida litúrgica de las familias cristianas; es un lugar privilegiado para la catequesis de los niños y de los padres.

2227 Los hijos, a su vez, contribuyen al crecimiento de sus padres en la santidad (cf GS 48, 4). Todos y cada uno deben otorgarse generosamente y sin cansarse el mutuo perdón exigido por las ofensas, las querellas, las injusticias y las omisiones. El afecto mutuo lo sugiere. La caridad de Cristo lo exige (cf Mt 18, 21-22; Lc 17, 4).

2228 Durante la infancia, el respeto y el afecto de los padres se traducen ante todo en el cuidado y la atención que consagran para educar a sus hijos, y para proveer a sus necesidades físicas y espirituales. En el transcurso del crecimiento, el mismo respeto y la misma dedicación llevan a los padres a enseñar a sus hijos a usar rectamente de su razón y de su libertad.

2229. Los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos, tienen el derecho de elegir para ellos una escuela que corresponda a sus propias convicciones. Este derecho es fundamental. En cuanto sea posible, los padres tienen el deber de elegir las escuelas que mejor les ayuden en su tarea de educadores cristianos (cf GE 6). Los poderes públicos tienen el deber de garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales de su ejercicio.

2230 Cuando llegan a la edad correspondiente, los hijos tienen el deber y el derecho de elegir su profesión y su estado de vida. Estas nuevas responsabilidades deberán asumirlas en una relación de confianza con sus padres, cuyo parecer y consejo pedirán y recibirán dócilmente. Los padres deben cuidar de no presionar a sus hijos ni en la elección de una profesión ni en la de su futuro cónyuge. Esta indispensable prudencia no impide, sino al contrario, ayudar a los hijos con consejos juiciosos, particularmente cuando éstos se proponen fundar un hogar.

2231 Hay quienes no se casan para poder cuidar a sus padres, o sus hermanos y hermanas, para dedicarse más exclusivamente a una profesión o por otros motivos dignos. Estas personas pueden contribuir grandemente al bien de la familia humana.

IV La familia y el reino de Dios

2232 Los vínculos familiares, aunque son muy importantes, no son absolutos. A la par que el hijo crece hacia una madurez y autonomía humanas y espirituales, la vocación singular que viene de Dios se afirma con más claridad y fuerza. Los padres deben respetar esta llamada y favorecer la respuesta de sus hijos para seguirla. Es preciso convencerse de que la vocación primera del cristiano es seguir a Jesús (cf Mt 16, 25): “El que ama a su padre o a su madre más que a mí, no es digno de mí; el que ama a su hijo o a su hija más que a mí, no es digno de mí” (Mt 10, 37).

2233 Hacerse discípulo de Jesús es aceptar la invitación a pertenecer a la familia de Dios, a vivir en conformidad con su manera de vivir: ‘El que cumpla la voluntad de mi Padre celestial, éste es mi hermano, mi hermana y mi madre’ (Mt 12, 49).

Los padres deben acoger y respetar con alegría y acción de gracias el llamamiento del Señor a uno de sus hijos para que le siga en la virginidad por el Reino, en la vida consagrada o en el ministerio sacerdotal.

V Las autoridades en la sociedad civil

2234 El cuarto mandamiento de Dios nos ordena también honrar a todos los que, para nuestro bien, han recibido de Dios una autoridad en la sociedad. Este mandamiento determina tanto los deberes de quienes ejercen la autoridad como los de quienes están sometidos a ella.

Deberes de las autoridades civiles

2235 Los que ejercen una autoridad deben ejercerla como un servicio. ‘El que quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro esclavo’ (Mt 20, 26). El ejercicio de una autoridad está moralmente regulado por su origen divino, su naturaleza racional y su objeto específico. Nadie puede ordenar o establecer lo que es contrario a la dignidad de las personas y a la ley natural.

2236 El ejercicio de la autoridad ha de manifestar una justa jerarquía de valores con el fin de facilitar el ejercicio de la libertad y de la responsabilidad de todos. Los superiores deben ejercer la justicia distributiva con sabiduría, teniendo en cuenta las necesidades y la contribución de cada uno y atendiendo a la concordia y la paz. Deben velar porque las normas y disposiciones que establezcan no induzcan a tentación oponiendo el interés personal al de la comunidad (cf CA 25).

2237 El poder político está obligado a respetar los derechos fundamentales de la persona humana. Y a administrar humanamente justicia en el respeto al derecho de cada uno, especialmente el de las familias y de los desheredados.

Los derechos políticos inherentes a la ciudadanía pueden y deben ser concedidos según las exigencias del bien común. No pueden ser suspendidos por la autoridad sin motivo legítimo y proporcionado. El ejercicio de los derechos políticos está destinado al bien común de la nación y de toda la comunidad humana.

Deberes de los ciudadanos

2238 “Los que están sometidos a la autoridad deben mirar a sus superiores como representantes de Dios que los ha instituido ministros de sus dones (cf Rm 13, 1-2): ‘Sed sumisos, a causa del Señor, a toda institución humana… Obrad como hombres libres, y no como quienes hacen de la libertad un pretexto para la maldad, sino como siervos de Dios’ (1 P 2, 13.16.). Su colaboración leal entraña el derecho, a veces el deber, de ejercer una justa crítica de lo que les parece perjudicial para la dignidad de las personas o el bien de la comunidad.

2239 Deber de los ciudadanos es cooperar con la autoridad civil al bien de la sociedad en espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad. El amor y el servicio de la patria forman parte del deber de gratitud y del orden de la caridad. La sumisión a las autoridades legítimas y el servicio del bien común exigen de los ciudadanos que cumplan con su responsabilidad en la vida de la comunidad política.

2240 La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común exigen moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al voto, la defensa del país:

Dad a cada cual lo que se le debe: a quien impuestos, impuestos; a quien tributo, tributo; a quien respeto, respeto; a quien honor, honor (Rm 13, 7).

Los cristianos residen en su propia patria, pero como extranjeros domiciliados. Cumplen todos sus deberes de ciudadanos y soportan todas sus cargas como extranjeros… Obedecen a las leyes establecidas, y su manera de vivir está por encima de las leyes… Tan noble es el puesto que Dios les ha asignado, que no les está permitido desertar (Epístola a Diogneto, 5, 5.10; 6, 10).

El apóstol nos exhorta a ofrecer oraciones y acciones de gracias por los reyes y por todos los que ejercen la autoridad, ‘para que podamos vivir una vida tranquila y apacible con toda piedad y dignidad’ (1 Tm 2, 2).

2241 Las naciones más prósperas tienen el deber de acoger, en cuanto sea posible, al extranjero que busca la seguridad y los medios de vida que no puede encontrar en su país de origen. Las autoridades deben velar para que se respete el derecho natural que coloca al huésped bajo la protección de quienes lo reciben.

Las autoridades civiles, atendiendo al bien común de aquellos que tienen a su cargo, pueden subordinar el ejercicio del derecho de inmigración a diversas condiciones jurídicas, especialmente en lo que concierne a los deberes de los emigrantes respecto al país de adopción. El inmigrante está obligado a respetar con gratitud el patrimonio material y espiritual del país que lo acoge, a obedecer sus leyes y contribuir a sus cargas.

2242 El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio. El rechazo de la obediencia a las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias a las de la recta conciencia, tiene su justificación en la distinción entre el servicio de Dios y el servicio de la comunidad política. ‘Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios’ (Mt 22, 21). ‘Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres’ (Hch 5, 29):

Cuando la autoridad pública, excediéndose en sus competencias, oprime a los ciudadanos, éstos no deben rechazar las exigencias objetivas del bien común; pero les es lícito defender sus derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de esta autoridad, guardando los límites que señala la ley natural y evangélica. (GS 74, 5).

2243 La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes: 1) en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos fundamentales; 2) después de haber agotado todos los otros recursos; 3) sin provocar desórdenes peores; 4) que haya esperanza fundada de éxito; 5) si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.

La comunidad política y la Iglesia

2244 Toda institución se inspira, al menos implícitamente, en una visión del hombre y de su destino, de la que saca sus referencias de juicio, su jerarquía de valores, su línea de conducta. La mayoría de las sociedades han configurado sus instituciones conforme a una cierta preeminencia del hombre sobre las cosas. Sólo la religión divinamente revelada ha reconocido claramente en Dios, Creador y Redentor, el origen y el destino del hombre. La Iglesia invita a las autoridades civiles a juzgar y decidir a la luz de la Verdad sobre Dios y sobre el hombre:
Las sociedades que ignoran esta inspiración o la rechazan en nombre de su independencia respecto a Dios se ven obligadas a buscar en sí mismas o a tomar de una ideología sus referencias y finalidades; y, al no admitir un criterio objetivo del bien y del mal, ejercen sobre el hombre y sobre su destino, un poder totalitario, declarado o velado, como lo muestra la historia. (cf CA 45; 46).

2245 La Iglesia, que por razón de su misión y de su competencia, no se confunde en modo alguno con la comunidad política, es a la vez signo y salvaguardia del carácter trascendente de la persona humana. La Iglesia ‘respeta y promueve también la libertad y la responsabilidad política de los ciudadanos’ (GS 76, 3).

2246 Pertenece a la misión de la Iglesia ‘emitir un juicio moral incluso sobre cosas que afectan al orden político cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas, aplicando todos y sólo aquellos medios que sean conformes al Evangelio y al bien de todos según la diversidad de tiempos y condiciones’ (GS 76, 5).

RESUMEN

2247 ‘Honra a tu padre y a tu madre’ (Dt 5,16 ; Mc 7,10).

2248 De conformidad con el cuarto mandamiento, Dios quiere que, después que a El, honremos a nuestros padres y a los que El reviste de autoridad para nuestro bien.

2249 La comunidad conyugal está establecida sobre la alianza y el consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos.

2250 ‘La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar’ (GS 47, 1).

2251 Los hijos deben a sus padres respeto, gratitud, justa obediencia y ayuda. El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar.

2252 Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos en la fe, en la oración y en todas las virtudes. Tienen el deber de atender, en la medida de lo posible, las necesidades materiales y espirituales de sus hijos.

2253 Los padres deben respetar y favorecer la vocación de sus hijos. Han de recordar y enseñar que la vocación primera del cristiano es la de seguir a Jesús.

2254 La autoridad pública está obligada a respetar los derechos fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio de su libertad.

2255 El deber de los ciudadanos es cooperar con las autoridades civiles en la construcción de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad.”

2256 El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las exigencias del orden moral. ‘Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres’ (Hch 5, 29).

2257. Toda sociedad refiere sus juicios y su conducta a una visión del hombre y de su destino. Si se prescinde de la luz del Evangelio sobre Dios y sobre el hombre, las sociedades se hacen fácilmente totalitarias.

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL CUARTO MANDAMIENTO
«Honrarás a tu padre y a tu madre»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿He irrespetado a mis padres?

¿He tenido sinceras actitudes de gratitud y amor por ellos?

¿Les he entristecido con mi conducta? 

¿Los he amenazado o maltratado de palabra o de obras, o les he deseado algún mal grave o leve?

¿Los respeto?

¿Los he respondido con aspereza?

¿Les he negado la palabra?

¿Los he insultado?

¿Los he despreciado?

¿Me he avergonzado de ellos públicamente?

¿Los he tratado con dureza y brusquedad?

¿Los he disgustado?

¿Los he socorrido en sus necesidades tanto materiales como espirituales? (Uno de los mayores pecados de los hijos para con sus padres es no facilitarles a tiempo el que reciban la confesión, la santa Unción de enfermos y el Viático)

¿Atiendo a mis padres lo que debo con lo que gano?

Si han muerto, ¿te acuerdas de rezar por ellos y ofrecerles alguna Misa?

¿Soy indisciplinado y rebelde?

¿Cumplo mis obligaciones?

¿He procurado atender sus deseos razonables sobre mi porvenir?

¿He desobedecido a mis padres o superiores en cosas importantes?

¿He tenido un desordenado afán de independencia, que me lleva a recibir mal las indicaciones de mis padres, simplemente porque me lo mandan?

¿Me doy cuenta que esta reacción esta causada por la soberbia?

¿He dejado de ayudarle a mis padres en sus necesidades espirituales o materiales, pudiéndolo hacer, esforzándome?

¿Me enfado y peleo con mis hermanos y compañeros?

¿He dejado de hablarme con ellos, y no pongo los medios necesarios para la reconciliación?

¿He dado mal ejemplo a mis hermanos o compañeros; y he sido egoísta o envidioso, queriendo siempre sobresalir, tener razón, etc.

¿Me dejo llevar por el mal genio y me enfado con frecuencia sin motivo justificado?

¿Me he sentido responsable ante mis padres del esfuerzo que hacen para que yo me forme, estudiando con intensidad, y cumpliendo con todo en el plantel educativo?

¿Respeto toda autoridad a la que estoy sometido, y miro a estos superiores como representantes de Dios que los ha instituido ministros de sus dones? (Rm 13, 1-2).

¿Me dejo llevar del mal genio y me enfado con frecuencia y sin motivo justificado? 

HERMANOS

¿Soy egoísta con las cosas que tengo, y me duele dejarlas a los demás hermanos? 

¿He reñido con mis hermanos? 

¿He tratado bien a mis hermanos?

¿Los he maltratado?

¿Hemos hecho las paces?

¿He sido causa de que aprendan a contestar mal a mis padres, o a desobedecer, o los he escandalizado en algo?

¿He descubierto sus faltas graves a mis padres para que los corrijan, a no ser que haya otro medio más eficaz?

¿Ayudo materialmente a mis hermanos si ellos lo necesitan y yo puedo hacerlo?

¿Les he justificado sus faltas y me he dejado llevar del afecto desordenado en el trato con ellos?

¿He dejado de hablarme con ellos y no he puesto los medios necesarios para la reconciliación?

¿Soy envidioso y me duele que otros destaquen más que yo en algún aspecto? 

¿He dado mal ejemplo a mis hermanos? 

PADRES

¿Desobedezco a mis superiores en cosas importantes? 

¿Permanezco indiferente ante las necesidades, problemas y sufrimientos de la gente que me rodea, singularmente de los que están cerca de mí por razones de convivencia o trabajo? 

¿Pudiendo hacerlo he dejado de ayudar a mis parientes en sus necesidades espirituales o materiales? 

¿Soy causa de tristeza para mis compañeros de trabajo por negligencia, descortesía o mal carácter? 

¿He dado mal ejemplo a mis hijos no cumpliendo con mis deberes religiosos, familiares o profesionales?

¿Les he entristecido con mi conducta? 

¿Educo convenientemente a mis hijos en buenas costumbres?

¿Los alimento, visto e instruyo en religión y cultura?

¿Les he corregido con firmeza en sus defectos o se los he dejado pasar por comodidad?

¿Corrijo siempre a mis hijos con justicia y por amor a ellos, o me dejo llevar por motivos egoístas o de vanidad personal, porque me molestan, porque me dejan mal ante los demás o porque me interrumpen? 

¿Les he amenazado o maltratado de palabra o de obra, o les he deseado algún mal grave o leve? 

¿Los he maldecido o deseado algún mal?

¿Los tengo mimados y consentidos?

¿Les río sus faltas y desvergüenzas?

¿Los dejo andar ociosos y vagos?

¿Les doy buen ejemplo en palabras y obras?

¿Hablo delante de mis hijos de cosas que pueden hacer daño a sus almas?

¿Vigilo sus diversiones, amistades, lecturas y espectáculos?

¿Cuido de que en mi casa no entren revistas o películas que puedan hacer daño espiritual a los tuyos?

¿Permito que mis hijas  lleven vestidos indecentes o se entreguen a diversiones peligrosas, como bailes, discotecas, novios para pasar el rato, etc.?

Si tienen novio formal, ¿tomo las precauciones para que en todo se porten como novios cristianos?

¿Ayudo a mis hijos para que logren un estado de vida acomodado a su condición?

¿He violentado a mis hijos en al elección de estado o prohibido que se consagren a Dios?

¿Inculco en mis hijos rectitud en el proceder, fidelidad al deber y espíritu de trabajo?

¿He descuidado mi obligación de ayudarles a cumplir sus deberes religiosos y de evitar las malas compañías? 

¿He abusado de mi autoridad y ascendiente forzándoles a recibir los sacramentos, sin pensar que por vergüenza o excusa humana, podrían hacerlo sin las debidas disposiciones?

¿Les he impedido confesarse para recibir en Gracia de Dios la Santa Comunión?

¿He impedido que mis hijos sigan la vocación con que Dios les llama a su servicio?

¿Les he puesto obstáculos o les he aconsejado mal? 

Al orientarles en su formación profesional, ¿me he guiado por razones objetivas de capacidad y medios, o he seguido más bien los dictados de mi vanidad o egoísmo? 

¿Me preocupo de modo constante por su formación en el aspecto religioso? 

¿Me he preocupado también de la formación religiosa y moral de las otras personas que viven en mi casa o que dependen de mí? 

¿Me he opuesto a su matrimonio sin causa razonable? 

¿Permito que trabajen o estudien en lugares donde corre peligro su alma o su cuerpo?

¿He descuidado la natural vigilancia en las reuniones de chicos y chicas que se tengan en casa evitando dejarles solos?

¿Soy prudente a la hora de orientar sus diversiones? 

¿He tolerado escándalos o peligros morales o físicos entre las personas que viven en mi casa?

¿Sacrifico mis gustos, caprichos y diversiones para cumplir con mi deber de dedicación a la familia? 

¿Procuro hacerme amigo de mis hijos?

¿He sabido crear un clima de familiaridad evitando la desconfianza y los modos que impiden la legítima libertad de los hijos? 

¿Doy a conocer a mis hijos el origen de la vida, de un modo gradual, acomodándome a su mentalidad y capacidad de comprender, anticipándome ligeramente a su natural curiosidad? 

¿Evito los conflictos con los hijos quitando importancia a pequeñeces que se superan con un poco de perspectiva y sentido del humor? 

¿Soy amable con los extraños y me falta esa amabilidad en la vida familiar? 

¿Me quejo delante de la familia de la carga que suponen las obligaciones domésticas? 

¿He procurado avivar la fe en la Providencia y ganar lo suficiente para poder tener o educar a más hijos? 

¿He degradado el amor conyugal a una simple e irresponsable unión sexual sin querer tener hijos?

¿He cumplido la responsabilidad de evangelizar a mis hijos desde la primera edad, enseñándoles los misterios de la fe, mediante el testimonio de vida cristiana de acuerdo con el Evangelio?

¿Los he forzado a recibir algún sacramento, sin la debida preparación?

¿En el trabajo o en otra actividad, he ordenado o establecido cosas contrarias a la dignidad de las personas y a la ley natural?

ESPOSOS (recíprocamente)

¿Hago lo posible por vencer la rutina en el cariño a mi esposo(a)? 

¿He reñido con mi consorte?

¿Ha habido malos tratos de palabra o de obra?

¿He fortalecido la autoridad de mi cónyuge, evitando reprenderle, contradecirle o discutirle delante de los hijos? 

¿Le he desobedecido o injuriado?

¿He dado con ello mal ejemplo?

¿He dejado demasiado tiempo solo a mi consorte? 

¿Eres cariñoso y amable con tu cónyuge?

¿Le ahorras trabajos innecesarios?

¿Le has maltratado?

¿Os insultáis, reñís, etc.?

¿Quitas la libertad a tu cónyuge para lo bueno y lo lícito?

¿Le das disgustos sin motivo?

Si le tienes que corregir, ¿lo haces con cariño?

¿Le has desautorizado delante de tus hijos?

¿Le apoyas para que pueda desempeñar cristianamente sus funciones de padre o madre de tus hijos, así como de esposo, esposa?

¿Contribuyes lo suficiente para los gastos de la familia?

¿Malgastas el dinero en vanidades o vicios?

¿Usas el matrimonio rectamente sin fraude mutuo? (Es pecado grave todo lo que sea contrariar ilícitamente la procreación por método antinatural o artificial).

¿Tienes cuidado de evitar el escándalo de los hijos o de otros?

¿Faltas a la fidelidad conyugal en obras o deseos?

SUPERIORS Y FUNCIONARIOS

¿Tratas con justicia y caridad a tus subordinados?

¿Procuras que se guarden las leyes justas?

¿Has guardado justicia en la distribución de cargos, empleos, privilegios, honores y premios?

¿Has dado cargos de responsabilidad a personas que pueden hacer daño?

¿Has protegido a los pobres y desvalidos?

¿Atiendes sin razón a recomendaciones?

¿Te has dejado sobornar por dinero? (No son soborno los regalos y las propinas que se dan por favores que no han sido contra justicia)

¿Has cometido alguna injusticia?

¿Mandas lo que debes mandar?

¿Evitas los escándalos y abusos, o los toleras por temor a algún poderoso, por respeto humano o por provecho propio?

¿Has tomado determinaciones injustas o despachado expedientes injustos?

¿Haces todo el bien que puedes?

¿Has cumplido a conciencia tus obligaciones?

¿Das ejemplo de puntualidad y laboriosidad en tu trabajo?

¿Has perjudicado a alguien con tu descuido en el desempeño de tu cargo?

Si influyes en las primas, incentivos, etc., que ganan tus subordinados, ¿das realmente a cada cual lo que se merece, o favoreces a los que te son simpáticos y perjudicas a los que te son antipáticos?

¿Te has aprovechado indebidamente de tu cargo en utilidad propia?

Si hay mujeres en tu trabajo, ¿encuentran en ti un caballero, o por el contrario un ambiente de estímulo carnal?

En el trabajo, ¿hay subordinados tuyos que en sus maneras de portarse, hablar, suscitan conversaciones indecentes y procuran amistades peligrosas, debiendo tú cortar esas ocasiones de mal y no lo haces?

¿Eres diligente en despachar los asuntos de otros que están esperando su tramitación?

¿Pospones los negocios de los pobres a los de los ricos, perjudicando a aquéllos con el retraso?

¿Eres atento y amable con todos los que acuden a ti?

¿Cuidas de que tus subalternos no traten mal a los que acuden a ellos?

¿Son tus modales duros, despóticos o desagradables?

¿Repercuten en el trato con tus subordinados tus disgustos familiares o tu falta de salud?

Cuando hay que reprender, ¿procuras hacerlo constructivamente, sin ofender, ni injuriar?

¿Felicitas a tus subordinados cuando su trabajo lo merece para que puedan ellos tener la satisfacción de sentirse útiles a los demás?

PATRONOS

¿Das a su tiempo el salario justo y conveniente?

¿Hay armonía entre lo que ganan tus obreros y los beneficios que tú sacas de ese trabajo?

¿Eres culpable de apuros económicos de tus obreros por darles salarios insuficientes?

¿Tienes bien clasificados a tus obreros pagándoles conforme a la categoría del trabajo que de hecho realizan?

¿Les pagas equitativamente las horas extraordinarias, y los trabajos especialmente duros o peligrosos?

¿Guardas con ellos las leyes?

¿Dotas a tus obreros del equipo suficiente para suavizar en lo posible la dureza del trabajo?

¿Las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo son tales que tú en su lugar no pedirías más?

¿Te esfuerzas por complacer a tus obreros en sus deseos razonables?

¿Tratas a tus obreros con caridad cristiana como a tus hermanos?

¿Te interesas por su bienestar, su salud, su familia… en cuanto esto sea posible?

¿Evitas cuanto puedes la promiscuidad de los sexos?

¿Te preocupas de que tus jefes de taller o de tu oficina no perviertan al personal que tienen a sus órdenes?

¿Das buen ejemplo con una actitud irreprochable para con las mujeres que tienes en tu empresa?

¿Facilitas el ejercicio de los deberes religiosos de tu personal?

¿Les encargas trabajos que ofenden su conciencia?

¿Les impones trabajos superiores a sus fuerzas?

¿Aprecias el esfuerzo realizado y reconoces su mérito para que tus subordinados gocen de esta satisfacción?

¿Abusas de los necesitados?

¿Te procuras ganancias desproporcionadas?

¿Has perjudicado injustamente a alguna persona con tus negocios?

¿Te preocupas de la moral en los negocios y de tener rectamente formada la conciencia profesional?

¿Cumples con la justicia social y cooperas al remedio de las circunstancias difíciles para los obreros?

¿Contribuyes, según tus posibilidades, al remedio de la sociedad, empleando tu capital en forma que proporcione trabajo al obrero?

¿Das a tus obreros ejemplo de patrono católico modelo por tu piedad, tus costumbres y tu justicia?

OBREROS

¿Obedeces y respetas a tus superiores?

¿Cumples tus contratos justos?

¿Cuidas las cosas de tus patronos?

¿Les haces daño sin necesidad en sus bienes?

¿Malgastas sin necesidad materiales o energía?

¿Cuidas los instrumentos de trabajo como si fueran tuyos?

¿Trabajas con diligencia el tiempo debido?

¿Das buen ejemplo de honradez y fidelidad?

¿Guardas los secretos de fabricación de la empresa en que trabajas?

¿Impides, sin derecho, que trabajen otros que lo necesitan?

¿Son lícitos los medios que empleas para defender tus derechos?

¿Das buen ejemplo a tus compañeros de trabajo?

¿Les ayudas en lo que necesitan siempre que te es posible?

¿Haces todo lo que puedes para acercarlos a Dios?

TODOS

¿Pudiste hacer bien a otros y no lo hiciste?

¿Cumples a conciencia tus obligaciones profesionales?

¿Eres egoísta olvidándote de los derechos o necesidades del prójimo, cuando entran por medio tus intereses?

¿Has cometido alguna injusticia?

¿Algún negocio sucio?

¿Obedeces las leyes justas?

¿Has hablado de las autoridades con el respeto debido, reconociendo que el ejercicio del poder es cosa compleja y difícil, y que también los hombres honrados son capaces de error, o te has dejado llevar de críticas injustas, o simplemente inoportunas, que destruyen en lugar de construir la vida de armonía en la sociedad?

¿Te portas en todo como ciudadano ejemplar, como corresponde a un buen católico?

¿Has despreciado conscientemente la autoridad de un superior legítimo? (En esta materia se puede pecar gravemente).

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 4.  Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 1

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 1: «AMARÁS A DIOS SOBRE TODAS LAS COSAS Y PERSONAS»

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LOS DIEZ MANDAMIENTOS

“Maestro, ¿qué he de hacer…?”

2052 ‘Maestro, ¿qué he de hacer yo de bueno para conseguir la vida eterna?’ Al joven que le hace esta pregunta, Jesús responde primero invocando la necesidad de reconocer a Dios como ‘el único Bueno’, como el Bien por excelencia y como la fuente de todo bien. Luego Jesús le declara: ‘Si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos’. Y cita a su interlocutor los preceptos que se refieren al amor del prójimo: ‘No matarás, no cometerás adulterio, no robarás, no levantarás testimonio falso, honra a tu padre y a tu madre’. Finalmente, Jesús resume estos mandamientos de una manera positiva: ‘Amarás a tu prójimo como a ti mismo’ (Mt 19, 16-19).

2053 A esta primera respuesta se añade una segunda: ‘Si quieres ser perfecto, vete, vende lo que tienes y dáselo a los pobres, y tendrás un tesoro en los cielos; luego ven, y sígueme’ (Mt 19, 21). Esta res puesta no anula la primera. El seguimiento de Jesucristo implica cumplir los mandamientos. La Ley no es abolida (cf Mt 5, 17), sino que el hombre es invitado a encontrarla en la Persona de su Maestro, que es quien le da la plenitud perfecta. En los tres evangelios sinópticos la llamada de Jesús, dirigida al joven rico, de seguirle en la obediencia del discípulo, y en la observancia de los preceptos, es relacionada con el llamamiento a la pobreza y a la castidad (cf Mt 19, 6-12. 21. 23-29). Los consejos evangélicos son inseparables de los mandamientos.
2054 Jesús recogió los diez mandamientos, pero manifestó la fuerza del Espíritu operante ya en su letra. Predicó la ‘justicia que sobre pasa la de los escribas y fariseos’ (Mt 5, 20), así como la de los paganos (cf Mt 5, 46-47). Desarrolló todas las exigencias de los mandamientos: ‘habéis oído que se dijo a los antepasados: No matarás… Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal’ (Mt 5, 21-22).

2055 Cuando le hacen la pregunta: ‘¿cuál es el mandamiento mayor de la Ley?’ (Mt 22, 36), Jesús responde: ‘Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente. Este es el mayor y el primer mandamiento. El segundo es semejante a éste: Amarás a tu prójimo como a ti mismo. De estos dos mandamientos penden toda la Ley y los Profetas’ (Mt 22, 37-40; cf Dt 6, 5; Lv 19, 18). El Decálogo debe ser interpretado a la luz de este doble y único mandamiento de la caridad, plenitud de la Ley:
En efecto, lo de: No adulterarás, no matarás, no robarás, no codiciarás y todos los demás preceptos, se resumen en esta fórmula: Amarás a tu prójimo como a ti mismo. La caridad no hace mal al prójimo. La caridad es, por tanto, la ley en su plenitud (Rm 13, 9-10).

2056 La palabra ‘Decálogo’ significa literalmente ‘diez palabras’ (Ex 34, 28 ; Dt 4, 13; 10, 4). Estas ‘diez palabras’ Dios las reveló a su pueblo en la montaña santa. Las escribió ‘con su Dedo’ (Ex 31, 18), a diferencia de los otros preceptos escritos por Moisés (cf Dt 31, 9.24). Constituyen palabras de Dios en un sentido eminente. Son transmitidas en los libros del Exodo (cf Ex 20, 1-17) y del Deuteronomio (cf Dt 5, 6-22). Ya en el Antiguo Testamento, los libros santos hablan de las ‘diez palabras’ (cf por ejemplo, Os 4, 2; Jr 7, 9; Ez 18, 5-9); pero su pleno sentido será revelado en la nueva Alianza en Jesucristo.

2057 El Decálogo se comprende ante todo cuando se lee en el con texto del Exodo, que es el gran acontecimiento liberador de Dios en el centro de la antigua Alianza. Las ‘diez palabras’, bien sean formula das como preceptos negativos, prohibiciones, o bien como mandamientos positivos (como ‘honra a tu padre y a tu madre’), indican las condiciones de una vida liberada de la esclavitud del pecado. El Decálogo es un camino de vida:

Si amas a tu Dios, si sigues sus caminos y guardas sus mandamientos, sus preceptos y sus normas, vivirás y te multiplicarás (Dt 30, 16).

Esta fuerza liberadora del Decálogo aparece, por ejemplo, en el mandamiento del descanso del sábado, destinado también a los extranjeros y a los esclavos:

Acuérdate de que fuiste esclavo en el país de Egipto y de que tu Dios te sacó de allí con mano fuerte y con tenso brazo (Dt 5, 15).

2058 Las ‘diez palabras’ resumen y proclaman la ley de Dios: ‘Estas palabras dijo el Señor a toda vuestra asamblea, en la montaña, de en medio del fuego, la nube y la densa niebla, con voz potente, y nada más añadió. Luego las escribió en dos tablas de piedra y me las entregó a mí’ (Dt 5, 22). Por eso estas dos tablas son llamadas ‘el Testimonio’ (Ex 25, 169, pues contienen las cláusulas de la Alianza establecida entre Dios y su pueblo. Estas ‘tablas del Testimonio’ (Ex 31, 18; 32, 15; 34, 29) se debían depositar en el ‘arca’ (Ex 25, 16; 40, 1-2).

2059 Las ‘diez palabras’ son pronunciadas por Dios dentro de una teofanía (‘el Señor os habló cara a cara en la montaña, en medio del fuego’: Dt 5, 4). Pertenecen a la revelación que Dios hace de sí mismo y de su gloria. El don de los mandamientos es don de Dios y de su santa voluntad. Dando a conocer su voluntad, Dios se revela a su pueblo.

2060 El don de los mandamientos de la ley forma parte de la Alianza sellada por Dios con los suyos. Según el libro del Exodo, la revelación de las ‘diez palabras’ es concedida entre la proposición de la Alianza (cf Ex 19) y su ratificación (cf Ex 24), después que el pueblo se comprometió a ‘hacer’ todo lo que el Señor había dicho y a ‘obedecerlo’ (Ex 24, 7). El Decálogo no es transmitido sino tras el recuerdo de la Alianza (‘el Señor, nuestro Dios, estableció con nosotros una alianza en Horeb’: Dt 5, 2).

2061 Los mandamientos reciben su plena significación en el interior de la Alianza. Según la Escritura, el obrar moral del hombre adquiere todo su sentido en y por la Alianza. La primera de las ‘diez palabras’ recuerda el amor primero de Dios hacia su pueblo:

Como había habido, en castigo del pecado, paso del paraíso de la libertad a la servidumbre de este mundo, por eso la primera frase del Decálogo, primera palabra de los mandamientos de Dios, se refiere a la libertad: ‘Yo soy el Señor tu Dios, que te sacó de la tierra de Egipto, de la casa de servidumbre’ (Ex 20, 2; Dt 5, 6) (Orígenes, hom. in Ex. 8, 1).

2062 Los mandamientos propiamente dichos vienen en segundo lugar. Expresan las implicaciones de la pertenencia a Dios instituida por la Alianza. La existencia moral es respuesta a la iniciativa amorosa del Señor. Es reconocimiento, homenaje a Dios y culto de acción de gracias. Es cooperación con el designio que Dios se propone en la historia.

2063 La alianza y el diálogo entre Dios y el hombre están también confirmados por el hecho de que todas las obligaciones se enuncian en primera persona (‘Yo soy el Señor…’) y están dirigidas a otro sujeto (‘tú’). En todos los mandamientos de Dios hay un pronombre personal en singular que designa el destinatario. Al mismo tiempo que a todo el pueblo, Dios da a conocer su voluntad a cada uno en particular:

El Señor prescribió el amor a Dios y enseñó la justicia para con el prójimo a fin de que el hombre no fuese ni injusto, ni indigno de Dios. Así, por el Decálogo, Dios preparaba al hombre para ser su amigo y tener un solo corazón con su prójimo… Las palabras del Decálogo persisten también entre nosotros (cristianos). Lejos de ser abolidas, han recibido amplificación y desarrollo por el hecho de la venida del Señor en la carne. (S. Ireneo, haer. 4, 16, 3-4).

El Decálogo en la Tradición de la Iglesia

2064 Fiel a la Escritura y siguiendo el ejemplo de Jesús, la Tradición de la Iglesia ha reconocido en el Decálogo una importancia y una significación primordiales.

2065 Desde san Agustín, los ‘diez mandamientos’ ocupan un lugar preponderante en la catequesis de los futuros bautizados y de los fieles. En el siglo XV se tomó la costumbre de expresar los preceptos del Decálogo en fórmulas rimadas, fáciles de memorizar, y positivas. Estas fórmulas están todavía en uso hoy. Los catecismos de la Iglesia han expuesto con frecuencia la moral cristiana siguiendo el orden de los ‘diez mandamientos’.

2066 La división y numeración de los mandamientos ha variado en el curso de la historia. El presente catecismo sigue la división de los mandamientos establecida por san Agustín y que ha llegado a ser tradicional en la Iglesia católica. Es también la de las confesiones luteranas. Los Padres griegos hicieron una división algo distinta que se usa en las Iglesias ortodoxas y las comunidades reformadas.

2067 Los diez mandamientos enuncian las exigencias del amor de Dios y del prójimo. Los tres primeros se refieren más al amor de Dios y los otros siete más al amor del prójimo.

Como la caridad comprende dos preceptos en los que el Señor condensa toda la ley y los profetas…, así los diez preceptos se dividen en dos tablas: tres están escritos en una tabla y siete en la otra. (S. Agustín, serm. 33, 2, 2).

2068 El Concilio de Trento enseña que los diez mandamientos obligan a los cristianos y que el hombre justificado está también obligado a observarlos (cf DS 1569-1670). Y el Concilio Vaticano II afirma que: ‘Los obispos, como sucesores de los apóstoles, reciben del Señor… la misión de enseñar a todos los pueblos y de predicar el Evangelio a todo el mundo para que todos los hombres, por la fe, el bautismo y el cumplimiento de los mandamientos, consigan la salvación’ (LG 24).

La unidad del Decálogo

2069 El Decálogo forma un todo indisociable. Cada una de las ‘diez palabras’ remite a cada una de las demás y al conjunto; se condicionan recíprocamente. Las dos tablas se iluminan mutuamente; forman una unidad orgánica. Transgredir un mandamiento es quebrantar todos los otros (cf St 2, 10-11). No se puede honrar a otro sin bendecir a Dios su Creador. No se podría adorar a Dios sin amar a todos los hombres, que son sus creaturas. El Decálogo unifica la vida teologal y la vida social del hombre.

El Decálogo y la ley natural

2070 Los diez mandamientos pertenecen a la revelación de Dios. Nos enseñan al mismo tiempo la verdadera humanidad del hombre. Ponen de relieve los deberes esenciales y, por tanto indirectamente, los derechos fundamentales, inherentes a la naturaleza de la persona humana. El Decálogo contiene una expresión privilegiada de la ‘ley natural’:

Desde el comienzo, Dios había puesto en el corazón de los hombres los preceptos de la ley natural. Primeramente se contentó con recordárselos. Esto fue el Decálogo. (S. Ireneo, haer. 4, 15, 1).

2071 Aunque accesibles a la sola razón, los preceptos del Decálogo han sido revelados. Para alcanzar un conocimiento completo y cierto de las exigencias de la ley natural, la humanidad pecadora necesitaba esta revelación:

En el estado de pecado, una explicación plena de los mandamientos del Decálogo resultó necesaria a causa del oscurecimiento de la luz de la razón y de la desviación de la voluntad. (S. Buenaventura, sent. 4, 37, 1, 3).
Conocemos los mandamientos de la ley de Dios por la revelación divina que nos es propuesta en la Iglesia, y por la voz de la con ciencia moral.

La obligación del Decálogo

2072 Los diez mandamientos, por expresar los deberes fundamentales del hombre hacia Dios y hacia su prójimo, revelan en su contenido primordial obligaciones graves. Son básicamente inmutables y su obligación vale siempre y en todas partes. Nadie podría dispensar de ellos. Los diez mandamientos están grabados por Dios en el corazón del ser humano.

2073 La obediencia a los mandamientos implica también obligaciones cuya materia es, en sí misma, leve. Así, la injuria de palabra está prohibida por el quinto mandamiento, pero sólo podría ser una falta grave en razón de las circunstancias o de la intención del que la profiere

“Sin mí no podéis hacer nada”

2074 Jesús dice: ‘Yo soy la vid; vosotros los sarmientos. El que permanece en mí como yo en él, ése da mucho fruto; porque sin mí no podéis hacer nada’ (Jn 15, 5). El fruto evocado en estas palabras es la santidad de una vida hecha fecunda por la unión con Cristo. Cuando creemos en Jesucristo, participamos en sus misterios y guardamos sus mandamientos, el Salvador mismo ama en nosotros a su Padre y a sus hermanos, nuestro Padre y nuestros hermanos. Su persona viene a ser, por obra del Espíritu, la norma viva e interior de nuestro obrar. ‘Este es el mandamiento mío: que os améis los unos a los otros como yo os he amado’ (Jn 15, 12).

RESUMEN

2075. ‘¿Qué he de hacer yo de bueno para conseguir la vida eterna?’ – ‘Si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos’ (Mt 19, 16-17).

2076 Por su modo de actuar y por su predicación, Jesús ha atestiguado el valor perenne del Decálogo.

2077 El don del Decálogo fue concedido en el marco de la alianza establecida por Dios con su pueblo. Los mandamientos de Dios reciben su significado verdadero en y por esta Alianza.

2078 Fiel a la Escritura y siguiendo el ejemplo de Jesús, la Tradición de la Iglesia ha reconocido en el Decálogo una importancia y una significación primordial.

2079 El Decálogo forma una unidad orgánica en la que cada ‘palabra’ o ‘mandamiento’ remite a todo el conjunto. Transgredir un mandamiento es quebrantar toda la ley (cf St 2, 10-11).

2080 El Decálogo contiene una expresión privilegiada de la ley natural. Lo conocemos por la revelación divina y por la razón humana.

2081 Los diez mandamientos, en su contenido fundamental, enuncian obligaciones graves. Sin embargo, la obediencia a estos preceptos implica también obligaciones cuya materia es, en sí misma, leve. 
2082 Dios hace posible por su gracia lo que manda.

* * *

PRIMER MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
CAPÍTULO PRIMERO
«AMARÁS AL SEÑOR TU DIOS CON TODO TU CORAZÓN,CON TODA TU ALMA Y CON TODAS TUS FUERZAS»

2083 Jesús resumió los deberes del hombre para con Dios en estas palabras: ‘Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con toda tu mente’ (Mt 22, 37; cf Lc 10, 27: ‘…y con todas tus fuerzas’). Estas palabras siguen inmediatamente a la llamada solemne: ‘Escucha, Israel: el Señor nuestro Dios es el único Señor’ (Dt 6, 4).

Dios nos amó primero. El amor del Dios Único es recordado en la primera de las ‘diez palabras’. Los mandamientos explicitan a continuación la respuesta de amor que el hombre está llamado a dar a su Dios.

Artículo 1
EL PRIMER MANDAMIENTO

Yo, el Señor, soy tu Dios, que te ha sacado del país de Egipto, de la casa de servidumbre. No habrá para ti otros dioses delante de mí. No te harás escultura ni imagen alguna ni de lo que hay arriba en los cielos, ni de lo que hay abajo en la tierra, ni de lo que hay en las aguas debajo de la tierra. No te postrarás ante ellas ni les darás culto (Ex 20, 2-5).
Está escrito: Al Señor tu Dios adorarás, sólo a él darás culto (Mt 4, 10).

I ‘Adorarás al señor tu Dios, y le servirás’

2084 Dios se da a conocer recordando su acción todopoderosa, bondadosa y liberadora en la historia de aquel a quien se dirige: ‘Yo te saqué del país de Egipto, de la casa de servidumbre’. La primera palabra contiene el primer mandamiento de la ley: ‘Adorarás al Señor tu Dios y le servirás… no vayáis en pos de otros dioses’ (Dt 6, 13-14). La primera llamada y la justa exigencia de Dios consiste en que el hombre lo acoja y lo adore.

2085 El Dios único y verdadero revela ante todo su gloria a Israel (cf Ex 19, 16-25; 24, 15-18). La revelación de la vocación y de la verdad del hombre está ligada a la revelación de Dios. El hombre tiene la vocación de hacer manifiesto a Dios mediante sus obras humanas, en conformidad con su condición de criatura hecha ‘a imagen y semejanza de Dios’:

No habrá jamás otro Dios, Trifón, y no ha habido otro desde los siglos sino el que ha hecho y ordenado el universo. Nosotros no pensamos que nuestro Dios es distinto del vuestro Es el mismo que sacó a vuestros padres de Egipto ‘con su mano poderosa y su brazo extendido’. Nosotros no ponemos nuestras esperanzas en otro, que no existe, sino en el mismo que vosotros: el Dios de Abraham, de Isaac y de Jacob. (S. Justino, dial. 11, 1).

2086 “El primero de los preceptos abarca la fe, la esperanza y la caridad. En efecto, quien dice Dios, dice un ser constante, inmutable, siempre el mismo, fiel, perfectamente justo. De ahí se sigue que nosotros debemos necesariamente aceptar sus Palabras y tener en El una fe y una confianza completas. El es todopoderoso, clemente, infinitamente inclinado a hacer el bien. ¿Quién podría no poner en él todas sus esperanzas? ¿Y quién podrá no amarlo contemplando todos los tesoros de bondad y de ternura que ha derramado en nosotros? De ahí esa fórmula que Dios emplea en la Sagrada Escritura tanto al comienzo como al final de sus preceptos: ‘Yo soy el Señor’” (Catec. R. 3, 2, 4).

La fe

2087 Nuestra vida moral tiene su fuente en la fe en Dios que nos revela su amor. San Pablo habla de la ‘obediencia de la fe’ (Rm 1, 5; 16, 26) como de la primera obligación. Hace ver en el ‘desconocimiento de Dios’ el principio y la explicación de todas las desviaciones morales (cf Rm 1, 18-32). Nuestro deber para con Dios es creer en El y dar testimonio de El.

2088 El primer mandamiento nos pide que alimentemos y guardemos con prudencia y vigilancia nuestra fe y que rechacemos todo lo que se opone a ella. Hay diversas maneras de pecar contra la fe:

La duda voluntaria respecto a la fe descuida o rechaza tener por verdadero lo que Dios ha revelado y la Iglesia propone creer. La duda involuntaria designa la vacilación en creer, la dificultad de superar las objeciones con respecto a la fe o también la ansiedad suscitada por la oscuridad de ésta. Si la duda se fomenta deliberadamente, puede conducir a la ceguera del espíritu.

2089 La incredulidad es el menosprecio de la verdad revelada o el rechazo voluntario de prestarle asentimiento. ‘Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; apostasía es el rechazo total de la fe cristiana; cisma, el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos’ ( CIC can. 751).

La esperanza

2090 Cuando Dios se revela y llama al hombre, éste no puede responder plenamente al amor divino por sus propias fuerzas. Debe esperar que Dios le dé la capacidad de devolverle el amor y de obrar conforme a los mandamientos de la caridad. La esperanza es aguardar confiadamente la bendición divina y la bienaventurada visión de Dios; es también el temor de ofender el amor de Dios y de provocar su castigo.

2091 El primer mandamiento se refiere también a los pecados contra la esperanza, que son la desesperación y la presunción:

Por la desesperación, el hombre deja de esperar de Dios su salvación personal, el auxilio para llegar a ella o el perdón de sus pecados. Se opone a la Bondad de Dios, a su Justicia -porque el Señor es fiel a sus promesas – y a su Misericordia.

2092 Hay dos clases de presunción. O bien el hombre presume de sus capacidades (esperando poder salvarse sin la ayuda de lo alto), o bien presume de la omnipotencia o de la misericordia divinas (esperando obtener su perdón sin conversión y la gloria sin mérito).

La caridad

2093 La fe en el amor de Dios encierra la llamada y la obligación de responder a la caridad divina mediante un amor sincero. El primer mandamiento nos ordena amar a Dios sobre todas las cosas y a las criaturas por El y a causa de El (cf Dt 6, 4-5).

2094 Se puede pecar de diversas maneras contra el amor de Dios. La indiferencia descuida o rechaza la consideración de la caridad divina; desprecia su acción preveniente y niega su fuerza. La ingratitudomite o se niega a reconocer la caridad divina y devolverle amor por amor. La tibieza es una vacilación o negligencia en responder al amor divino; puede implicar la negación a entregarse al movimiento de la caridad. La acedía o pereza espiritual llega a rechazar el gozo que viene de Dios y a sentir horror por el bien divino. El odio a Dios tiene su origen en el orgullo; se opone al amor de Dios cuya bondad niega y lo maldice porque condena el pecado e inflige penas.

II ‘A él sólo darás culto’

2095 “Las virtudes teologales de la fe, la esperanza y la caridad, informan y vivifican las virtudes morales. Así, la caridad nos lleva a dar a Dios lo que en toda justicia le debemos en cuanto criaturas. Lavirtud de la religión nos dispone a esta actitud.

La adoración

2096 La adoración es el primer acto de la virtud de la religión. Adorar a Dios es reconocerle como Dios, como Creador y Salvador, Señor y Dueño de todo lo que existe, como Amor infinito y misericordioso. ‘Adorarás al Señor tu Dios y sólo a él darás culto’ (Lc 4, 8), dice Jesús citando el Deuteronomio (6, 13).

2097 Adorar a Dios es reconocer, con respeto y sumisión absolutos, la ‘nada de la criatura’, que sólo existe por Dios. Adorar a Dios es alabarlo, exaltarle y humillarse a sí mismo, como hace María en el Magnificat, confesando con gratitud que El ha hecho grandes cosas y que su nombre es santo (cf Lc 1, 46-49). La adoración del Dios único libera al hombre del repliegue sobre sí mismo, de la esclavitud del pecado y de la idolatría del mundo.

La oración

2098. “Los actos de fe, esperanza y caridad que ordena el primer mandamiento se realizan en la oración. La elevación del espíritu hacia Dios es una expresión de nuestra adoración a Dios: oración de alabanza y de acción de gracias, de intercesión y de súplica. La oración es una condición indispensable para poder obedecer los mandamientos de Dios. ‘Es preciso orar siempre sin desfallecer’ (Lc 18, 1).

El sacrificio

2099. Es justo ofrecer a Dios sacrificios en señal de adoración y de gratitud, de súplica y de comunión: ‘Toda acción realizada para unirse a Dios en la santa comunión y poder ser bienaventurado es un verdadero sacrificio’ (S. Agustín, civ. 10, 6).

2100 El sacrificio exterior, para ser auténtico, debe ser expresión del sacrificio espiritual. ‘Mi sacrificio es un espíritu contrito…’ (Sal 51, 19). Los profetas de la Antigua Alianza denunciaron con frecuencia los sacrificios hechos sin participación interior (cf Am 5, 21-25) o sin relación con el amor al prójimo (cf Is 1, 10-20). Jesús recuerda las palabras del profeta Oseas: ‘Misericordia quiero, que no sacrificio’ (Mt 9, 13; 12, 7; cf Os 6, 6). El único sacrificio perfecto es el que ofreció Cristo en la cruz en ofrenda total al amor del Padre y por nuestra salvación (cf Hb 9, 13-14). Uniéndonos a su sacrificio, podemos hacer de nuestra vida un sacrificio para Dios.

Promesas y votos

2101 En varias circunstancias, el cristiano es llamado a hacer promesas a Dios. El bautismo y la confirmación, el matrimonio y la ordenación las exigen siempre. Por devoción personal, el cristiano puede también prometer a Dios un acto, una oración, una limosna, una peregrinación, etc. La fidelidad a las promesas hechas a Dios es una manifestación de respeto a la Majestad divina y de amor hacia el Dios fiel.

2102 ‘El voto, es decir, la promesa deliberada y libre hecha a Dios acerca de un bien posible y mejor, debe cumplirse por la virtud de la religión’ ( CIC can. 1191, 1). El voto es un acto de devoción en el que el cristiano se consagra a Dios o le promete una obra buena. Por tanto, mediante el cumplimiento de sus votos entrega a Dios lo que le ha prometido y consagrado. Los Hechos de los Apóstoles nos muestran a san Pablo cumpliendo los votos que había hecho (cf Hch 18, 18; 21, 23-24).

2103 La Iglesia reconoce un valor ejemplar a los votos de practicar los consejos evangélicos (cf  CIC can. 654).

La santa Iglesia se alegra de que haya en su seno muchos hombres y mujeres que siguen más de cerca y muestran más claramente el anonadamiento de Cristo, escogiendo la pobreza con la libertad de los hijos de Dios y renunciando a su voluntad propia. Estos, pues, se someten a los hombres por Dios en la búsqueda de la perfección más allá de lo que está mandado, para parecerse más a Cristo obediente (LG 42).
En algunos casos, la Iglesia puede, por razones proporcionadas, dispensar de los votos y las promesas ( CIC can. 692;  1196- 1197).

El deber social de la religión y el derecho a la libertad religiosa

2104 ‘Todos los hombres están obligados a buscar la verdad, sobre todo en lo que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una vez conocida, a abrazarla y practicarla’ (DH 1). Este deber se desprende de ‘su misma naturaleza’ (DH 2). No contradice al ‘respeto sincero’ hacia las diversas religiones, que ‘no pocas veces reflejan, sin embargo, un destello de aquella Verdad que ilumina a todos los hombres’ (NA 2), ni a la exigencia de la caridad que empuja a los cristianos ‘a tratar con amor, prudencia y paciencia a los hombres que viven en el error o en la ignorancia de la fe’ (DH 14).

2105 El deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado. Esa es ‘la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo’ (DH 1). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan ‘informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive’ (AA 13). Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf DH 1). Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf AA 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas (cf León XIII, enc. «Inmortale Dei»; Pío XI, enc. «Quas primas»).

2106 ‘En materia religiosa, ni se obligue a nadie a actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella, pública o privadamente, solo o asociado con otros’ (DH 2). Este derecho se funda en la naturaleza misma de la persona humana, cuya dignidad le hace adherirse libremente a la verdad divina, que trasciende el orden temporal. Por eso, ‘permanece aún en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y adherirse a ella’ (DH 2).

2107 ‘Si, teniendo en cuenta las circunstancias peculiares de los pueblos, se concede a una comunidad religiosa un reconocimiento civil especial en el ordenamiento jurídico de la sociedad, es necesario que al mismo tiempo se reconozca y se respete el derecho a la libertad en materia religiosa a todos los ciudadanos y comunidades religiosas’(DH 6).

2108 El derecho a la libertad religiosa no es ni la permisión moral de adherirse al error (cf León XIII, enc. «Libertas praestantissimum»), ni un supuesto derecho al error (cf Pío XII, discurso 6 diciembre 1953), sino un derecho natural de la persona humana a la libertad civil, es decir, a la inmunidad de coacción exterior, en los justos límites, en materia religiosa por parte del poder político. Este derecho natural debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad de manera que constituya un derecho civil (cf DH 2).

2109 El derecho a la libertad religiosa no puede ser de suyo ni ilimitado (cf Pío VI, breve «Quod aliquantum»), ni limitado solamente por un ‘orden público’ concebido de manera positivista o naturalista (cf Pío IX, enc. «Quanta cura»). Los ‘justos límites’ que le son inherentes deben ser determinados para cada situación social por la prudencia política, según las exigencias del bien común, y ratificados por la autoridad civil según ‘normas jurídicas, conforme con el orden objetivo moral’ (DH 7).

III ‘No habrá para ti otros dioses delante de mí’

2110 El primer mandamiento prohíbe honrar a dioses distintos del Unico Señor que se ha revelado a su pueblo. Proscribe la superstición y la irreligión. La superstición representa en cierta manera una perversión, por exceso, de la religión. La irreligión es un vicio opuesto por defecto a la virtud de la religión.

La superstición

2111 La superstición es la desviación del sentimiento religioso y de las prácticas que impone. Puede afectar también al culto que damos al verdadero Dios, por ejemplo, cuando se atribuye una importancia, de algún modo, mágica a ciertas prácticas, por otra parte, legítimas o necesarias. Atribuir su eficacia a la sola materialidad de las oraciones o de los signos sacramentales, prescindiendo de las disposiciones interiores que exigen, es caer en la superstición (cf Mt 23, 16-22).

La idolatría

2112 El primer mandamiento condena el politeísmo. Exige al hombre no creer en otros dioses que el Dios verdadero. Y no venerar otras divinidades que al único Dios. La Escritura recuerda constantemente este rechazo de los ‘ídolos, oro y plata, obra de las manos de los hombres’, que ‘tienen boca y no hablan, ojos y no ven…’ Estos ídolos vanos hacen vano al que les da culto: ‘Como ellos serán los que los hacen, cuantos en ellos ponen su confianza’ (Sal 115, 4-5.8; cf. Is 44, 9-20; Jr 10, 1-16; Dn 14, 1-30; Ba 6; Sb 13, 1-15,19). Dios, por el contrario, es el ‘Dios vivo’ (Jos 3, 10; Sal 42, 3, etc.), que da vida e interviene en la historia.

2113 La idolatría no se refiere sólo a los cultos falsos del paganismo. Es una tentación constante de la fe. Consiste en divinizar lo que no es Dios. Hay idolatría desde el momento en que el hombre honra y reverencia a una criatura en lugar de Dios. Trátese de dioses o de demonios (por ejemplo, el satanismo), de poder, de placer, de la raza, de los antepasados, del Estado, del dinero, etc. ‘No podéis servir a Dios y al dinero’, dice Jesús (Mt 6, 24). Numerosos mártires han muerto por no adorar a ‘la Bestia’ (cf Ap 13-14), negándose incluso a simular su culto. La idolatría rechaza el único Señorío de Dios; es, por tanto, incompatible con la comunión divina divina(cf Gál 5, 20; Ef 5, 5).

2114 La vida humana se unifica en la adoración del Dios Unico. El mandamiento de adorar al único Señor da unidad al hombre y lo salva de una dispersión infinita. La idolatría es una perversión del sentido religioso innato en el hombre. El idólatra es el que ‘aplica a cualquier cosa, en lugar de a Dios, la indestructible noción de Dios’ (Orígenes, Cels. 2, 40).

Adivinación y magia

2115 Dios puede revelar el porvenir a sus profetas o a otros santos. Sin embargo, la actitud cristiana justa consiste en entregarse con confianza en las manos de la providencia en lo que se refiere al futuro y en abandonar toda curiosidad malsana al respecto. Sin embargo, la imprevisión puede constituir una falta de responsabilidad.

2116 Todas las formas de adivinación deben rechazarse: el recurso a Satán o a los demonios, la evocación de los muertos, y otras prácticas que equivocadamente se supone ‘desvelan’ el porvenir (cf Dt 18, 10; Jr 29, 8). La consulta de horóscopos, la astrología, la quiromancia, la interpretación de presagios y de suertes, los fenómenos de visión, el recurso a ‘mediums’ encierran una voluntad de poder sobre el tiempo, la historia y, finalmente, los hombres, a la vez que un deseo de granjearse la protección de poderes ocultos. Están en contradicción con el honor y el respeto, mezclados de temor amoroso, que debemos solamente a Dios.

2117 Todas las prácticas de magia o de hechicería mediante las que se pretende domesticar potencias ocultas para ponerlas a su servicio y obtener un poder sobrenatural sobre el prójimo -aunque sea para procurar la salud -, son gravemente contrarias a la virtud de la religión. Estas prácticas son más condenables aún cuando van acompañadas de una intención de dañar a otro, recurran o no a la intervención de los demonios. Llevar amuletos es también reprensible. El espiritismo implica con frecuencia prácticas adivinatorias o mágicas. Por eso la Iglesia advierte a los fieles que se guarden de él. El recurso a las medicinas llamadas tradicionales no legítima ni la invocación de las potencias malignas, ni la explotación de la credulidad del prójimo.

La irreligión

2118 El primer mandamiento de Dios reprueba los principales pecados de irreligión: la acción de tentar a Dios con palabras o con obras, el sacrilegio y la simonía.

2119 La acción de tentar a Dios consiste en poner a prueba, de palabra o de obra, su bondad y su omnipotencia. Así es como Satán quería conseguir de Jesús que se arrojara del templo y obligase a Dios, mediante este gesto, a actuar (cf Lc 4, 9). Jesús le opone las palabras de Dios: ‘No tentarás al Señor tu Dios’ (Dt 6, 16). El reto que contiene este tentar a Dios lesiona el respeto y la confianza que debemos a nuestro Creador y Señor. Incluye siempre una duda respecto a su amor, su providencia y su poder (cf 1 Co 10, 9; Ex 17, 2-7; Sal 95, 9).

2120 El sacrilegio consiste en profanar o tratar indignamente los sacramentos y las otras acciones litúrgicas, así como las personas, las cosas y los lugares consagrados a Dios. El sacrilegio es un pecado grave sobre todo cuando es cometido contra la Eucaristía, pues en este sacramento el Cuerpo de Cristo se nos hace presente substancialmente (cf  CIC can. 1367;  1376).

2121 La simonía (cf Hch 8, 9-24) se define como la compra o venta de cosas espirituales. A Simón el mago, que quiso comprar el poder espiritual del que vio dotado a los apóstoles, Pedro le responde: ‘Vaya tu dinero a la perdición y tú con él, pues has pensado que el don de Dios se compra con dinero’ (Hch 8, 20). Así se ajustaba a las palabras de Jesús: ‘Gratis lo recibisteis, dadlo gratis’ (Mt 10, 8; cf Is 55, 1)]. Es imposible apropiarse de los bienes espirituales y de comportarse respecto a ellos como un poseedor o un dueño, pues tienen su fuente en Dios. Sólo es posible recibirlos gratuitamente de El.

2122 ‘Fuera de las ofrendas determinadas por la autoridad competente, el ministro no debe pedir nada por la administración de los sacramentos, y ha de procurar siempre que los necesitados no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza’ ( CIC can. 848). La autoridad competente puede fijar estas ‘ofrendas’ atendiendo al principio de que el pueblo cristiano debe contribuir al sostenimiento de los ministros de la Iglesia. ‘El obrero merece su sustento’ (Mt 10, 10; cf Lc 10, 7; 1 Co 9, 5-18; 1 Tm 5, 17-18).

El ateísmo

2123 ‘Muchos de nuestros contemporáneos no perciben de ninguna manera esta unión íntima y vital con Dios o la rechazan explícitamente, hasta tal punto que el ateísmo debe ser considerado entre los problemas más graves de esta época’ (GS 19, 1).

2124 El nombre de ateísmo abarca fenómenos muy diversos. Una forma frecuente del mismo es el materialismo práctico, que limita sus necesidades y sus ambiciones al espacio y al tiempo. El humanismo ateo considera falsamente que el hombre es ‘el fin de sí mismo, el artífice y demiurgo único de su propia historia’ (GS 20, 1). Otra forma del ateísmo contemporáneo espera la liberación del hombre de una liberación económica y social para la que ‘la religión, por su propia naturaleza, constituiría un obstáculo, porque, al orientar la esperanza del hombre hacia una vida futura ilusoria, lo apartaría de la construcción de la ciudad terrena’ (GS 20, 2).

2125 En cuanto rechaza o niega la existencia de Dios, el ateísmo es un pecado contra la virtud de la religión (cf Rm 1, 18). La imputabilidad de esta falta puede quedar ampliamente disminuida en virtud de las intenciones y de las circunstancias. En la génesis y difusión del ateísmo ‘puede corresponder a los creyentes una parte no pequeña; en cuanto que, por descuido en la educación para la fe, por una exposición falsificada de la doctrina, o también por los defectos de su vida religiosa, moral y social, puede decirse que han velado el verdadero rostro de Dios y de la religión, más que revelarlo’ (GS 19, 3).

2126 Con frecuencia el ateísmo se funda en una concepción falsa de la autonomía humana, llevada hasta el rechazo de toda dependencia respecto a Dios (GS 20, 1). Sin embargo, ‘el reconocimiento de Dios no se opone en ningún modo a la dignidad del hombre, ya que esta dignidad se funda y se perfecciona en el mismo Dios’ (GS 21, 3). ‘La Iglesia sabe muy bien que su mensaje conecta con los deseos más profundos del corazón humano’ (GS 21, 7).

El agnosticismo

2127 El agnosticismo reviste varias formas. En ciertos casos, el agnóstico se resiste a negar a Dios; al contrario, postula la existencia de un ser trascendente que no podría revelarse y del que nadie podría decir nada. En otros casos, el agnóstico no se pronuncia sobre la existencia de Dios, manifestando que es imposible probarla e incluso afirmarla o negarla.

2128 El agnosticismo puede contener a veces una cierta búsqueda de Dios, pero puede igualmente representar un indiferentismo, una huida ante la cuestión última de la existencia, y una pereza de la conciencia moral. El agnosticismo equivale con mucha frecuencia a un ateísmo práctico

IV ‘No te harás escultura alguna…’

2129 El mandamiento divino implicaba la prohibición de toda representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo explica así: ‘Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea…’ (Dt 4, 15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente Trascendente. ‘El lo es todo’, pero al mismo tiempo ‘está por encima de todas sus obras’ (Si 43, 27- 28). Es la fuente de toda belleza creada (cf. Sb 13, 3).
2130 Sin embargo, ya en el Antiguo Testamento Dios ordenó o permitió la institución de imágenes que conducirían simbólicamente a la salvación por el Verbo encarnado: la serpiente de bronce (cf Nm 21, 4-9; Sb 16, 5-14; Jn 3, 14-15), el arca de la Alianza y los querubines (cf Ex 25, 10-12; 
1 R 6, 23-28; 7, 23-26).

2131 Fundándose en el misterio del Verbo encarnado, el séptimo Concilio Ecuménico (celebrado en Nicea el año 787), justificó contra los iconoclastas el culto de las sagradas imágenes: las de Cristo, pero también las de la Madre de Dios, de los ángeles y de todos los santos. El Hijo de Dios, al encarnarse, inauguró una nueva ‘economía’ de las imágenes.

2132 El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, ‘el honor dado a una imagen se remonta al modelo original’ (S. Basilio, spir. 18, 45), ‘el que venera una imagen, venera en ella la persona que en ella está representada’ (Cc de Nicea II: DS 601); cf Cc de Trento: DS 1821-1825; Cc Vaticano II: SC 126; LG 67). El honor tributado a las imágenes sagradas es una ‘veneración respetuosa’, no una adoración, que sólo corresponde a Dios:

El culto de la religión no se dirige a las imágenes en sí mismas como realidades, sino que las mira bajo su aspecto propio de imágenes que nos conducen a Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la imagen en cuanto tal, no se detiene en ella, sino que tiende a la realidad de la que ella es imagen. (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 81, 3, ad 3).

RESUMEN

2133 ‘Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con todas tus fuerzas’ (Dt 6, 59).

2134 El primer mandamiento llama al hombre para que crea en Dios, espere en El y lo ame sobre todas las cosas.

2135 ‘Al Señor tu Dios adorarás’ (Mt 4, 10). Adorar a Dios, orar a El, ofrecerle el culto que le corresponde, cumplir las promesas y los votos que se le han hecho, son todos ellos actos de la virtud de la religión que constituyen la obediencia al primer mandamiento.

2136 El deber de dar a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado.

2137 El hombre debe ‘poder profesar libremente la religión en público y en privado’ (DH 15).

2138 La superstición es una desviación del culto que debemos al verdadero Dios, la cual conduce a la idolatría y a distintas formas de adivinación y de magia.”

2139 La acción de tentar a Dios de palabra o de obra, el sacrilegio y la simonía son pecados de irreligión, prohibidos por el primer mandamiento.

2140 El ateísmo, en cuanto niega o rechaza la existencia de Dios, es un pecado contra el primer mandamiento.

2141 El culto de las imágenes sagradas está fundado en el misterio de la Encarnación del Verbo de Dios. No es contrario al primer mandamiento.

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

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EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL PRIMER MANDAMIENTO
«Amarás a Dios sobre todas las cosas y personas»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿Creo en Dios?

¿Doy testimonio de El?

¿Tengo en Dios una fe y una confianza firme y completa?

¿Amo a Dios sobre todas las cosas y personas?

¿Me he desesperado, llegando a dudar de la bondad de Dios, de su justicia, de sus promesas y de su misericordia?

¿He desesperado de mi salvación o he abusado de la confianza en Dios, presumiendo que no me abandonaría, para pecar con mayor tranquilidad? 

¿He murmurado interna o externamente contra el Señor cuando me ha acaecido alguna desgracia? 

¿He hecho con desgana las cosas que se refieren a Dios? 

¿He presumido de que Dios me salvará de todas maneras, aún sin conversión y sin mérito?

¿He tentado a Dios, o sea que lo he puesto a prueba, dudando de su palabra, o de su obra, o de su bondad, o de su omnipotencia, o de su amor o poder?

¿He sido indiferente, despreciando la acción y la fuerza de Dios en mi vida?

¿He respondido al amor de Dios con tibieza?

¿He cultivado un enfermizo orgullo propio, que me ha llevado a odiar a Dios?

¿He hecho las cosas que requieren sacrificio, – con verdadero amor – y ofreciéndoselas al Señor?

¿He cumplido en todo o en parte, alguna promesa hecha a Dios o a su Iglesia?

¿He sido ateo, o materialista práctico (agnóstico), he rechazado o negado la existencia de Dios?

¿Dudo o rechazo como verdadero, lo que Dios ha revelado en las Escrituras (La Sagrada Biblia)?

¿He admitido en serio alguna duda contra las verdades de la fe?

¿He llegado a negar la fe o algunas de sus verdades, en mi pensamiento o delante de los demás? 

¿Crees lo que enseña la Iglesia Católica, o has sostenido ideas contrarias a Ella?

¿Has dudado o negado conscientemente alguna verdad de fe?

¿He abandonado los medios que son por sí mismos absolutamente necesarios para la salvación?

¿He procurado alcanzar la debida formación religiosa? 

¿Lees, tienes o prestas libros prohibidos o escritos contra la religión?

¿He hablado sin reverencia de las cosas santas, de los sacramentos, de la Iglesia, de sus ministros? 

¿Me he burlado del Santo Padre?

¿He leído o retenido libros, revistas o periódicos que van contra la fe o la moral?

¿Los di a leer a otros? 

¿Trato de aumentar mi fe y amor a Dios? 

¿Te distraes voluntariamente al rezar?

¿Rezas de cuando en cuando? (Nadie debería acostarse sin rezar tres avemarías a la Santísima Virgen, que son prenda de salvación eterna, y un “Señor mío Jesucristo” pidiendo a Dios perdón de todos sus pecados)

¿He orado muy poco o casi nada, olvidándome de ofrecerle al Todopoderoso mi trabajo amoroso y de darle gracias en oración al levantarme, al acostarme, y al recibir los alimentos?

¿He abandonado el trato con Dios en la oración o en los sacramentos? 

¿Me he acercado indignamente a recibir algún sacramento? 

¿Estás tranquilo de tu última confesión?

¿Te has animado a pecar pensando que ya te confesarás después?

¿Has tardado mucho tiempo en confesarte después de pecar gravemente?

¿Te has confesado sin arrepentimiento o sin propósito de la enmienda? (Propósito de no volver a pecar)

¿Te has callado voluntariamente algún pecado grave en la confesión?

¿Has sido poco sincero procurando engañar al confesor en cosa importante relacionada con pecados graves?

¿Has recibido el sacramento de la Confirmación o del Matrimonio en pecado mortal? (Es sacrilegio)

¿He profanado objetos religiosos o consagrados a Dios, o cometido algún otro sacrilegio?

¿He cometido sacrilegio? O sea que ¿he profanado o tratado indignamente los sacramentos (por ejemplo comulgando en pecado mortal) y las otras acciones litúrgicas, así como las personas (sacerdotes y religiosos) las cosas y los lugares consagrados a Dios?

¿He tratado sacrílegamente la Eucaristía?

¿He comprado o vendido artículos religiosos bendecidos?

¿Han sido pequeñas irreverencias con cosas sagradas o en lugares sagrados?

¿He sido supersticioso, o sea que le he atribuido una importancia de algún modo mágico, a ciertas prácticas legítimas o necesarias?

¿He practicado la superstición o el espiritismo?

¿Pertenezco a alguna sociedad o movimiento ideológico contrario a la religión? 

¿He creído y/o consultado y/o usado: supersticiones, hechicerías, brujería, magia, (incluso la blanca), adivinos, quiromancia, “médium”, agüeros, horóscopos, cartas de naipe, “tazas de chocolate” y cosas parecidas; al igual que riegos, sahumerios, talismanes, “pencas de sábila”, filtros, maleficios, sortilegios, cábala, tarot, “carta astral”, alquimia, tabla ouija, santería, amuletos, vudú, gurúes, shamanismo, numerología, espiritismo, “yo soy”, necromancia, cuarzos, piedras, mantras, etc., y todo tipo de “objetos con poder” (Dt 18, 10-12; Jr 29, 8).?

¿He asistido a alguna sesión de espiritismo?

¿He honrado y/o reverenciado y/o adorado a una criatura (cualquiera que sea) en lugar de Dios?. Como por ejemplo al dinero, al poder (o a los poderosos) al placer, o a las cosas materiales (como automóviles y pertenencias que se colocan por encima de todo, incluso de Dios).

¿He puesto fe, o he practicado, o me he dejado llevar por grupos, sectas o movimientos no Cristianos o que mezclan la verdad de Jesucristo con otras ideologías que contienen verdades, pero algunas mentiras muy disfrazadas por el demonio? Por ejemplo: El poder mental, la reencarnación, la falsa metafísica, el método Silva, el ocultismo, el espiritismo, la astrología, el tarot, la meditación trascendental, el yoga, el gnosticismo, el i-chin, “los viajes astrales”, los gurús, el inside, el avance, la dianética, la medicina holística, la parapsicología, la sofrología; la radiastesia, la homeopatía, la acupuntura y la acuprensión cuando van acompañadas de prácticas esotéricas. También la hipnosis y autohipnosis, las regresiones, la lectura del áurea, la terapia de olores y esencias florales, el esoterismo, la teosofía, la masonería, el rosacrucismo, el budismo, el hare krishna, la “canalización de espíritus o cháneling”, el tao, el feng sui y todo lo relacionado con el “new age” o la “nueva era”. Igualmente son movimientos o sectas no cristianas los mormones y los testigos de Jehová que no creen en Jesucristo como hijo de Dios (2Tim 4, 3-4; 1Tim 4, 1).

 

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