Saltar al contenido

Vacaciones de amor con Dios - 2. página

Día 12

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 12: «CONFESAR LOS PECADOS GRAVES AL MENOS UNA VEZ AL AÑO«

Puedes descargarte la explicación de hoy en Word o PDF para imprimir o leer desde tu pc o computadora.

 

Descargar Word  Descargar PDF 

Segundo Mandamiento 
2º. Confesar los pecados graves al menos una vez al año

El segundo mandamiento (confesar los pecados mortales al menos una vez al año, y en peligro de muerte, y si se ha de comulgar) asegura la preparación para la Eucaristía mediante la recepción del sacramento de la Reconciliación, que continúa la obra de conversión y de perdón del Bautismo (cf  CIC can. 989; CCEO can. 719).

Fuente: http://www.vatican.va/archive/ESL0022/__P75.HTM

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 12. Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 9

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 9: «NO CONSENTIRÁS PENSAMIENTOS NI DESEOS IMPUROS«

Puedes descargarte la explicación de hoy en Word o PDF para imprimir o leer desde tu pc o computadora.

 

Descargar Word  Descargar PDF 

NOVENO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO CONSENTIRÁS PENSAMIENTOS NI DESEOS IMPUROS»

No codiciarás la casa de tu prójimo, ni codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni nada que sea de tu prójimo (Ex 20, 17).

El que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón (Mt 5, 28).

2514 San Juan distingue tres especies de codicia o concupiscencia: la concupiscencia de la carne, la concupiscencia de los ojos y la soberbia de la vida (cf 1 Jn 2, 16). Siguiendo la tradición catequética católica, el noveno mandamiento prohíbe la concupiscencia de la carne; el décimo prohíbe la codicia del bien ajeno.

2515 En sentido etimológico, la ‘concupiscencia’ puede designar toda forma vehemente de deseo humano. La teología cristiana le ha dado el sentido particular de un movimiento del apetito sensible que contraría la obra de la razón humana. El apóstol san Pablo la identifica con la lucha que la ‘carne’ sostiene contra el ‘espíritu’ (cf Gal 5, 16.17.24; Ef 2, 3). Procede de la desobediencia del primer pecado (Gn 3, 11). Desordena las facultades morales del hombre y, sin ser una falta en sí misma, le inclina a cometer pecados (cf Cc Trento: DS 1515).

2516 En el hombre, porque es un ser compuesto de espíritu y cuerpo, existe cierta tensión, y se desarrolla una lucha de tendencias entre el ‘espíritu’ y la ‘carne’. Pero, en realidad, esta lucha pertenece a la herencia del pecado. Es una consecuencia de él, y, al mismo tiempo, confirma su existencia. Forma parte de la experiencia cotidiana del combate espiritual:

Para el apóstol no se trata de discriminar o condenar el cuerpo, que con el alma espiritual constituye la naturaleza del hombre y su subjetividad personal, sino que trata de las obras -mejor dicho, de las disposiciones estables -, virtudes y vicios, moralmente buenas o malas, que son fruto de sumisión (en el primer caso) o bien de resistencia (en el segundo caso) a la acción salvífica del Espíritu Santo. Por ello el apóstol escribe: ‘si vivimos según el Espíritu, obremos también según el Espíritu’ (Ga 5, 25) (Juan Pablo II, DeV 55).

I La purificación del corazón

2517 El corazón es la sede de la personalidad moral: ‘de dentro del corazón salen las intenciones malas, asesinatos, adulterios, fornicaciones’ (Mt 15, 19). La lucha contra la concupiscencia de la carne pasa por la purificación del corazón:

Mantente en la simplicidad, la inocencia y serás como los niños pequeños que ignoran el mal destructor de la vida de los hombres (Hermas, mand. 2, 1).

2518 La sexta bienaventuranza proclama: «Bienaventurados los limpios de corazón porque ellos verán a Dios» (Mt 5,8). Los «corazones limpios» designan a los que han ajustado su inteligencia y su voluntad a las exigencias de la santidad de Dios, principalmente en tres dominios: la caridad (cf 1 Tm 4, 3-9; 2 Tm 2 ,22), la castidad o rectitud sexual (cf 1 Ts 4, 7; Col 3, 5; Ef 4, 19), el amor de la verdad y la ortodoxia de la fe (cf Tt 1, 15; 1 Tm 3-4; 2 Tm 2, 23-26). Existe un vínculo entre la pureza del corazón, del cuerpo y de la fe:

Los fieles deben creer los artículos del Símbolo ‘para que, creyendo, obedezcan a Dios; obedeciéndole, vivan bien; viviendo bien, purifiquen su corazón; y purificando su corazón, comprendan lo que creen’ (S. Agustín, fid. et symb. 10, 25).

2519 A los ‘limpios de corazón’ se les promete que verán a Dios cara a cara y que serán semejantes a El (cf 1 Co 13, 12, 1 Jn 3, 2). La pureza de corazón es el preámbulo de la visión. Ya desde ahora esta pureza nos concede ver según Dios, recibir al otro como un ‘prójimo’; nos permite considerar el cuerpo humano, el nuestro y el del prójimo, como un templo del Espíritu Santo, una manifestación de la belleza divina.

II El combate por la pureza

2520 El Bautismo confiere al que lo recibe la gracia de la purificación de todos los pecados. Pero el bautizado debe seguir luchando contra la concupiscencia de la carne y los apetitos desordenados. Con la gracia de Dios lo consigue

– mediante la virtud y el don de la castidad, pues la castidad permite amar con un corazón recto e indiviso;

– mediante la pureza de intención, que consiste en buscar el fin verdadero del hombre: con una mirada limpia el bautizado se afana por encontrar y realizar en todo la voluntad de Dios (cf Rm 12, 2; Col 1, 10);

– mediante la pureza de la mirada exterior e interior; mediante la disciplina de los sentidos y la imaginación; mediante el rechazo de toda complacencia en los pensamientos impuros que inclinan a apartarse del camino de los mandamientos divinos: ‘la vista despierta la pasión de los insensatos’ (Sb 15, 5);

– mediante la oración:

Creía que la continencia dependía de mis propias fuerzas, las cuales no sentía en mí; siendo tan necio que no entendía lo que estaba escrito: que nadie puede ser continente, si tú no se lo das. Y cierto que tú me lo dieras, si con interior gemido llamase a tus oídos, y con fe sólida arrojase en ti mi cuidado (S. Agustín, conf. 6, 11, 20).

2521 La pureza exige el pudor. Este es parte integrante de la templanza. El pudor preserva la intimidad de la persona. Designa el rechazo a mostrar lo que debe permanecer velado. Está ordenado a la castidad, cuya delicadeza proclama. Ordena las miradas y los gestos en conformidad con la dignidad de las personas y con la relación que existe entre ellas.

2522 El pudor protege el misterio de las personas y de su amor. Invita a la paciencia y a la moderación en la relación amorosa; exige que se cumplan las condiciones del don y del compromiso definitivo del hombre y de la mujer entre sí. El pudor es modestia; inspira la elección de la vestimenta. Mantiene silencio o reserva donde se adivina el riesgo de una curiosidad malsana; se convierte en discreción.

2523 Existe un pudor de los sentimientos como también un pudor del cuerpo. Este pudor rechaza, por ejemplo, los exhibicionismos del cuerpo humano propios de cierta publicidad o las incitaciones de algunos medios de comunicación a hacer pública toda confidencia íntima. El pudor inspira una manera de vivir que permite resistir a las solicitaciones de la moda y a la presión de las ideologías dominantes.

2524 Las formas que reviste el pudor varían de una cultura a otra. Sin embargo, en todas partes constituye la intuición de una dignidad espiritual propia al hombre. Nace con el despertar de la conciencia personal. Educar en el pudor a niños y adolescentes es despertar en ellos el respeto de la persona humana.

2525 La pureza cristiana exige una purificación del clima social. Obliga a los medios de comunicación social a una información cuidadosa del respeto y de la discreción. La pureza de corazón libera del erotismo difuso y aparta de los espectáculos que favorecen el exhibicionismo y los sueños indecorosos.

2526 Lo que se llama permisividad de las costumbres se basa en una concepción errónea de la libertad humana; para llegar a su madurez, ésta necesita dejarse educar previamente por la ley moral. Conviene pedir a los responsables de la educación que impartan a la juventud una enseñanza respetuosa de la verdad, de las cualidades del corazón y de la dignidad moral y espiritual del hombre.

2527 ‘La buena nueva de Cristo renueva continuamente la vida y la cultura del hombre caído; combate y elimina los errores y males que brotan de la seducción, siempre amenazadora, del pecado. Purifica y eleva sin cesar las costumbres de los pueblos. Con las riquezas de lo alto fecunda, consolida, completa y restaura en Cristo, como desde dentro, las bellezas y cualidades espirituales de cada pueblo o edad’ (GS 58, 4).

RESUMEN

2528 ‘Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón’ (Mt 5, 28).

2529 El noveno mandamiento pone en guardia contra el desorden o concupiscencia de la carne.

2530 La lucha contra la concupiscencia de la carne pasa por la purificación del corazón y por la práctica de la templanza

2531 La pureza del corazón nos alcanzará el ver a Dios: nos da desde ahora la capacidad de ver según Dios todas las cosas.

2532 La purificación del corazón es imposible sin la oración, la práctica de la castidad y la pureza de intención y de mirada.

2533 La pureza del corazón requiere el pudor, que es paciencia, modestia y discreción. El pudor preserva la intimidad de la persona.

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL NOVENO MANDAMIENTO
«No consentirás pensamientos ni deseos impuros»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿Me he dejado dominar por las pasiones? (Para dominar las pasiones se requiere primero que todo, contar con la gracia de Dios, y hacer un esfuerzo reiterado en todas las etapas de la vida. Se requiere también la obediencia a los mandamientos divinos, la práctica de las virtudes morales, y en espacial, la fidelidad en la oración)

¿He faltado a la castidad por lujuria? (deseo o goce desordenado del placer sexual)

¿Me he puesto voluntariamente en peligro próximo de pecar gravemente, o no lo he evitado pudiendo y debiendo hacerlo?

¿He mirado con intención deshonesta? (No es lo mismo mirar detenida y voluntariamente que ver sin querer, como de paso y sin fijarse o por necesidad)

¿He mal usado los adelantos tecnológicos como la Internet, para charlas impuras, y acciones que llevan al vicio de la lujuria?

¿Me he percatado que a través del mal uso de estos medios hago pecar a otros?

¿He ido yo en busca de las tentaciones en páginas donde sé que las hay?

¿He mirado pornografía?

¿He ido a buscar la tentación en los carteles de la calle donde sé que las hay?

¿Intento fortalecer mi fuerza de voluntad para vencer la tentación?

¿He asistido a diversiones que me ponían en ocasión próxima de pecar? (ciertos bailes, cines o espectáculos inmorales, malas lecturas o compañías).

¿Me doy cuenta de que ponerme en ocasiones de pecar es ya un pecado? 

¿Guardo los detalles de modestia que son la salvaguardia de la pureza?

¿Considero esos detalles ñoñería? 

Antes de asistir a un espectáculo, o leer un libro, ¿me entero de su calificación moral para no ponerme en ocasión próxima de pecado evitando así las deformaciones de conciencia que pueda producirme? 

¿Me he entretenido con miradas impuras? 

¿He rechazado las sensaciones impuras? 

¿Me entretengo pensando o imaginando los pecados de los demás?

¿Tengo amistades que son ocasión habitual de pecado?

¿Estoy dispuesto a dejarlas? 

En el noviazgo, ¿es el amor verdadero la razón fundamental de esas relaciones?

¿Vivo el constante y alegre sacrificio de no convertir el cariño en ocasión de pecado?

¿Degrado el amor humano confundiéndolo con el egoísmo y con el placer? 

El noviazgo debe ser una ocasión de ahondar en el afecto y en el conocimiento mutuo; ¿mis relaciones están inspiradas no por afán de posesión, sino por el espíritu de entrega, de comprensión, de respeto, de delicadeza? 

¿Tengo relaciones amorosas por pasatiempo, sin ánimo de casarte?

Si tengo relaciones, ¿me porto con seriedad y sé guardar el dominio debido en las manifestaciones de afecto, evitando el peligro de pecar?

¿Tengo amistades peligrosas?

¿Evito y me aparto de las ocasiones de pecar?

¿Busco ocasiones de pecar leyendo periódicos, anuncios, viendo películas o acudiendo a casas o lugares de inmoralidad, etc.?

¿Llevo a otros?

¿He tenido deseos deshonestos consentidos deliberadamente aunque no los haya ejecutado?

¿Era alguna persona casada o que por alguna circunstancia tenga gravedad especial (pariente, del mismo sexo, etc.)?

¿He tenido pensamientos deshonestos, impuros, deleitándome voluntariamente en ellos? (No es lo mismo sentir malos deseos y tener malos pensamientos que consentir deleitándose voluntariamente en ellos.)

¿He codiciado deshonestamente y con deliberación otra persona que está casada, consagrada, etc.?

¿Me acerco con más frecuencia al sacramento de la Penitencia durante el noviazgo para tener más gracia de Dios?

¿Me han alejado de Dios esas relaciones? 

¿He tenido conversaciones impuras?

¿Las he comenzado yo? 

¿Me he entretenido con pensamientos o recuerdos deshonestos? 

¿He traído a mi memoria recuerdos o pensamientos impuros? 

¿Me he dejado llevar de malos deseos contra la virtud de la pureza, aunque no los haya puesto por obra?

¿Había alguna circunstancia que los agravase: parentesco, matrimonio o consagración a Dios en las personas a quienes se dirigían? 

¿He dicho palabras indecentes?

¿He tenido conversaciones obscenas, contando chistes indecentes o cantando canciones deshonestas? (En esta materia puede haber peligro de escándalo)

¿He fomentado estas conversaciones?

¿He prestado o dado películas, canciones, revistas o libros impuros?

¿Oigo cosas gravemente deshonestas, complaciéndote voluntariamente?

¿He leído, escrito o dibujado por gusto, sin razón que lo justifique, cosas gravemente deshonestas?

¿Tengo libros, revistas, fotografías, grabados inmorales?

¿Los he prestado?

¿He seguido leyendo un libro o viendo una película después de advertir que era un peligro para mi alma?

¿Coopero o encubro acciones deshonestas?

 ESPOSOS

¿He sido completamente fiel en mi matrimonio? (Mt 5,32; 19,6; Mc 10,11; 1Co 6, 9-10; 1Co 6, 9-10; Os 2,7).

¿He roto, el libre contrato matrimonial con el divorcio? (Mc 10, 9).

¿He usado indebidamente el matrimonio?

¿He negado su derecho al otro cónyuge?

¿He faltado a la fidelidad conyugal con deseos o de obra? 

¿He codiciado deshonestamente y con deliberación otra persona fuera del matrimonio?

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 9. Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 8

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 8: «NO DIRÁS FALSO TESTIMONIO NI MENTIRÁS«

Puedes descargarte la explicación de hoy en Word o PDF para imprimir o leer desde tu pc o computadora.

 

Descargar Word  Descargar PDF 

OCTAVO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO DIRÁS FALSO TESTIMONIO NI MENTIRÁS»

No darás testimonio falso contra tu prójimo (Ex 20, 16).

Se dijo a los antepasados: No perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos (Mt 5, 33).

2464 El octavo mandamiento prohíbe falsear la verdad en las relaciones con el prójimo. Este precepto moral deriva de la vocación del pueblo santo a ser testigo de su Dios, que es y que quiere la verdad. Las ofensas a la verdad expresan, mediante palabras o acciones, un rechazo a comprometerse con la rectitud moral: son infidelidades básicas frente a Dios y, en este sentido, socavan las bases de la Alianza.

I Vivir en la verdad

2465 El Antiguo Testamento lo proclama: Dios es fuente de toda verdad. Su Palabra es verdad (cf Pr 8, 7; 2 S 7, 28). Su ley es verdad (cf Sal 119, 142). ‘Tu verdad, de edad en edad’ (Sal 119, 90; Lc 1, 50). Puesto que Dios es el ‘Veraz’ (Rm 3, 4), los miembros de su pueblo son llamados a vivir en la verdad (cf Sal 119, 30).

2466 En Jesucristo la verdad de Dios se manifestó en plenitud. ‘Lleno de gracia y de verdad’ (Jn 1, 14), él es la ‘luz del mundo’ (Jn 8, 12), la Verdad (cf Jn 14, 6). El que cree en él, no permanece en las tinieblas (cf Jn 12, 46). El discípulo de Jesús, ‘permanece en su palabra’, para conocer ‘la verdad que hace libre’ (cf Jn 8, 31-32) y que santifica (cf Jn 17, 17). Seguir a Jesús es vivir del ‘Espíritu de verdad’ (Jn 14, 17) que el Padre envía en su nombre (cf Jn 14, 26) y que conduce ‘a la verdad completa’ (Jn 16, 13). Jesús enseña a sus discípulos el amor incondicional de la verdad: ‘Sea vuestro lenguaje: «sí, sí»; «no, no»’ (Mt 5, 37).

2467 El hombre busca naturalmente la verdad. Está obligado a honrarla y atestiguarla: ‘Todos los hombres, conforme a su dignidad, por ser personas…, se ven impulsados, por su misma naturaleza, a buscar la verdad y, además, tienen la obligación moral de hacerlo, sobre todo con respecto a la verdad religiosa. Están obligados también a adherirse a la verdad una vez que la han conocido y a ordenar toda su vida según sus exigencias’ (DH 2).

2468 La verdad como rectitud de la acción y de la palabra humana, tiene por nombre veracidad, sinceridad o franqueza. La verdad o veracidad es la virtud que consiste en mostrarse veraz en los propios actos y en decir verdad en sus palabras, evitando la duplicidad, la simulación y la hipocresía.

2469 ‘Los hombres no podrían vivir juntos si no tuvieran confianza recíproca, es decir, si no se manifestasen la verdad’ (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 109, 3 ad 1). La virtud de la veracidad da justamente al prójimo lo que le es debido; observa un justo medio entre lo que debe ser expresado y el secreto que debe ser guardado: implica la honradez y la discreción. En justicia, ‘un hombre debe honestamente a otro la manifestación de la verdad’ (S. Tomás de Aquino, s. th. 2-2, 109, 3).

2470 El discípulo de Cristo acepta ‘vivir en la verdad’, es decir, en la simplicidad de una vida conforme al ejemplo del Señor y permaneciendo en su Verdad. ‘Si decimos que estamos en comunión con él, y caminamos en tinieblas, mentimos y no obramos conforme a la verdad’ (1 Jn 1, 6).

II  ‘Dar testimonio de la verdad’

2471 Ante Pilato, Cristo proclama que había ‘venido al mundo: para dar testimonio de la verdad’ (Jn 18, 37). El cristiano no debe ‘avergonzarse de dar testimonio del Señor’ (2 Tm 1, 8). En las situaciones que exigen dar testimonio de la fe, el cristiano debe profesarla sin ambigüedad, a ejemplo de san Pablo ante sus jueces. Debe guardar una ‘conciencia limpia ante Dios y ante los hombres’ (Hch 24, 16).

2472 El deber de los cristianos de tomar parte en la vida de la Iglesia, los impulsa a actuar como testigos del Evangelio y de las obligaciones que de él se derivan. Este testimonio es transmisión de la fe en palabras y obras. El testimonio es un acto de justicia que establece o da a conocer la verdad (cf Mt 18, 16):

Todos los fieles cristianos, dondequiera que vivan, están obligados a manifestar con el ejemplo de su vida y el testimonio de su palabra al hombre nuevo de que se revistieron por el bautismo y la fuerza del Espíritu Santo que les ha fortalecido con la confirmación (AG 11).

2473 El martirio es el supremo testimonio de la verdad de la fe; designa un testimonio que llega hasta la muerte. El mártir da testimonio de Cristo, muerto y resucitado, al cual está unido por la caridad. Da testimonio de la verdad de la fe y de la doctrina cristiana. Soporta la muerte mediante un acto de fortaleza. ‘Dejadme ser pasto de las fieras. Por ellas me será dado llegar a Dios’ (S. Ignacio de Antioquía, Rom 4, 1).

2474 Con el más exquisito cuidado, la Iglesia ha recogido los recuerdos de quienes llegaron hasta el extremo para dar testimonio de su fe. Son las actas de los Mártires, que constituyen los archivos de la Verdad escritos con letras de sangre:

No me servirá nada de los atractivos del mundo ni de los reinos de este siglo. Es mejor para mí morir (para unirme) a Cristo Jesús que reinar hasta los confines de la tierra. Es a El a quien busco, a quien murió por nosotros. A El quiero, al que resucitó por nosotros. Mi nacimiento se acerca… [S. Ignacio de Antioquía, Rom. 6, 1-2).

Te bendigo por haberme juzgado digno de este día y esta hora, digno de ser contado en el número de tus mártires… Has cumplido tu promesa, Dios de la fidelidad y de la verdad. Por esta gracia y por todo te alabo, te bendigo, te glorifico por el eterno y celestial Sumo Sacerdote, Jesucristo, tu Hijo amado. Por El, que está contigo y con el Espíritu, te sea dada gloria ahora y en los siglos venideros. Amén. (S. Policarpo, mart. 14, 2-3).

III Las ofensas a la verdad

2475 Los discípulos de Cristo se han ‘revestido del Hombre Nuevo, creado según Dios en la justicia y santidad de la verdad’ (Ef 4, 24). ‘Desechando la mentira’ (Ef 4, 25), deben ‘rechazar toda malicia y todo engaño, hipocresías, envidias y toda clase de maledicencias’ (1 Pe 2, 1).

2476 Falso testimonio y perjurio. Una afirmación contraria a la verdad posee una gravedad particular cuando se hace públicamente. Ante un tribunal viene a ser un falso testimonio (cf Pr 19, 9). Cuando es pronunciada bajo juramento se trata de perjurio. Estas maneras de obrar contribuyen a condenar a un inocente, a disculpar a un culpable o a aumentar la sanción en que ha incurrido el acusado (cf Pr 18, 5); comprometen gravemente el ejercicio de la justicia y la equidad de la sentencia pronunciada por los jueces.

2477 El respeto de la reputación de las personas prohíbe toda actitud y toda palabra susceptibles de causarles un daño injusto (cf  CIC can. 220). Se hace culpable:

– de juicio temerario el que, incluso tácitamente, admite como verdadero, sin tener para ello fundamento suficiente, un defecto moral en el prójimo;

– de maledicencia el que, sin razón objetivamente válida, manifiesta los defectos y las faltas de otros a personas que los ignoran;

– de calumnia el que, mediante palabras contrarias a la verdad, daña la reputación de otros y da ocasión a juicios falsos respecto a ellos.

2478 Para evitar el juicio temerario, cada uno debe interpretar, en cuanto sea posible, en un sentido favorable los pensamientos, palabras y acciones de su prójimo:

Todo buen cristiano ha de ser más pronto a salvar la proposición del prójimo, que a condenarla; y si no la puede salvar, inquirirá cómo la entiende, y si mal la entiende, corríjale con amor; y si no basta, busque todos los medios convenientes para que, bien entendiéndola, se salve (S. Ignacio de Loyola, ex. spir. 22).

2479 La maledicencia y la calumnia destruyen la reputación y el honor del prójimo. Ahora bien, el honor es el testimonio social dado a la dignidad humana y cada uno posee un derecho natural al honor de su nombre, a su reputación y a su respeto. Así, la maledicencia y la calumnia lesionan las virtudes de la justicia y de la caridad.

2480 Debe proscribirse toda palabra o actitud que, por halago, adulación o complacencia, alienta y confirma a otro en la malicia de sus actos y en la perversidad de su conducta. La adulación es una falta grave si se hace cómplice de vicios o pecados graves. El deseo de prestar un servicio o la amistad no justifica una doblez del lenguaje. La adulación es un pecado venial cuando sólo desea hacerse grato, evitar un mal, remediar una necesidad u obtener ventajas legítimas.

2481 “La vanagloria o jactancia constituye una falta contra la verdad. Lo mismo sucede con la ironía que trata de ridiculizar a uno caricaturizando de manera malévola tal o cual aspecto de su comportamiento.

2482 ‘La mentira consiste en decir falsedad con intención de engañar’ (S. Agustín, mend. 4, 5). El Señor denuncia en la mentira una obra diabólica: ‘Vuestro padre es el diablo… porque no hay verdad en él; cuando dice la mentira, dice lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la mentira’ (Jn 8, 44).

2483 La mentira es la ofensa más directa contra la verdad. Mentir es hablar u obrar contra la verdad para inducir a error al que tiene el derecho de conocerla. Lesionando la relación del hombre con la verdad y con el prójimo, la mentira ofende el vínculo fundamental del hombre y de su palabra con el Señor.

2484 La gravedad de la mentira se mide según la naturaleza de la verdad que deforma, según las circunstancias, las intenciones del que la comete, y los daños padecidos por los que resultan perjudicados. Si la mentira en sí sólo constituye un pecado venial, sin embargo llega a ser mortal cuando lesiona gravemente las virtudes de la justicia y la caridad.

2485. La mentira es condenable por su misma naturaleza. Es una profanación de la palabra cuyo objeto es comunicar a otros la verdad conocida. La intención deliberada de inducir al prójimo a error mediante palabras contrarias a la verdad constituye una falta contra la justicia y la caridad. La culpabilidad es mayor cuando la intención de engañar corre el riesgo de tener consecuencias funestas para los que son desviados de la verdad.

2486 La mentira, por ser una violación de la virtud de la veracidad, es una verdadera violencia hecha a los demás. Atenta contra ellos en su capacidad de conocer, que es la condición de todo juicio y de toda decisión. Contiene en germen la división de los espíritus y todos los males que ésta suscita. La mentira es funesta para toda sociedad: socava la confianza entre los hombres y rompe el tejido de las relaciones sociales.

2487 Toda falta cometida contra la justicia y la verdad entraña el deber de reparación, aunque su autor haya sido perdonado. Cuando es imposible reparar un daño públicamente, es preciso hacerlo en secreto; si el que ha sufrido un perjuicio no puede ser indemnizado directamente, es preciso darle satisfacción moralmente, en nombre de la caridad. Este deber de reparación se refiere también a las faltas cometidas contra la reputación del prójimo. Esta reparación, moral y a veces material, debe apreciarse según la medida del daño causado. Obliga en conciencia

IV El respeto de la verdad

2488 El derecho a la comunicación de la verdad no es incondicional. Todos deben conformar su vida al precepto evangélico del amor fraterno. Este exige, en las situaciones concretas, estimar si conviene o no revelar la verdad a quien la pide.

2489 La caridad y el respeto de la verdad deben dictar la respuesta a toda petición de información o de comunicación. El bien y la seguridad del prójimo, el respeto de la vida privada, el bien común, son razones suficientes para callar lo que no debe ser conocido, o para usar un lenguaje discreto. El deber de evitar el escándalo obliga con frecuencia a una estricta discreción. Nadie está obligado a revelar una verdad a quien no tiene derecho a conocerla (cf Si 27, 16; Pr 25, 9-10).

2490 El secreto del sacramento de la Reconciliación es sagrado y no puede ser revelado bajo ningún pretexto. ‘El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo’ ( CIC can. 983, 1),

2491 Los secretos profesionales -que obligan, por ejemplo, a políticos, militares, médicos, juristas – o las confidencias hechas bajo secreto deben ser guardados, salvo los casos excepcionales en los que el no revelarlos podría causar al que los ha confiado, al que los ha recibido o a un tercero daños muy graves y evitables únicamente mediante la divulgación de la verdad. Las informaciones privadas perjudiciales al prójimo, aunque no hayan sido confiadas bajo secreto, no deben ser divulgadas sin una razón grave y proporcionada.”

2492 Se debe guardar la justa reserva respecto a la vida privada de la gente. Los responsables de la comunicación deben mantener un justo equilibrio entre las exigencias del bien común y el respeto de los derechos particulares. La ingerencia de la información en la vida privada de personas comprometidas en una actividad política o pública, es condenable en la medida en que atenta contra su intimidad y libertad.

V El uso de los medios de comunicación social

2493 Dentro de la sociedad moderna, los medios de comunicación social desempeñan un papel importante en la información, la promoción cultural y la formación. Su acción aumenta en importancia por razón de los progresos técnicos, de la amplitud y la diversidad de las noticias transmitidas, y la influencia ejercida sobre la opinión pública.

2494 La información de estos medios es un servicio del bien común (cf IM 11). La sociedad tiene derecho a una información fundada en la verdad, la libertad, la justicia y la solidaridad:

El recto ejercicio de este derecho exige que, en cuanto a su contenido, la comunicación sea siempre verdadera e íntegra, salvadas la justicia y la caridad; además, en cuanto al modo, ha de ser honesta y conveniente, es decir, debe respetar escrupulosamente las leyes morales, los derechos legítimos y la dignidad del hombre, tanto en la búsqueda de la noticia como en su divulgación. (IM 11).

2495 ‘Es necesario que todos los miembros de la sociedad cumplan sus deberes de caridad y justicia también en este campo, y, así, con ayuda de estos medios, se esfuercen por formar y difundir una recta opinión pública’ (IM 8). La solidaridad aparece como una consecuencia de una información verdadera y justa, y de la libre circulación de las ideas, que favorecen el conocimiento y el respeto del prójimo.

2496 Los medios de comunicación social (en particular, los mass-media) pueden engendrar cierta pasividad en los usuarios, haciendo de éstos, consumidores poco vigilantes de mensajes o de espectáculos. Los usuarios deben imponerse moderación y disciplina respecto a los mass-media. Han de formarse una conciencia clara y recta para resistir más fácilmente las influencias menos honestas.

2497 Por razón de su profesión en la prensa, sus responsables tienen la obligación, en la difusión de la información, de servir a la verdad y de no ofender a la caridad. Han de esforzarse por respetar con una delicadeza igual, la naturaleza de los hechos y los límites el juicio crítico respecto a las personas. Deben evitar ceder a la difamación.

2498 ‘La autoridad civil tiene en esta materia deberes peculiares en razón del bien común, al que se ordenan estos medios. Corresponde, pues, a dicha autoridad… defender y asegurar la verdadera y justa libertad’ (IM 12). Promulgando leyes y velando por su aplicación, los poderes públicos se asegurarán de que el mal uso de los medios no llegue a causar ‘graves peligros para las costumbres públicas y el progreso de la sociedad’ (IM 12). Deberán sancionar la violación de los derechos de cada uno a la reputación y al secreto de la vida privada. Tienen obligación de dar a tiempo y honestamente las informaciones que se refieren al bien general y responden a las inquietudes fundadas de la población. Nada puede justificar el recurso a falsas informaciones para manipular la opinión pública mediante los mass-media. Estas intervenciones no deberán atentar contra la libertad de los individuos y de los grupos.

2499 La moral denuncia la llaga de los estados totalitarios que falsifican sistemáticamente la verdad, ejercen mediante los mass-media un dominio político de la opinión, manipulan a los acusados y a los testigos en los procesos públicos y tratan de asegurar su tiranía yugulando y reprimiendo todo lo que consideran ‘delitos de opinión’.

VI Verdad, belleza y arte sacro

2500 La práctica del bien va acompañada de un placer espiritual gratuito y de belleza moral. De igual modo, la verdad entraña el gozo y el esplendor de la belleza espiritual. La verdad es bella por sí misma. La verdad de la palabra, expresión racional del conocimiento de la realidad creada e increada, es necesaria al hombre dotado de inteligencia, pero la verdad puede también encontrar otras formas de expresión humana, complementarias, sobre todo cuando se trata de evocar lo que ella entraña de indecible, las profundidades del corazón humano, las elevaciones del alma, el Misterio de Dios. Antes de revelarse al hombre en palabras de verdad, Dios se revela a él, mediante el lenguaje universal de la Creación, obra de su Palabra, de su Sabiduría: el orden y la armonía del cosmos, que percibe tanto el niño como el hombre de ciencia, ‘pues por la grandeza y hermosura de las criaturas se llega, por analogía, a contemplar a su Autor’ (Sb 13, 5), ‘pues fue el Autor mismo de la belleza quien las creó’ (Sb 13, 3).

La sabiduría es un hálito del poder de Dios, una emanación pura de la gloria del Omnipotente, por lo que nada manchado llega a alcanzarla. Es un reflejo de la luz eterna, un espejo sin mancha de la actividad de Dios, una imagen de su bondad (Sb 7, 25-26). La sabiduría es en efecto más bella que el Sol, supera a todas las constelaciones; comparada con la luz, sale vencedora, porque a la luz sucede la noche, pero contra la sabiduría no prevalece la maldad (Sb 7, 29-30). Yo me aconstituí en el amante de su belleza (Sb 8, 2).

2501 El hombre, ‘creado a imagen de Dios’ (Gn 1, 26), expresa también la verdad de su relación con Dios Creador mediante la belleza de sus obras artísticas. El arte, en efecto, es una forma de expresión propiamente humana; por encima de la satisfacción de las necesidades vitales, común a todas las criaturas vivas, el arte es una sobreabundancia gratuita de la riqueza interior del ser humano. Este brota de un talento concedido por el Creador y del esfuerzo del hombre, y es un género de sabiduría práctica, que une conocimiento y habilidad (cf Sb 7, 16-17) para dar forma a la verdad de una realidad en lenguaje accesible a la vista y al oído. El arte entraña así cierta semejanza con la actividad de Dios en la creación, en la medida en que se inspira en la verdad y el amor de los seres. Como cualquier otra actividad humana, el arte no tiene en sí mismo su fin absoluto, sino que está ordenado y se ennoblece por el fin último del hombre (cf Pío XII, discurso 25 diciembre 1955 y discurso 3 septiembre 1950).

2502 El arte sacro es verdadero y bello cuando corresponde por su forma a su vocación propia: evocar y glorificar, en la fe y la adoración, el Misterio trascendente de Dios, Belleza sobreeminente e invisible de Verdad y de Amor, manifestado en Cristo, ‘Resplandor de su gloria e Impronta de su esencia’ (Hb 1, 3), en quien ‘reside toda la Plenitud de la Divinidad corporalmente’ (Col 2, 9), belleza espiritual reflejada en la Santísima Virgen Madre de Dios, en los Angeles y los Santos. El arte sacro verdadero lleva al hombre a la adoración, a la oración y al amor de Dios Creador y Salvador, Santo y Santificador.

2503 Por eso los obispos deben personalmente o por delegación vigilar y promover el arte sacro antiguo y nuevo en todas sus formas, y apartar con la misma atención religiosa de la liturgia y de los edificios de culto todo lo que no está de acuerdo con la verdad de la fe y la auténtica belleza del arte sacro (cf SC 122-127).

RESUMEN

2504 ‘No darás falso testimonio contra tu prójimo’ (Ex 20, 16). Los discípulos de Cristo se han ‘revestido del Hombre Nuevo, creado según Dios, en la justicia y santidad de la verdad’ (Ef 4, 24).

2505 La verdad o veracidad es la virtud que consiste en mostrarse verdadero en sus actos y en sus palabras, evitando la duplicidad, la simulación y la hipocresía.

2506 El cristiano no debe ‘avergonzarse de dar testimonio del Señor’ (2 Tm 1, 8) en obras y palabras. El martirio es el supremo testimonio de la verdad de la fe.

2507 El respeto de la reputación y del honor de las personas prohíbe toda actitud y toda palabra de maledicencia o de calumnia.

2508 La mentira consiste en decir algo falso con intención de engañar al prójimo que tiene derecho a la verdad.

2509 Una falta cometida contra la verdad exige reparación.

2510 La regla de oro ayuda a discernir en las situaciones concretas si conviene o no revelar la verdad a quien la pide.

2511 ‘El sigilo sacramental es inviolable’ ( CIC can. 983, 1), Los secretos profesionales deben ser guardados. Las confidencias perjudiciales a otros no deben ser divulgadas.

2512 La sociedad tiene derecho a una información fundada en la verdad, la libertad, la justicia. Es preciso imponerse moderación y disciplina en el uso de los medios de comunicación social.

2513 Las bellas artes, sobre todo el arte sacro, ‘están relacionadas, por su naturaleza, con la infinita belleza divina, que se intenta expresar, de algún modo, en las obras humanas. Y tanto más se consagran a Dios y contribuyen a su alabanza y a su gloria, cuanto más lejos están de todo propósito que no sea colaborar lo más posible con sus obras a dirigir las almas de los hombres piadosamente hacia Dios’ (SC 122).

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL OCTAVO MANDAMIENTO
«No dirás falso testimonio ni mentirás»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿He dicho mentiras?

¿He dicho mentiras con la intención de engañar? (Ef 4, 25).

¿He reparado el daño que haya podido seguirse?

¿Miento habitualmente porque es en cosas de poca importancia? 

¿He dado un falso testimonio públicamente? (Pr 19, 9)

¿He cometido “perjurio”, o sea, he dicho bajo juramento cosas contrarias a la verdad?

¿He dañado la reputación de alguien, con actitudes o palabras injustas?

¿He enjuiciado (o juzgado) un defecto moral del prójimo, incluso tácitamente, sin tener fundamento suficiente para realizar dicho juicio?

¿He cometido “maledicencia”, o sea, que sin razón objetivamente válida, he manifestado los defectos y faltas del prójimo a otras personas que no conocían dichos defectos?(Si 21, 28).

¿He calumniado, mediante palabras contrarias a la verdad, dañando la reputación de otros?

¿He halagado o adulado –a otra persona–, en la malicia de sus malos actos, y en la perversidad de su conducta, haciéndome cómplice de vicios y pecados graves?

¿He faltado contra la verdad por vanagloria o jactancia; o por ironía?

¿He faltado, al revelar los secretos profesionales?;

¿O al no guardar las confidencias hechas bajo secreto? (Si 22, 22).

¿He escuchado conversaciones contra la voluntad de los que la mantenían?

¿He abierto o leído correspondencia u otros escritos contra la voluntad de sus dueños?

¿He hablado mal de los demás; con el pretexto de que me contaron o de que se dice por ahí?

¿He descubierto, sin justa causa, defectos graves de otra persona, aunque sean ciertos, pero no conocidos?

¿He reparado de alguna manera, v. gr., hablando de modo positivo de esa persona? 

¿He calumniado atribuyendo a los demás lo que no era verdadero?

¿He reparado el daño o estoy dispuesto a hacerlo? 

¿He dejado de defender al prójimo difamado o calumniado? 

¿He hecho juicios temerarios contra el prójimo?

¿Los he comunicado a otras personas?

¿He rectificado ese juicio inexacto? 

¿He revelado secretos importantes de otros, descubriéndolos sin justa causa?

¿He reparado el daño seguido? 

¿He hablado mal de otros por frivolidad, envidia, o por dejarme llevar del mal genio? 

¿He hablado mal de los demás —personas o instituciones— con el único fundamento de que “me contaron” o de que “se dice por ahí”?

Es decir, ¿He cooperado de esta manera a la calumnia y a la murmuración? 

¿Tengo en cuenta que las discrepancias políticas, profesionales o ideológicas no deben ofuscarme hasta el extremo de juzgar o hablar mal del prójimo, y que esas diferencias no me autorizan a descubrir sus defectos morales a menos que lo exija el bien común? 

¿He revelado secretos sin justa causa?

¿He hecho uso en provecho personal de lo que sabía por silencio de oficio?

¿He reparado el daño que causé con mi actuación? 

¿He abierto o leído correspondencia u otros escritos que por su modo de estar conservados, se desprende que sus dueños no quieren darlos a conocer? 

¿He escuchado conversaciones contra la voluntad de los que las mantenían? 

¿He mentido con daño grave para el prójimo?

¿Ha sido una mentirijilla sin importancia?

¿He calumniado en cosa grave?

¿He reparado los daños causados por la mentira o la calumnia?

¿He descubierto sin causa, faltas ocultas aunque sean ciertas?

¿He revelado secretos únicamente al que debo hacerlo para que pueda ponerse remedio o conjurar un peligro?

¿He leído cartas, e-mails, conversaciones de otros contra la voluntad de éstos?

¿Me he puesto a escuchar cosas secretas?

¿He criticado sin motivo?

¿He oído con gusto murmuraciones de otros?

¿He dado pie a esas murmuraciones?

¿He sembrado discordia entre otros con cuentos y chismes, verdaderos o falsos?

¿He dejado mal a mis padres, hermanos, compañeros delante de otros?

¿He tenido medias palabras o insinuaciones, infundiendo sospechas de otros inmerecidamente?

¿He exagerado defectos ajenos?

¿He dejado de restituir la fama?

¿He juzgado mal a otro sin fundamento suficiente?

¿He permitido la murmuración debiendo cortarla?

¿He dejado de defender al prójimo?

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 8.  Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 7

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 7: «NO ROBARÁS«

Puedes descargarte la explicación de hoy en Word o PDF para imprimir o leer desde tu pc o computadora.

 

Descargar Word  Descargar PDF 

SÉPTIMO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO ROBARÁS»

No robarás (Ex 20, 15; Dt 5,19).

No robarás (Mt 19, 18).

2401 El séptimo mandamiento prohíbe tomar o retener el bien del prójimo injustamente y perjudicar de cualquier manera al prójimo en sus bienes. Prescribe la justicia y la caridad en la gestión de los bienes terrenos y de los frutos del trabajo de los hombres. Con miras al bien común exige el respeto del destino universal de los bienes y del derecho de propiedad privada. La vida cristiana se esfuerza por ordenar a Dios y a la caridad fraterna los bienes de este mundo.

I El destino universal y la propiedad privada de los bienes

2402 Al comienzo Dios confió la tierra y sus recursos a la administración común de la humanidad para que tuviera cuidado de ellos, los dominara mediante su trabajo y se beneficiara de sus frutos (cf Gn 1, 26-29). Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. Sin embargo, la tierra está repartida entre los hombres para dar seguridad a su vida, expuesta a la penuria y amenazada por la violencia. La apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales y las necesidades de los que están a su cargo. Debe hacer posible que se viva una solidaridad natural entre los hombres.

2403 El derecho a la propiedad privada, adquirida por el trabajo, o recibida de otro por herencia o por regalo, no anula la donación original de la tierra al conjunto de la humanidad. El destino universal de los bienes continúa siendo primordial, aunque la promoción del bien común exija el respeto de la propiedad privada, de su derecho y de su ejercicio.

2404 ‘El hombre, al servirse de esos bienes, debe considerar las cosas externas que posee legítimamente no sólo como suyas, sino también como comunes, en el sentido de que han de aprovechar no sólo a él, sino también a los demás’ (GS 69, 1). La propiedad de un bien hace de su dueño un administrador de la providencia para hacerlo fructificar y comunicar sus beneficios a otros, ante todo a sus próximos.

2405 Los bienes de producción -materiales o inmateriales – como tierras o fábricas, profesiones o artes, requieren los cuidados de sus poseedores para que su fecundidad aproveche al mayor número de personas. Los poseedores de bienes de uso y consumo deben usarlos con templanza reservando la mejor parte al huésped, al enfermo, al pobre.

2406 La autoridad política tiene el derecho y el deber de regular en función del bien común el ejercicio legítimo del derecho de propiedad (cf GS 71, 4; SRS 42; CA 40; 48).

II El respeto de las personas y sus bienes

2407 En materia económica el respeto de la dignidad humana exige la práctica de la virtud de la templanza, para moderar el apego a los bienes de este mundo; de la justicia, para preservar los derechos del prójimo y darle lo que le es debido; y de la solidaridad, siguiendo la regla de oro y según la generosidad del Señor, que ‘siendo rico, por vosotros se hizo pobre a fin de que os enriquecierais con su pobreza’ (2 Co 8, 9).

2408 El séptimo mandamiento prohíbe el robo, es decir, la usurpación del bien ajeno contra la voluntad razonable de su dueño. No hay robo si el consentimiento puede ser presumido o si el rechazo es contrario a la razón y al destino universal de los bienes. Es el caso de la necesidad urgente y evidente en que el único medio de remediar las necesidades inmediatas y esenciales (alimento, vivienda, vestido…) es disponer y usar de los bienes ajenos (cf GS 69, 1).

2409 Toda forma de tomar o retener injustamente el bien ajeno, aunque no contradiga las disposiciones de la ley civil, es contraria al séptimo mandamiento. Así, retener deliberadamente bienes prestados u objetos perdidos, defraudar en el ejercicio del comercio (cf Dt 25, 13-16), pagar salarios injustos  (cf Dt 24,14-15; St 5,4), elevar los precios especulando con la ignorancia o la necesidad ajenas (cf Am 8, 4-6).

Son también moralmente ilícitos, la especulación mediante la cual se pretende hacer variar artificialmente la valoración de los bienes con el fin de obtener un beneficio en detrimento ajeno; la corrupción mediante la cual se vicia el juicio de los que deben tomar decisiones conforme a derecho; la apropiación y el uso privados de los bienes sociales de una empresa; los trabajos mal hechos, el fraude fiscal, la falsificación de cheques y facturas, los gastos excesivos, el despilfarro. Infligir voluntariamente un daño a las propiedades privadas o públicas es contrario a la ley moral y exige reparación.

2410 Las promesas deben ser cumplidas, y los contratos rigurosamente observados en la medida en que el compromiso adquirido es moralmente justo. Una parte notable de la vida económica y social depende del valor de los contratos entre personas físicas o morales. Así, los contratos comerciales de venta o compra, los contratos de arriendo o de trabajo. Todo contrato debe ser hecho y ejecutado de buena fe.

2411 Los contratos están sometidos a la justicia conmutativa, que regula los intercambios entre las personas en el respeto exacto de sus derechos. La justicia conmutativa obliga estrictamente; exige la salvaguardia de los derechos de propiedad, el pago de las deudas y el cumplimiento de obligaciones libremente contraídas. Sin justicia conmutativa no es posible ninguna otra forma de justicia.

La justicia conmutativa se distingue de la justicia legal, que se refiere a lo que el ciudadano debe equitativamente a la comunidad, y de la justicia distributiva que regula lo que la comunidad debe a los ciudadanos en proporción a sus contribuciones y a sus necesidades.

2412 En virtud de la justicia conmutativa, la reparación de la injusticia cometida exige la restitución del bien robado a su propietario:

Jesús bendijo a Zaqueo por su resolución: ‘Si en algo defraudé a alguien, le devolveré el cuádruplo’ (Lc 19, 8). Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están obligados a restituirlo o a devolver el equivalente en naturaleza o en especie si la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario hubiera obtenido legítimamente de ese bien. Están igualmente obligados a restituir, en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos los que han participado de alguna manera en el robo, o que se han aprovechado de él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto.

2413 Los juegos de azar (de cartas, etc.) o las apuestas no son en sí mismos contrarios a la justicia. No obstante, resultan moralmente inaceptables cuando privan a la persona de lo que le es necesario para atender a sus necesidades o las de los demás. La pasión del juego corre peligro de convertirse en una grave servidumbre. Apostar injustamente o hacer trampas en los juegos constituye una materia grave, a no ser que el daño infligido sea tan leve que quien lo padece no pueda razonablemente considerarlo significativo.

2414 El séptimo mandamiento proscribe los actos o empresas que, por una u otra razón, egoísta o ideológica, mercantil o totalitaria, conducen a esclavizar seres humanos, a menospreciar su dignidad personal, a comprarlos, a venderlos y a cambiarlos como mercancía. Es un pecado contra la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales reducirlos por la violencia a la condición de objeto de consumo o a una fuente de beneficio. San Pablo ordenaba a un amo cristiano que tratase a su esclavo cristiano ‘no como esclavo, sino… como un hermano… en el Señor’ (Flm 16).

El respeto de la integridad de la creación

2415 El séptimo mandamiento exige el respeto de la integridad de la creación. Los animales, como las plantas y los seres inanimados, están naturalmente destinados al bien común de la humanidad pasada, presente y futura (cf Gn 1, 28-31). El uso de los recursos minerales, vegetales y animales del universo no puede ser separado del respeto a las exigencias morales. El dominio concedido por el Creador al hombre sobre los seres inanimados y los seres vivos no es absoluto; está regulado por el cuidado de la calidad de la vida del prójimo incluyendo la de las generaciones venideras; exige un respeto religioso de la integridad de la creación (cf CA 37-38).

2416 Los animales son criaturas de Dios, que los rodea de su solicitud providencial (cf Mt 6, 16). Por su simple existencia, lo bendicen y le dan gloria (cf Dn 3, 57-58). También los hombres les deben aprecio. Recuérdese con qué delicadeza trataban a los animales san Francisco de Asís o san Felipe Neri.

2417 Dios confió los animales a la administración del que fue creado por él a su imagen (cf Gn 2, 19-20; 9, 1-4). Por tanto, es legítimo servirse de los animales para el alimento y la confección de vestidos. Se los puede domesticar para que ayuden al hombre en sus trabajos y en sus ocios. Los experimentos médicos y científicos en animales, si se mantienen en límites razonables, son prácticas moralmente aceptables, pues contribuyen a cuidar o salvar vidas humanas.

2418 Es contrario a la dignidad humana hacer sufrir inútilmente a los animales y sacrificar sin necesidad sus vidas. Es también indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar más bien la miseria de los hombres. Se puede amar a los animales; pero no se puede desviar hacia ellos el afecto debido únicamente a los seres humanos.

III La doctrina social de la Iglesia

2419 ‘La revelación cristiana… nos conduce a una comprensión más profunda de las leyes de la vida social’ (GS 23, 1). La Iglesia recibe del Evangelio la plena revelación de la verdad del hombre. Cuando cumple su misión de anunciar el Evangelio, enseña al hombre, en nombre de Cristo, su dignidad propia y su vocación a la comunión de las personas; y le descubre las exigencias de la justicia y de la paz, conformes a la sabiduría divina.

2420 La Iglesia expresa un juicio moral, en materia económica y social, ‘cuando lo exigen los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas’ (GS 76, 5). En el orden de la moralidad, la Iglesia ejerce una misión distinta de la que ejercen las autoridades políticas: ella se ocupa de los aspectos temporales del bien común a causa de su ordenación al supremo Bien, nuestro fin último. Se esfuerza por inspirar las actitudes justas en el uso de los bienes terrenos y en las relaciones socioeconómicas.

2421 La doctrina social de la Iglesia se desarrolló en el siglo XIX, cuando se produce el encuentro entre el Evangelio y la sociedad industrial moderna, sus nuevas estructuras para producción de bienes de consumo, su nueva concepción de la sociedad, del Estado y de la autoridad, sus nuevas formas de trabajo y de propiedad. El desarrollo de la doctrina de la Iglesia en materia económica y social da testimonio del valor permanente de la enseñanza de la Iglesia, al mismo tiempo que del sentido verdadero de su Tradición siempre viva y activa (cf CA 3).

2422 La enseñanza social de la Iglesia contiene un cuerpo de doctrina que se articula a medida que la Iglesia interpreta los acontecimientos a lo largo de la historia, a la luz del conjunto de la palabra revelada por Cristo Jesús y con la asistencia del Espíritu Santo (cf SRS 1; 41). Esta enseñanza resultará tanto más aceptable para los hombres de buena voluntad cuanto más inspire la conducta de los fieles.

2423 La doctrina social de la Iglesia propone principios de reflexión, extrae criterios de juicio, da orientaciones para la acción:

Todo sistema según el cual las relaciones sociales deben estar determinadas enteramente por los factores económicos, resulta contrario a la naturaleza de la persona humana y de sus actos (cf CA 24).

2424 Una teoría que hace del lucro la norma exclusiva y el fin último de la actividad económica es moralmente inaceptable. El apetito desordenado de dinero no deja de producir efectos perniciosos. Es una de las causas de los numerosos conflictos que perturban el orden social (cf GS 63, 3; LE 7; CA 35).

Un sistema que ‘sacrifica los derechos fundamentales de la persona y de los grupos en aras de la organización colectiva de la producción’ es contrario a la dignidad del hombre (cf GS 65). Toda práctica que reduce a las personas a no ser más que medios con vistas al lucro esclaviza al hombre, conduce a la idolatría del dinero y contribuye a difundir el ateísmo. ‘No podéis servir a Dios y al dinero’ (Mt 6, 24; Lc 16, 13).

2425 La Iglesia ha rechazado las ideologías totalitarias y ateas asociadas en los tiempos modernos al ‘comunismo’ o ‘socialismo’. Por otra parte, ha rechazado en la práctica del ‘capitalismo’ el individualismo y la primacía absoluta de la ley de mercado sobre el trabajo humano (cf CA 10, 13.44). La regulación de la economía por la sola planificación centralizada pervierte en su base los vínculos sociales; su regulación únicamente por la ley de mercado quebranta la justicia social, porque ‘existen numerosas necesidades humanas que no pueden ser satisfechas por el mercado’ (CA 34). Es preciso promover una regulación razonable del mercado y de las iniciativas económicas, según una justa jerarquía de valores y con vistas al bien común.

IV La actividad económica y la justicia social

2426 El desarrollo de las actividades económicas y el crecimiento de la producción están destinados a satisfacer las necesidades de los seres humanos. La vida económica no tiende solamente a multiplicar los bienes producidos y a aumentar el lucro o el poder; está ordenada ante todo al servicio de las personas, del hombre entero y de toda la comunidad humana. La actividad económica dirigida según sus propios métodos, debe moverse no obstante dentro de los límites del orden moral, según la justicia social, a fin de responder al plan de Dios sobre el hombre (cf GS 64).

2427 El trabajo humano procede directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar, unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creación dominando la tierra (cf Gn 1, 28; GS 34; CA 31). El trabajo es, por tanto, un deber: ‘Si alguno no quiere trabajar, que tampoco coma’ (2  Ts 3, 10; cf 1 Ts 4, 11). El trabajo honra los dones del Creador y los talentos recibidos. Puede ser también redentor. Soportando el peso del trabajo (cf Gn 3, 14-19), en unión con Jesús, el carpintero de Nazaret y el crucificado del Calvario, el hombre colabora en cierta manera con el Hijo de Dios en su obra redentora. Se muestra como discípulo de Cristo llevando la Cruz cada día, en la actividad que está llamado a realizar (cf LE 27). El trabajo puede ser un medio de santificación y de animación de las realidades terrenas en el espíritu de Cristo.

2428 En el trabajo, la persona ejerce y aplica una parte de las capacidades inscritas en su naturaleza. El valor primordial del trabajo pertenece al hombre mismo, que es su autor y su destinatario. El trabajo es para el hombre y no el hombre para el trabajo (cf LE 6).

Cada cual debe poder sacar del trabajo los medios para sustentar su vida y la de los suyos, y para prestar servicio a la comunidad humana.

2429 Cada uno tiene el derecho de iniciativa económica, y podrá usar legítimamente de sus talentos para contribuir a una abundancia provechosa para todos, y para recoger los justos frutos de sus esfuerzos. Deberá ajustarse a las reglamentaciones dictadas por las autoridades legítimas con miras al bien común (cf CA 32; 34).

2430 La vida económica se ve afectada por intereses diversos, con frecuencia opuestos entre sí. Así se explica el surgimiento de conflictos que la caracterizan (cf LE 11). Será preciso esforzarse para reducir estos últimos mediante la negociación, que respete los derechos y los deberes de cada parte: los responsables de las empresas, los representantes de los trabajadores, por ejemplo, de las organizaciones sindicales y, en caso necesario, los poderes públicos.

2431 La responsabilidad del Estado. ‘La actividad económica, en particular la economía de mercado, no puede desenvolverse en medio de un vacío institucional, jurídico y político. Por el contrario supone una seguridad que garantiza la libertad individual y la propiedad, además de un sistema monetario estable y servicios públicos eficientes. La primera incumbencia del Estado es, pues, la de garantizar esa seguridad, de manera que quien trabaja y produce pueda gozar de los frutos de su trabajo y, por tanto, se sienta estimulado a realizarlo eficiente y honestamente… Otra incumbencia del Estado es la de vigilar y encauzar el ejercicio de los derechos humanos en el sector económico; pero en este campo la primera responsabilidad no es del Estado, sino de cada persona y de los diversos grupos y asociaciones en que se articula la sociedad’ (CA 48).

2432 A los responsables de las empresas les corresponde ante la sociedad la responsabilidad económica y ecológica de sus operaciones (CA 37). Están obligados a considerar el bien de las personas y no solamente el aumento de las ganancias. Sin embargo, éstas son necesarias; permiten realizar las inversiones que aseguran el porvenir de las empresas, y garantizan los puestos de trabajo.

2433 El acceso al trabajo y a la profesión debe estar abierto a todos sin discriminación injusta, a hombres y mujeres, sanos y disminuidos, autóctonos e inmigrados (cf LE 19; 22-23). Habida consideración de las circunstancias, la sociedad debe por su parte ayudar a los ciudadanos a procurarse un trabajo y un empleo (cf CA 48).

2434 El salario justo es el fruto legítimo del trabajo. Negarlo o retenerlo puede constituir una grave injusticia (cf Lv 19, 13; Dt 24, 14-15; St 5, 4). Para determinar la justa remuneración se han de tener en cuenta a la vez las necesidades y las contribuciones de cada uno. ‘El trabajo debe ser remunerado de tal modo que se den al hombre posibilidades de que él y los suyos vivan dignamente su vida material, social, cultural y espiritual, teniendo en cuenta la tarea y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común’ (GS 67, 2). El acuerdo de las partes no basta para justificar moralmente la cuantía del salario.

2435 La huelga es moralmente legítima cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado. Resulta moralmente inaceptable cuando va acompañada de violencias o también cuando se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados con las condiciones del trabajo o contrarios al bien común.

2436 Es injusto no pagar a los organismos de seguridad social las cotizaciones establecidas por las autoridades legítimas.

La privación de empleo a causa de la huelga es casi siempre para su víctima un atentado contra su dignidad y una amenaza para el equilibrio de la vida. Además del daño personal padecido, de esa privación se derivan riesgos numerosos para su hogar (cf LE 18).

V Justicia y solidaridad entre las naciones

2437 En el plano internacional la desigualdad de los recursos y de los medios económicos es tal que crea entre las naciones un verdadero ‘abismo’ (SRS 14). Por un lado están los que poseen y desarrollan los medios de crecimiento, y por otro, los que acumulan deudas.

2438 Diversas causas, de naturaleza religiosa, política, económica y financiera, confieren hoy a la cuestión social ‘una dimensión mundial’ (SRS 9). Es necesaria la solidaridad entre las naciones cuyas políticas son ya interdependientes. Es todavía más indispensable cuando se trata de acabar con los ‘mecanismos perversos’ que obstaculizan el desarrollo de los países menos avanzados (cf SRS 17; 45). Es preciso sustituir los sistemas financieros abusivos, si no usurarios (cf CA 35), las relaciones comerciales inicuas entre las naciones, la carrera de armamentos, por un esfuerzo común para movilizar los recursos hacia objetivos de desarrollo moral, cultural y económico ‘redefiniendo las prioridades y las escalas de valores’(CA 28).

2439 Las naciones ricas tienen una responsabilidad moral grave respecto a las que no pueden por sí mismas asegurar los medios de su desarrollo, o han sido impedidas de realizarlo por trágicos acontecimientos históricos. Es un deber de solidaridad y de caridad; es también una obligación de justicia si el bienestar de las naciones ricas procede de recursos que no han sido pagados con justicia.

2440 La ayuda directa constituye una respuesta apropiada a necesidades inmediatas, extraordinarias, causadas por ejemplo por catástrofes naturales, epidemias, etc. Pero no basta para reparar los graves daños que resultan de situaciones de indigencia ni para remediar de forma duradera las necesidades. Es preciso también reformar las instituciones económicas y financieras internacionales para que promuevan y potencien relaciones equitativas con los países menos desarrollados (cf SRS 16). Es preciso sostener el esfuerzo de los países pobres que trabajan por su crecimiento y su liberación (cf CA 26). Esta doctrina exige ser aplicada de manera muy particular en el ámbito del trabajo agrícola. Los campesinos, sobre todo en el Tercer Mundo, forman la masa mayoritaria de los pobres.

2441 Acrecentar el sentido de Dios y el conocimiento de sí mismo constituye la base de todo desarrollo completo de la sociedad humana. Este multiplica los bienes materiales y los pone al servicio de la persona y de su libertad. Disminuye la miseria y la explotación económicas. Hace crecer el respeto de las identidades culturales y la apertura a la trascendencia (cf SRS 32; CA 51).

2442 No corresponde a los pastores de la Iglesia intervenir directamente en la actividad política y en la organización de la vida social. Esta tarea forma parte de la vocación de los fieles laicos, que actúan por su propia iniciativa con sus conciudadanos. La acción social puede implicar una pluralidad de vías concretas. Deberá atender siempre al bien común y ajustarse al mensaje evangélico y a la enseñanza de la Iglesia. Pertenece a los fieles laicos ‘animar, con su compromiso cristiano, las realidades y, en ellas, procurar ser testigos y operadores de paz y de justicia’ (SRS 47; cf 42).

VI El amor de los pobres

2443 Dios bendice a los que ayudan a los pobres y reprueba a los que se niegan a hacerlo: ‘A quien te pide da, al que desee que le prestes algo no le vuelvas la espalda’ (Mt 5, 42). ‘Gratis lo recibisteis, dadlo gratis’ (Mt 10, 8). Jesucristo reconocerá a sus elegidos en lo que hayan hecho por los pobres (cf Mt 25, 31-36). La buena nueva ‘anunciada a los pobres’ (Mt 11, 5; Lc 4, 18)) es el signo de la presencia de Cristo.

2444 ‘El amor de la Iglesia por los pobres… pertenece a su constante tradición’ (CA 57). Está inspirado en el Evangelio de las bienaventuranzas (cf Lc 6, 20-22), en la pobreza de Jesús (cf Mt 8, 20), y en su atención a los pobres (cf Mc 12, 41-44). El amor a los pobres es también uno de los motivos del deber de trabajar, con el fin de ‘hacer partícipe al que se halle en necesidad’ (Ef 4, 28). No abarca sólo la pobreza material, sino también las numerosas formas de pobreza cultural y religiosa (cf CA 57).

2445 El amor a los pobres es incompatible con el amor desordenado de las riquezas o su uso egoísta:
Ahora bien, vosotros, ricos, llorad y dad alaridos por las desgracias que están para caer sobre vosotros. Vuestra riqueza está podrida y vuestros vestidos están apolillados; vuestro oro y vuestra plata están tomados de herrumbre y su herrumbre será testimonio contra vosotros y devorará vuestras carnes como fuego. Habéis acumulado riquezas en estos días que son los últimos. Mirad: el salario que no habéis pagado a los obreros que segaron vuestros campos está gritando; y los gritos de los segadores han llegado a los oídos del Señor de los ejércitos. Habéis vivido sobre la tierra regaladamente y os habéis entregado a los placeres; habéis hartado vuestros corazones en el día de la matanza. Condenasteis y matasteis al justo; él no os resiste (St 5, 1-6).

2446 San Juan Crisóstomo lo recuerda vigorosamente: ‘No hacer participar a los pobres de los propios bienes es robarles y quitarles la vida. Lo que poseemos no son bienes nuestros, sino los suyos’. Es preciso ‘satisfacer ante todo las exigencias de la justicia, de modo que no se ofrezca como ayuda de caridad lo que ya se debe a título de justicia’ (AA 8):

Cuando damos a los pobres las cosas indispensables no les hacemos liberalidades personales, sino que les devolvemos lo que es suyo. Más que realizar un acto de caridad, lo que hacemos es cumplir un deber de justicia. (S. Gregorio Magno, past. 3, 21).

2447 Las obras de misericordia son acciones caritativas mediante las cuales socorremos a nuestro prójimo en sus necesidades corporales y espirituales (cf. Is 58, 6-7; Hb 13, 3). Instruir, aconsejar, consolar, confortar, son obras espirituales de misericordia, como también lo son perdonar y sufrir con paciencia. Las obras de misericordia corporales consisten especialmente en dar de comer al hambriento, dar techo a quien no lo tiene, vestir al desnudo, visitar a los enfermos y a los presos, enterrar a los muertos (cf Mt 25,31-46). Entre estas obras, la limosna hecha a los pobres (cf Tb 4, 5-11; Si 17, 22) es uno de los principales testimonios de la caridad fraterna; es también una práctica de justicia que agrada a Dios (cf Mt 6, 2-4):

El que tenga dos túnicas que las reparta con el que no tiene; el que tenga para comer que haga lo mismo (Lc 3, 11). Dad más bien en limosna lo que tenéis, y así todas las cosas serán puras para vosotros (Lc 11, 41). Si un hermano o una hermana están desnudos y carecen del sustento diario, y alguno de vosotros les dice: ‘Id en paz, calentaos o hartaos’, pero no les dais lo necesario para el cuerpo, ¿de qué sirve? (St 2, 15-16).

2448 ‘Bajo sus múltiples formas -indigencia material, opresión injusta, enfermedades físicas o psíquicas y, por último, la muerte -, la miseria humana es el signo manifiesto de la debilidad congénita en que se encuentra el hombre tras el primer pecado y de la necesidad que tiene de salvación. Por ello, la miseria humana atrae la compasión de Cristo Salvador, que la ha querido cargar sobre sí e identificarse con los «más pequeños de sus hermanos». También por ello, los oprimidos por la miseria son objeto de un amor de preferencia por parte de la Iglesia, que, desde los orígenes, y a pesar de los fallos de muchos de sus miembros, no ha cesado de trabajar para aliviarlos, defenderlos y liberarlos. Lo ha hecho mediante innumerables obras de beneficencia, que siempre y en todo lugar continúan siendo indispensables’ (CDF, instr. «Libertatis conscientia» 68).

2449 En el Antiguo Testamento, toda una serie de medidas jurídicas (año jubilar, prohibición del préstamo a interés, retención de la prenda, obligación del diezmo, pago cotidiano del jornalero, derecho de rebusca después de la vendimia y la siega) corresponden a la exhortación del Deuteronomio: ‘Ciertamente nunca faltarán pobres en este país; por esto te doy yo este mandamiento: debes abrir tu mano a tu hermano, a aquél de los tuyos que es indigente y pobre en tu tierra’ (Dt 15, 11). Jesús hace suyas estas palabras: ‘Porque pobres siempre tendréis con vosotros; pero a mí no siempre me tendréis’ (Jn 12, 8). Con esto, no hace caduca la vehemencia de los oráculos antiguos: ‘comprando por dinero a los débiles y al pobre por un par de sandalias…’ (Am 8, 6), sino que nos invita a reconocer su presencia en los pobres que son sus hermanos (cf Mt 25, 40):
El día en que su madre le reprendió por atender en la casa a pobres y enfermos, santa Rosa de Lima le contestó: ‘Cuando servimos a los pobres y a los enfermos, servimos a Jesús. No debemos cansarnos de ayudar a nuestro prójimo, porque en ellos servimos a Jesús’.

RESUMEN

2450 ‘No robarás’ (Dt 5, 19). ‘Ni los ladrones, ni los avaros…, ni los rapaces heredarán el Reino de Dios’ (1Co 6, 10).

2451 El séptimo mandamiento prescribe la práctica de la justicia y de la caridad en el uso de los bienes terrenos y de los frutos del trabajo de los hombres.

2452 Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano. El derecho a la propiedad privada no anula el destino universal de los bienes.

2453 El séptimo mandamiento prohíbe el robo. El robo es la usurpación del bien ajeno contra la voluntad razonable de su dueño.

2454 Toda manera de tomar y de usar injustamente un bien ajeno es contraria al séptimo mandamiento. La injusticia cometida exige reparación. La justicia conmutativa impone la restitución del bien robado.

2455 La ley moral prohíbe los actos que, con fines mercantiles o totalitarios, llevan a esclavizar a los seres humanos, a comprarlos, venderlos y cambiarlos como si fueran mercaderías.”

2456. “El dominio, concedido por el Creador, sobre los recursos minerales, vegetales y animales del universo, no puede ser separado del respeto de las obligaciones morales frente a todos los hombres, incluidos los de las generaciones venideras.

2457 Los animales están confiados a la administración del hombre que les debe benevolencia. Pueden servir a la justa satisfacción de las necesidades del hombre.

2458 La Iglesia pronuncia un juicio en materia económica y social cuando lo exigen los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas. Cuida del bien común temporal de los hombres en razón de su ordenación al supremo Bien, nuestro fin último.

2459 El hombre es el autor, el centro y el fin de toda la vida económica y social. El punto decisivo de la cuestión social estriba en que los bienes creados por Dios para todos lleguen de hecho a todos, según la justicia y con la ayuda de la caridad.

2460 El valor primordial del trabajo atañe al hombre mismo que es su autor y su destinatario. Mediante su trabajo, el hombre participa en la obra de la creación. Unido a Cristo, el trabajo puede ser redentor.

2461 El desarrollo verdadero es el del hombre en su integridad. Se trata de hacer crecer la capacidad de cada persona a fin de responder a su vocación y, por lo tanto, a la llamada de Dios (cf CA 29).

2462 La limosna hecha a los pobres es un testimonio de caridad fraterna; es también una práctica de justicia que agrada a Dios.

2463 En la multitud de seres humanos sin pan, sin techo, sin patria, hay que reconocer a Lázaro, el mendigo hambriento de la parábola (cf 16, 19-31). En dicha multitud hay que oír a Jesús que dice: ‘Cuanto dejasteis de hacer con uno de éstos, también conmigo dejasteis de hacerlo’ (Mt 25, 45).

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL SÉPTIMO MANDAMIENTO
«No robarás»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿Me he quedado con algo que no es mío?

¿He quitado algo o encubierto algún robo?

¿Ha sido con violencia o a persona pobre o en lugar sagrado o con cualquiera otra circunstancia agravante?

¿He retenido dinero de otros, necesitándolo ellos?

¿He prestado dinero con usura?

¿He robado algún objeto o alguna cantidad de dinero?

¿He reparado o restituido pudiendo hacerlo?

¿Estoy dispuesto a realizarlo?

¿He cooperado con otros en algún robo o hurto?

¿Había alguna circunstancia que lo agravase, por ejemplo, que se tratase de un objeto sagrado?

¿La cantidad o el valor de los apropiado era de importancia? 

¿He hecho daño de otro modo a sus bienes?

¿He engañado cobrando más de lo debido?

¿He pensado o deseado robar a alguien, o hacerle daño en sus bienes?

¿O lo he aconsejado?

¿He cooperado al robo en alguna forma?

¿He devuelto lo encontrado si sé de quién es?

Si no sé de quién es, ¿he procurado averiguarlo con diligencia? (De no ser posible, se ha de procurar dar una limosna a los necesitados o a las necesidades de la Iglesia)

¿He tomado, retenido o cogido injustamente cualquier bien ajeno, contra la voluntad razonable de su dueño?

¿He defraudado, engañado o estafado a alguien en algún negocio o actividad mercantil?

¿He pagado salarios injustos, que no estén de acuerdo al desempeño de la persona?

¿Retribuyo con justicia el trabajo de los demás? 

¿Retengo o retraso indebidamente el pago de jornales o sueldos? 

¿He cumplido debidamente con mi trabajo, ganándome el sueldo que me corresponde? 

¿Exijo dinero por un servicio que estoy obligado por mi cargo?

¿Cobro por servicios que no he desempeñado o que he desempeñado mal?

¿He elevado los precios de mis bienes, especulando con la ignorancia o las necesidades ajenas?

¿He participado de alguna manera en la corrupción, mediante la cual se trata de cambiar el proceder correcto, por el que más convenga?

¿He trabajado mal?,

¿He robado tiempo en mi trabajo?,

¿He defraudado a mis patrones?

¿He defraudado físicamente al Estado, en los impuestos justos y razonables que se revierten en beneficio de la comunidad? (ver justicia conmutativa y justicia distributiva 2409 – 2413 del nuevo Catecismo de la Iglesia Católica)

¿He falsificado documentos o utilizado actos engañosos?

¿He despilfarrado mis bienes o los que he tenido a cargo?

¿He gastado en exceso o en cosas suntuarias, buscando desmedido placer o prestigio?

¿He derrochado en lujo y vanidades lo que a mi me sobra y otros necesitan?

¿He causado daño a las propiedades o bienes públicos o privados?

¿He incumplido promesas o contratos moralmente justos?

¿He faltado sin justa causa en contratos comerciales, de compra o venta, de arriendo o de trabajo etc.?

¿He apostado injustamente, o he hecho trampas en juegos de azar, causando perjuicio?

¿He invertido en mascotas, sumas de dinero muy altas, que ayudarían a remediar mejor la miseria humana?

¿He jugado cantidades grandes de dinero?

¿He hecho trampa en el juego? (Tienes que devolver lo ganado con trampa, al perjudicado o darlo en limosna. Si tienes duda pregunta al confesor)

¿He pasado monedas falsas o sisado en las compras?

¿He gastado más de lo que me permite mi posición? 

¿He dejado de dar lo conveniente para ayudar a la Iglesia? 

¿Hago limosna según mi posición económica? 

¿He llevado con sentido cristiano la carencia de cosas superfluas, o incluso necesarias? 

¿He defraudado a mi consorte en los bienes? 

En el desempeño de cargos o funciones públicas, 
¿Me he dejado llevar del favoritismo, acepción de personas, faltando a la justicia? 

¿Cumplo con exactitud los deberes sociales, v. gr., pago de seguros sociales, con mis empleados?

¿He abusado de la ley, con perjuicio de tercero, para evitar el pago de los seguros sociales? 

¿He pagado los impuestos que son de justicia? 

¿He evitado o procurado evitar, pudiendo hacerlo desde el cargo que ocupo, las injusticias, los escándalos, hurtos, venganzas, fraudes y demás abusos que dañan la convivencia social? 

¿He prestado mi apoyo a programas inmorales y anticristianos de acción social y política? 

¿He hecho sufrir inútilmente a algún animal?

¿He sacrificado sin necesidad la vida de algún animal?

Al trabajar, ¿He colocado el lucro personal como la norma exclusiva y el fin único de mi actividad económica; olvidándome de los derechos fundamentales de mis trabajadores o compañeros, y olvidándome de realizar mi trabajo como servicio a los demás? “No podéis servir a Dios y al dinero” (Mt 6, 24; Lc 16, 13).

¿He ayudado con amor a los pobres?

¿He practicado las obras de misericordia y la caridad?

¿He cooperado a sabiendas al daño del prójimo?

¿He sido cómplice o encubridor de alguna injusticia?

¿He comprado a sabiendas lo robado?

¿He restituido lo robado y reparado el daño ocasionado según mis posibilidades? Si no lo he hecho, ¿estoy dispuesto a hacerlo?

¿Coopero según mis posibilidades a la implantación de la justicia social y el remedio del tremendo problema social?

¿Considero como problema personal mío la tragedia de mis hermanos, los padres de familia sin trabajo y la de todos aquellos que no ganan lo suficiente para sustentar a sus hijos?

¿Doy la limosna que puedo según mi condición?

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 7.  Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo:

Día 6

Vacaciones de amor con Dios
Propuesta espiritual de P. Jesús

Día 6: «NO COMETERÁS ACTOS IMPUROS«

Puedes descargarte la explicación de hoy en Word o PDF para imprimir o leer desde tu pc o computadora.

Descargar Word  Descargar PDF 

 

SEXTO MANDAMIENTO DE LA LEY DE DIOS
«NO COMETERÁS ACTOS IMPUROS»

No cometerás adulterio (Ex 20, 14; Dt 5, 17).

Habéis oído que se dijo: ‘No cometerás adulterio’. Pues yo os digo: Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón (Mt 5, 27-28).

I ‘Hombre y mujer los creó’

2331 ‘Dios es amor y vive en sí mismo un misterio de comunión personal de amor. Creándola a su imagen… Dios inscribe en la humanidad del hombre y de la mujer la vocación, y consiguientemente la capacidad y la responsabilidad del amor y de la comunión’ (FC 11).

‘Dios creó el hombre a imagen suya… hombre y mujer los creó’ (Gn 1, 27). ‘Creced y multiplicaos’ (Gn 1, 28); ‘el día en que Dios creó al hombre, le hizo a imagen de Dios. Los creó varón y hembra, los bendijo, y los llamó ‘Hombre’ en el día de su creación’ (Gn 5, 1-2).

2332 La sexualidad abraza todos los aspectos de la persona humana, en la unidad de su cuerpo y de su alma. Concierne particularmente a la afectividad, a la capacidad de amar y de procrear y, de manera más general, a la aptitud para establecer vínculos de comunión con otro.

2333 Corresponde a cada uno, hombre y mujer, reconocer y aceptar su identidad sexual. La diferencia y la complementariedad físicas, morales y espirituales, están orientadas a los bienes del matrimonio y al desarrollo de la vida familiar. La armonía de la pareja humana y de la sociedad depende en parte de la manera en que son vividas entre los sexos la complementariedad, la necesidad y el apoyo mutuos.

2334 ‘Creando al hombre «varón y mujer», Dios da la dignidad personal de igual modo al hombre y a la mujer’ (FC 22; cf GS 49, 2). ‘El hombre es una persona, y esto se aplica en la misma medida al hombre y a la mujer, porque los dos fueron creados a imagen y semejanza de un Dios personal’ (MD 6).

2335 Cada uno de los dos sexos es, con una dignidad igual, aunque de manera distinta, imagen del poder y de la ternura de Dios. La unión del hombre y de la mujer en el matrimonio es una manera de imitar en la carne la generosidad y la fecundidad del Creador: ‘El hombre deja a su padre y a su madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne’ (Gn 2, 24). De esta unión proceden todas las generaciones humanas (cf Gn 4, 1-2.25-26; 5, 1).

2336 Jesús vino a restaurar la creación en la pureza de sus orígenes. En el Sermón de la Montaña interpreta de manera rigurosa el plan de Dios: ‘Habéis oído que se dijo: «no cometerás adulterio». Pues yo os digo: «Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón’» (Mt 5, 27-28). El hombre no debe separar lo que Dios ha unido (cf Mt 19, 6).

La Tradición de la Iglesia ha entendido el sexto mandamiento como referido a la globalidad de la sexualidad humana.

II La vocación a la castidad

2337 La castidad significa la integración lograda de la sexualidad en la persona, y por ello en la unidad interior del hombre en su ser corporal y espiritual. La sexualidad, en la que se expresa la pertenencia del hombre al mundo corporal y biológico, se hace personal y verdaderamente humana cuando está integrada en la relación de persona a persona, en el don mutuo total y temporalmente ilimitado del hombre y de la mujer.

La virtud de la castidad, por tanto, entraña la integridad de la persona y la totalidad del don.

La integridad de la persona

2338 La persona casta mantiene la integridad de las fuerzas de vida y de amor depositadas en ella. Esta integridad asegura la unidad de la persona; se opone a todo comportamiento que la pueda lesionar. No tolera ni la doble vida ni el doble lenguaje (cf Mt 5, 37).

2339 La castidad implica un aprendizaje del dominio de sí, que es una pedagogía de la libertad humana. La alternativa es clara: o el hombre controla sus pasiones y obtiene la paz, o se deja dominar por ellas y se hace desgraciado (cf Si 1, 22). ‘La dignidad del hombre requiere, en efecto, que actúe según una elección consciente y libre, es decir, movido e inducido personalmente desde dentro y no bajo la presión de un ciego impulso interior o de la mera coacción externa. El hombre logra esta dignidad cuando, liberándose de toda esclavitud de las pasiones, persigue su fin en la libre elección del bien y se procura con eficacia y habilidad los medios adecuados’ (GS 17).

2340 El que quiere permanecer fiel a las promesas de su bautismo y resistir las tentaciones debe poner los medios para ello: el conocimiento de sí, la práctica de una ascesis adaptada a las situaciones encontradas, la obediencia a los mandamientos divinos, la práctica de las virtudes morales y la fidelidad a la oración. ‘La castidad nos recompone; nos devuelve a la unidad que habíamos perdido dispersándonos’ (S. Agustín conf. 10, 29; 40).

2341 La virtud de la castidad forma parte de la virtud cardinal de la templanza, que tiende a impregnar de racionalidad las pasiones y los apetitos de la sensibilidad humana.

2342 El dominio de sí es una obra que dura toda la vida. Nunca se la considerará adquirida de una vez para siempre. Supone un esfuerzo reiterado en todas las edades de la vida (cf tt 2, 1-6). El esfuerzo requerido puede ser más intenso en ciertas épocas, como cuando se forma la personalidad, durante la infancia y la adolescencia.
2343 La castidad tiene unas leyes de crecimiento; éste pasa por grados marcados por la imperfección y, muy a menudo, por el pecado. ‘Pero el hombre, llamado a vivir responsablemente el designio sabio y amoroso de Dios, es un ser histórico que se construye día a día con sus opciones numerosas y libres; por esto él conoce, ama y realiza el bien moral según las diversas etapas de crecimiento’ (FC 34).

2344 La castidad representa una tarea eminentemente personal; implica también un esfuerzo cultural, pues ‘el desarrollo de la persona humana y el crecimiento de la sociedad misma están mutuamente condicionados’ (GS 25, 1). La castidad supone el respeto de los derechos de la persona, en particular, el de recibir una información y una educación que respeten las dimensiones morales y espirituales de la vida humana.

2345 La castidad es una virtud moral. Es también un don de Dios, una gracia, un fruto del trabajo espiritual (cf Ga 5, 22). El Espíritu Santo concede, al que ha sido regenerado por el agua del bautismo, imitar la pureza de Cristo (cf 1 Jn 3, 3).

La integridad del don de sí

2346 La caridad es la forma de todas las virtudes. Bajo su influencia, la castidad aparece como una escuela de donación de la persona. El dominio de sí está ordenado al don de sí mismo. La castidad conduce al que la practica a ser ante el prójimo un testigo de la fidelidad y de la ternura de Dios.

2347 La virtud de la castidad se desarrolla en la amistad. Indica al discípulo cómo seguir e imitar al que nos eligió como sus amigos (cf Jn 15, 15), a quien se dio totalmente a nosotros y nos hace participar de su condición divina. La castidad es promesa de inmortalidad.

La castidad se expresa especialmente en la amistad con el prójimo. Desarrollada entre personas del mismo sexo o de sexos distintos, la amistad representa un gran bien para todos. Conduce a la comunión espiritual.

Los diversos regímenes de la castidad

2348 Todo bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha ‘revestido de Cristo’ (Ga 3, 27), modelo de toda castidad. Todos los fieles de Cristo son llamados a una vida casta según su estado de vida particular. En el momento de su Bautismo, el cristiano se compromete a dirigir su afectividad en la castidad.

2349 La castidad ‘debe calificar a las personas según los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón indiviso; a otras, de la manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o celibatarias’ (CDF, decl. «Persona humana» 11). Las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las otras practican la castidad en la continencia.

Existen tres formas de la virtud de la castidad: una de los esposos, otra de las viudas, la tercera de la virginidad. No alabamos a una con exclusión de las otras. En esto la disciplina de la Iglesia es rica. (S. Ambrosio, vid. 23).

2350 Los novios están llamados a vivir la castidad en la continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo respeto, un aprendizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse mutuamente a crecer en la castidad.

Las ofensas a la castidad

2351 La lujuria es un deseo o un goce desordenados del placer venéreo. El placer sexual es moralmente desordenado cuando es buscado por sí mismo, separado de las finalidades de procreación y de unión.

2352 Por masturbación se ha de entender la excitación voluntaria de los órganos genitales a fin de obtener un placer venéreo. ‘Tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado’. ‘El uso deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales normales contradice a su finalidad, sea cual fuere el motivo que lo determine’. Así, el goce sexual es buscado aquí al margen de ‘la relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de un amor verdadero’ (CDF, decl. «Persona humana» 9).
Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral de los sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales que reducen, e incluso anulan la culpabilidad moral.

2353 La fornicación es la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio. Es gravemente contraria a la dignidad de las personas y de la sexualidad humana, naturalmente ordenada al bien de los esposos, así como a la generación y educación de los hijos. Además, es un escándalo grave cuando hay de por medio corrupción de menores.

2354 La pornografía consiste en dar a conocer actos sexuales, reales o simulados, fuera de la intimidad de los protagonistas, exhibiéndolos ante terceras personas de manera deliberada. Ofende la castidad porque desnaturaliza la finalidad del acto sexual. Atenta gravemente a la dignidad de quienes se dedican a ella (actores, comerciantes, público), pues cada uno viene a ser para otro objeto de un placer rudimentario y de una ganancia ilícita. Introduce a unos y a otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave. Las autoridades civiles deben impedir la producción y la distribución de material pornográfico.

2355 La prostitución atenta contra la dignidad de la persona que se prostituye, puesto que queda reducida al placer venéreo que se saca de ella. El que paga peca gravemente contra sí mismo: quebranta la castidad a la que lo comprometió su bautismo y mancha su cuerpo, templo del Espíritu Santo (cf 1 Co 6, 15-20). La prostitución constituye una lacra social. Habitualmente afecta a las mujeres, pero también a los hombres, los niños y los adolescentes (en estos dos últimos casos el pecado entraña también un escándalo). Es siempre gravemente pecaminoso dedicarse a la prostitución, pero la miseria, el chantaje, y la presión social pueden atenuar la imputabilidad de la falta.

2356 La violación es forzar o agredir con violencia la intimidad sexual de una persona. Atenta contra la justicia y la caridad. La violación lesiona profundamente el derecho de cada uno al respeto, a la libertad, a la integridad física y moral. Produce un daño grave que puede marcar a la víctima para toda la vida. Es siempre un acto intrínsecamente malo. Más grave todavía es la violación cometida por parte de los padres (cf. incesto) o de educadores con los niños que les están confiados.

Castidad y homosexualidad

2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante, hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves (cf Gn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1, 10), la Tradición ha declarado siempre que ‘los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados’ (CDF, decl. «Persona humana» 8). Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso.

2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales instintivas. No eligen su condición homosexual; ésta constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición.

2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana.

III El amor de los esposos

2360 La sexualidad está ordenada al amor conyugal del hombre y de la mujer. En el matrimonio, la intimidad corporal de los esposos viene a ser un signo y una garantía de comunión espiritual. Entre bautizados, los vínculos del matrimonio están santificados por el sacramento.

2361 ‘La sexualidad, mediante la cual el hombre y la mujer se dan el uno al otro con los actos propios y exclusivos de los esposos, no es algo puramente biológico, sino que afecta al núcleo íntimo de la persona humana en cuanto tal. Ella se realiza de modo verdaderamente humano solamente cuando es parte integral del amor con el que el hombre y la mujer se comprometen totalmente entre sí hasta la muerte’ (FC 11).
Tobías se levantó del lecho y dijo a Sara: ‘Levántate, hermana, y oremos y pidamos a nuestro Señor que se apiade de nosotros y nos salve’. Ella se levantó y empezaron a suplicar y a pedir el poder quedar a salvo. Comenzó él diciendo: ‘¡Bendito seas tú, Dios de nuestros padres… tú creaste a Adán, y para él creaste a Eva, su mujer, para sostén y ayuda, y para que de ambos proviniera la raza de los hombres. Tú mismo dijiste: «no es bueno que el hombre se halle solo; hagámosle una ayuda semejante a él». Yo no tomo a ésta mi hermana con deseo impuro, mas con recta intención. Ten piedad de mí y de ella y podamos llegar juntos a nuestra ancianidad’. Y dijeron a coro: ‘Amén, amén’. Y se acostaron para pasar la noche (Tb 8, 4-9).

2362 ‘Los actos con los que los esposos se unen íntima y castamente entre sí son honestos y dignos, y, realizados de modo verdaderamente humano, significan y fomentan la recíproca donación, con la que se enriquecen mutuamente con alegría y gratitud’ (GS 49, 2). La sexualidad es fuente de alegría y de agrado:
El Creador… estableció que en esta función (de generación) los esposos experimentasen un placer y una satisfacción del cuerpo y del espíritu. Por tanto, los esposos no hacen nada malo procurando este placer y gozando de él. Aceptan lo que el Creador les ha destinado. Sin embargo, los esposos deben saber mantenerse en los límites de una justa moderación (Pío XII, discruso 29 octubre 1951).

2363 Por la unión de los esposos se realiza el doble fin del matrimonio: el bien de los esposos y la transmisión de la vida. No se pueden separar estas dos significaciones o valores del matrimonio sin alterar la vida espiritual de los cónyuges ni comprometer los bienes del matrimonio y el porvenir de la familia.

Así, el amor conyugal del hombre y de la mujer queda situado bajo la doble exigencia de la fidelidad y la fecundidad.

La fidelidad conyugal

2364 El matrimonio constituye una ‘íntima comunidad de vida y amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias’. Esta comunidad ‘se establece con la alianza del matrimonio, es decir, con un consentimiento personal e irrevocable’ (GS 48, 1). Los dos se dan definitiva y totalmente el uno al otro. Ya no son dos, ahora forman una sola carne. La alianza contraída libremente por los esposos les impone la obligación de mantenerla una e indisoluble (cf  CIC can. 1056). ‘Lo que Dios unió, no lo separe el hombre’ (Mc 10, 9; cf Mt 19, 1-12; 1 Co 7, 10-11).

2365 La fidelidad expresa la constancia en el mantenimiento de la palabra dada. Dios es fiel. El sacramento del Matrimonio hace entrar al hombre y la mujer en el misterio de la fidelidad de Cristo para con su Iglesia. Por la castidad conyugal dan testimonio de este misterio ante el mundo.

San Juan Crisóstomo sugiere a los jóvenes esposos hacer este razonamiento a sus esposas: ‘Te he tomado en mis brazos, te amo y te prefiero a mi vida. Porque la vida presente no es nada, mi deseo más ardiente es pasarla contigo de tal manera que estemos seguros de no estar separados en la vida que nos está reservada… pongo tu amor por encima de todo, y nada me será más penoso que no tener los mismos pensamientos que tú tienes’ (hom. in Eph. 20, 8).

La fecundidad del matrimonio

2366 La fecundidad es un don, un fin del matrimonio, pues el amor conyugal tiende naturalmente a ser fecundo. El niño no viene de fuera a añadirse al amor mutuo de los esposos; brota del corazón mismo de ese don recíproco, del que es fruto y cumplimiento. Por eso la Iglesia, que ‘está en favor de la vida’ (FC 30), enseña que todo ‘acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida’ (HV 11). ‘Esta doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio, está fundada sobre la inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador’ (HV 12; cf Pío XI, enc. «Casti connubii»).

2367 Llamados a dar la vida, los esposos participan del poder creador y de la paternidad de Dios (cf Ef. 3, 14; Mt 23, 9). ‘En el deber de transmitir la vida humana y educarla, que han de considerar como su misión propia, los cónyuges saben que son cooperadores del amor de Dios Creador y en cierta manera sus intérpretes. Por ello, cumplirán su tarea con responsabilidad humana y cristiana’ (GS 50, 2).

2368 Un aspecto particular de esta responsabilidad se refiere a la ‘regulación de la natalidad’. Por razones justificadas, los esposos pueden querer espaciar los nacimientos de sus hijos. En este caso, deben cerciorarse de que su deseo no nace del egoísmo, sino que es conforme a la justa generosidad de una paternidad responsable. Por otra parte, ordenarán su comportamiento según los criterios objetivos de la moralidad:
El carácter moral de la conducta, cuando se trata de conciliar el amor conyugal con la transmisión responsable de la vida, no depende sólo de la sincera intención y la apreciación de los motivos, sino que debe determinarse a partir de criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos; criterios que conserven íntegro el sentido de la donación mutua y de la procreación humana en el contexto del amor verdadero; esto es imposible si no se cultiva con sinceridad la virtud de la castidad conyugal (GS 51, 3).

2369 ‘Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y procreador, el acto conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y verdadero y su ordenación a la altísima vocación del hombre a la paternidad’ (HV 12).

2370 La continencia periódica, los métodos de regulación de nacimientos fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos infecundos (HV 16) son conformes a los criterios objetivos de la moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos, fomentan el afecto entre ellos y favorecen la educación de una libertad auténtica. Por el contrario, es intrínsecamente mala ‘toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación’ (HV 14):

‘Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud personal’. Esta diferencia antropológica y moral entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos ‘implica… dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana irreconciliables entre sí’ (FC 32).

2371 Por otra parte, ‘sea claro a todos que la vida de los hombres y la tarea de transmitirla no se limita sólo a este mundo y no se puede medir ni entender sólo por él, sino que mira siempre al destino eterno de los hombres’ (GS 51, 4).

2372 El Estado es responsable del bienestar de los ciudadanos. Por eso es legítimo que intervenga para orientar la demografía de la población. Puede hacerlo mediante una información objetiva y respetuosa, pero no mediante una decisión autoritaria y coaccionante. No puede legítimamente suplantar la iniciativa de los esposos, primeros responsables de la procreación y educación de sus hijos (cf HV 23; PP 37). El Estado no está autorizado a favorecer medios de regulación demográfica contrarios a la moral.

El don del hijo

2373 La Sagrada Escritura y la práctica tradicional de la Iglesia ven en las familias numerosas como un signo de la bendición divina y de la generosidad de los padres (cf GS 50, 2).

2374 Grande es el sufrimiento de los esposos que se descubren estériles. Abraham pregunta a Dios: ‘¿Qué me vas a dar, si me voy sin hijos…?’ (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su marido Jacob: ‘Dame hijos, o si no me muero’ (Gn 30, 1).

2375 Las investigaciones que intentan reducir la esterilidad humana deben alentarse, a condición de que se pongan ‘al servicio de la persona humana, de sus derechos inalienables, de su bien verdadero e integral, según el plan y la voluntad de Dios’ (CDF, instr. «Donum vitae» intr. 2).

2376 Las técnicas que provocan una disociación de la paternidad por intervención de una persona extraña a los cónyuges (donación del esperma o del óvulo, préstamo de útero) son gravemente deshonestas. Estas técnicas (inseminación y fecundación artificiales heterólogas) lesionan el derecho del niño a nacer de un padre y una madre conocidos de él y ligados entre sí por el matrimonio. Quebrantan ‘su derecho a llegar a ser padre y madre exclusivamente el uno a través del otro’ (CDF, instr. «Donum vitae» 2, 4).

2377 Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas [inseminación y fecundación artificiales homólogas] son quizá menos perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el acto sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del hijo ya no es un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino que ‘confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en sí contraria a la dignidad e igualdad que debe ser común a padres e hijos’ (cf CDF, instr. «Donum vitae» 82). ‘La procreación queda privada de su perfección propia, desde el punto de vista moral, cuando no es querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del gesto específico de la unión de los esposos… solamente el respeto de la conexión existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la dignidad de la persona’ (CDF, instr. «Donum vitae» 2, 4).

2378 El hijo no es un derecho sino un don. El ‘don más excelente del matrimonio’ es una persona humana. El hijo no puede ser considerado como un objeto de propiedad, a lo que conduciría el reconocimiento de un pretendido ‘derecho al hijo’. A este respecto, sólo el hijo posee verdaderos derechos: el de ‘ser el fruto del acto específico del amor conyugal de sus padres, y tiene también el derecho a ser respetado como persona desde el momento de su concepción’ (CDF, instr. «Donum vitae» 2, 8).

2379 El Evangelio enseña que la esterilidad física no es un mal absoluto. Los esposos que, tras haber agotado los recursos legítimos de la medicina, sufren por la esterilidad, deben asociarse a la Cruz del Señor, fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden manifestar su generosidad adoptando niños abandonados o realizando servicios abnegados en beneficio del prójimo.

IV Las ofensas a la dignidad del matrimonio

2380 El adulterio. Esta palabra designa la infidelidad conyugal. Cuando un hombre y una mujer, de los cuales al menos uno está casado, establecen una relación sexual, aunque ocasional, cometen un adulterio. Cristo condena incluso el deseo del adulterio (cf Mt 5, 27-28). El sexto mandamiento y el Nuevo Testamento prohíben absolutamente el adulterio (cf Mt 5, 32; 19, 6; Mc 10, 11; 1 Co 6, 9-10). Los profetas denuncian su gravedad; ven en el adulterio la imagen del pecado de idolatría (cf Os 2, 7; Jr 5, 7; 13, 27).

2381 El adulterio es una injusticia. El que lo comete falta a sus compromisos. Lesiona el signo de la Alianza que es el vínculo matrimonial. Quebranta el derecho del otro cónyuge y atenta contra la institución del matrimonio, violando el contrato que le da origen. Compromete el bien de la generación humana y de los hijos, que necesitan la unión estable de los padres.

El divorcio

2382 El Señor Jesús insiste en la intención original del Creador que quería un matrimonio indisoluble (cf Mt 5, 31-32; 19, 3-9; Mc 10, 9; Lc 16, 18; 1 Co 7, 10-11), y deroga la tolerancia que se había introducido en la ley antigua (cf Mt 19, 7-9).

Entre bautizados católicos, ‘el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa fuera de la muerte’ ( CIC can. 1141).

2383 La separación de los esposos con permanencia del vínculo matrimonial puede ser legítima en ciertos casos previstos por el Derecho Canónico (cf  CIC can. 1151-1155).

Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar ciertos derechos legítimos, el cuidado de los hijos o la defensa del patrimonio, puede ser tolerado sin constituir una falta moral.

2384 El divorcio es una ofensa grave a la ley natural. Pretende romper el contrato, aceptado libremente por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El divorcio atenta contra la Alianza de salvación de la cual el matrimonio sacramental es un signo. El hecho de contraer una nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta la gravedad de la ruptura: el cónyuge casado de nuevo se halla entonces en situación de adulterio público y permanente:

Si el marido, tras haberse separado de su mujer, se une a otra mujer, es adúltero, porque hace cometer un adulterio a esta mujer; y la mujer que habita con él es adúltera, porque ha atraído a sí al marido de otra (S. Basilio, moral.regla 73).

2385 El divorcio adquiere también su carácter inmoral a causa del desorden que introduce en la célula familiar y en la sociedad. Este desorden entraña daños graves: para el cónyuge, que se ve abandonado; para los hijos, traumatizados por la separación de los padres, y a menudo viviendo en tensión a causa de sus padres; por su efecto contagioso, que hace de él una verdadera plaga social.

2386 Puede ocurrir que uno de los cónyuges sea la víctima inocente del divorcio dictado en conformidad con la ley civil; entonces no contradice el precepto moral. Existe una diferencia considerable entre el cónyuge que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el que, por una falta grave de su parte, destruye un matrimonio canónicamente válido (cf FC 84).

Otras ofensas a la dignidad del matrimonio

2387 “Es comprensible el drama del que, deseoso de convertirse al Evangelio, se ve obligado a repudiar una o varias mujeres con las que ha compartido años de vida conyugal. Sin embargo, la poligamia no se ajusta a la ley moral, pues contradice radicalmente la comunión conyugal. La poligamia ‘niega directamente el designio de Dios, tal como es revelado desde los orígenes, porque es contraria a la igual dignidad personal del hombre y de la mujer, que en el matrimonio se dan con un amor total y por lo mismo único y exclusivo’ (FC 19; cf GS 47, 2). El cristiano que había sido polígamo está gravemente obligado en justicia a cumplir los deberes contraídos respecto a sus antiguas mujeres y sus hijos.

2388 Incesto es la relación carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio (cf Lv 18, 7-20). San Pablo condena esta falta particularmente grave: ‘Se oye hablar de que hay inmoralidad entre vosotros… hasta el punto de que uno de vosotros vive con la mujer de su padre… en nombre del Señor Jesús… sea entregado ese individuo a Satanás para destrucción de la carne…’ (1 Co 5, 1.4-5). El incesto corrompe las relaciones familiares y representa una regresión a la animalidad.

2389 Se puede equiparar al incesto los abusos sexuales perpetrados por adultos en niños o adolescentes confiados a su guarda. Entonces esta falta adquiere una mayor gravedad por atentar escandalosamente contra la integridad física y moral de los jóvenes que quedarán así marcados para toda la vida, y por ser una violación de la responsabilidad educativa.

2390 Hay unión libre cuando el hombre y la mujer se niegan a dar forma jurídica y pública a una unión que implica la intimidad sexual.

La expresión en sí misma es engañosa: ¿qué puede significar una unión en la que las personas no se comprometen entre sí y testimonian con ello una falta de confianza en el otro, en sí mismo, o en el porvenir?
Esta expresión abarca situaciones distintas: concubinato, rechazo del matrimonio en cuanto tal, incapacidad de unirse mediante compromisos a largo plazo (cf FC 81). Todas estas situaciones ofenden la dignidad del matrimonio; destruyen la idea misma de la familia; debilitan el sentido de la fidelidad. Son contrarias a la ley moral: el acto sexual debe tener lugar exclusivamente en el matrimonio; fuera de éste constituye siempre un pecado grave y excluye de la comunión sacramental.

2391 No pocos postulan hoy una especie de ‘unión a prueba’ cuando existe intención de casarse. Cualquiera que sea la firmeza del propósito de los que se comprometen en relaciones sexuales prematuras, éstas ‘no garantizan que la sinceridad y la fidelidad de la relación interpersonal entre un hombre y una mujer queden aseguradas, y sobre todo protegidas, contra los vaivenes y las veleidades de las pasiones’ (CDF, decl. «Persona humna», 7). La unión carnal sólo es moralmente legítima cuando se ha instaurado una comunidad de vida definitiva entre el hombre y la mujer. El amor humano no tolera la ‘prueba’. Exige un don total y definitivo de las personas entre sí (cf FC 80).

RESUMEN

2392 ‘El amor es la vocación fundamental e innata de todo ser humano’ (FC 11).

2393 Al crear al ser humano hombre y mujer, Dios confiere la dignidad personal de manera idéntica a uno y a otra. A cada uno, hombre y mujer, corresponde reconocer y aceptar su identidad sexual.

2394 Cristo es el modelo de la castidad. Todo bautizado es llamado a llevar una vida casta, cada uno según su estado de vida.

2395 La castidad significa la integración de la sexualidad en la persona. Entraña el aprendizaje del dominio personal.

2396 Entre los pecados gravemente contrarios a la castidad se deben citar la masturbación, la fornicación, las actividades pornográficas y las prácticas homosexuales.

2397 La alianza que los esposos contraen libremente implica un amor fiel. Les confiere la obligación de guardar indisoluble su matrimonio.

2398 La fecundidad es un bien, un don, un fin del matrimonio. Dando la vida, los esposos participan de la paternidad de Dios.

2399 La regulación de la natalidad representa uno de los aspectos de la paternidad y la maternidad responsables. La legitimidad de las intenciones de los esposos no justifica el recurso a medios moralmente reprobables (p.e., la esterilización directa o la anticoncepción).

2400 El adulterio y el divorcio, la poligamia y la unión libre son ofensas graves a la dignidad del matrimonio.

FUENTE: Catecismo de la Iglesia Católica. 
www.Vatican.va

* * *

 

EXÁMEN DE CONCIENCIA RESPECTO AL SEXTO MANDAMIENTO
«No cometerás actos actos impuros»

Las siguientes preguntas para hacer el Examen de Conciencia que te proponemos, son sacadas de: «El manual del pueblo de Dios», y de varias Webs Católicas, como Fluvium.org y encuentra.com.

¿Me he dejado dominar por las pasiones? (Para dominar las pasiones se requiere primero que todo, contar con la gracia de Dios, y hacer un esfuerzo reiterado en todas las etapas de la vida. Se requiere también la obediencia a los mandamientos divinos, la práctica de las virtudes morales, y en espacial, la fidelidad en la oración)

¿He hecho acciones impuras?

¿Solo o con otras personas?

¿Cuántas veces?

¿Del mismo o distinto sexo?

¿Había alguna circunstancia de parentesco o afinidad que le diera especial gravedad?

¿Ha sido sólo con el tacto o has llegado a un acto completo en materia sexual?

¿Tuvieron consecuencias esas relaciones?

¿Hice algo para impedirlas?

¿Después de haberse formado la nueva vida?

¿He cometido algún otro pecado contra la pureza? 

En caso de ser hombre: ¿he dejado embarazada a alguna mujer? (Preguntar al confesor las obligaciones para con la madre y para con el hijo de tal embarazo)

¿He faltado a la castidad por masturbación?

¿Por pornografía? (actores, comerciantes, público). 

¿Me he puesto voluntariamente en peligro próximo de pecar gravemente, o no lo he evitado pudiendo y debiendo hacerlo?

¿He bailado con intención deshonesta?

¿He mirado con intención deshonesta? (No es lo mismo mirar detenida y voluntariamente que ver sin querer, como de paso y sin fijarse o por necesidad)

¿He besado o abrazado o usado el tacto con intención deshonesta?

¿Me he rozado con alguna cosa o persona con intención deshonesta?

¿He buscado de alguna manera excitarme carnalmente y he realizado gestos deshonestos?

¿He mal usado los adelantos tecnológicos como la Internet, para charlas impuras, y acciones que llevan al vicio de la lujuria?

¿Me he percatado que a través del mal uso de estos medios hago pecar a otros?

¿He ido yo en busca de las tentaciones en páginas donde sé que las hay?

¿He ido a buscar la tentación en los carteles de la calle donde sé que las hay?

¿Intento fortalecer mi fuerza de voluntad para vencer la tentación?

¿He fornicado? (Acto sexual entre hombre y mujer no vinculados en matrimonio sacramental)

¿He manchado mi cuerpo en la prostitución?

¿Vendiendo o comprando placer?

¿Propicio la prostitución o negocio con ella?

¿He forzado o agredido con violencia la intimidad sexual de una persona (incluso cónyuge)

¿He cometido incesto? (Relación sexual o violación cometida por los padres o educadores, con los niños a su cargo)

¿He cometido “pedofilia”? (Relación sexual con niños)

¿He tenido relaciones carnales homosexuales? (Rm 1, 24–27; 1Co 6,10; 1Tim 1,10; Gn 19, 1-29).

Si tengo tendencias homosexuales instintivas….. ¿He unido en oración mis dificultades al sacrificio de la cruz de Cristo, buscando siempre la práctica de la castidad, mediante el dominio de si mismo, y ayudado mediante la gracia sacramental en la practica constante de la comunión y demás sacramentos?

¿He asistido a diversiones que me ponían en ocasión próxima de pecar? (ciertos bailes, cines o espectáculos inmorales, malas lecturas o compañías).

¿Me doy cuenta de que ponerme en ocasiones de pecar es ya un pecado? 

¿Guardo los detalles de modestia que son la salvaguardia de la pureza?

¿Considero esos detalles ñoñería? 

Antes de asistir a un espectáculo, o leer un libro, ¿Me entero de su calificación moral para no ponerme en ocasión próxima de pecado evitando así las deformaciones de conciencia que pueda producirme? 

¿Me he entretenido con miradas impuras? 

¿He rechazado las sensaciones impuras? 

¿Tengo amistades que son ocasión habitual de pecado?

¿Estoy dispuesto a dejarlas? 

En el noviazgo, ¿es el amor verdadero la razón fundamental de esas relaciones?

¿Vivo el constante y alegre sacrificio de no convertir el cariño en ocasión de pecado?

¿Degrado el amor humano confundiéndolo con el egoísmo y con el placer? 

El noviazgo debe ser una ocasión de ahondar en el afecto y en el conocimiento mutuo; 
¿mis relaciones están inspiradas no por afán de posesión, sino por el espíritu de entrega, de comprensión, de respeto, de delicadeza? 

¿Tengo relaciones amorosas por pasatiempo, sin ánimo de casarte?

Si tengo relaciones, ¿me porto con seriedad y sé guardar el dominio debido en las manifestaciones de afecto, evitando el peligro de pecar?

¿Tengo amistades peligrosas?

¿Evito y me aparto de las ocasiones de pecar?

¿Busco ocasiones de pecar leyendo periódicos, anuncios, viendo películas o acudiendo a casas o lugares de inmoralidad, etc.?

¿Llevo a otros?

¿Me acerco con más frecuencia al sacramento de la Penitencia durante el noviazgo para tener más gracia de Dios?

¿Me han alejado de Dios esas relaciones? 

¿He usado preservativos o tomado fármacos para evitar los hijos?

¿He inducido a otras personas a que los tomen?

¿He influido de alguna manera —consejos, bromas o actitudes— en crear un ambiente antinatalista? 

¿He tenido conversaciones impuras?

¿Las he comenzado yo? 

¿He dicho palabras indecentes?

¿He tenido conversaciones obscenas, contando chistes indecentes o cantando canciones deshonestas? (En esta materia puede haber peligro de escándalo)

¿He fomentado estas conversaciones?

¿He prestado o dado películas, canciones, revistas o libros impuros?

¿Oigo cosas gravemente deshonestas, complaciéndote voluntariamente?

¿He leído, escrito o dibujado por gusto, sin razón que lo justifique, cosas gravemente deshonestas?

¿Tengo libros, revistas, fotografías, grabados inmorales?

¿Los he prestado?

¿He seguido leyendo un libro o viendo una película después de advertir que era un peligro para mi alma?

¿Coopero o encubro acciones deshonestas?

ESPOSOS

¿He sido completamente fiel en mi matrimonio? (Mt 5,32; 19,6; Mc 10,11; 1Co 6, 9-10; 1Co 6, 9-10; Os 2,7).

¿He roto, el libre contrato matrimonial con el divorcio? (Mc 10, 9).

¿He vivido en poligamia?

¿He dejado esas relaciones conyugales ilícitas?

¿Estoy cumpliendo con los deberes contraídos con esa(s) mujer(es) y los hijos?

¿He tenido relaciones carnales cometiendo el grave incesto? (1 Co 5, 1 4-5; Lv 18, 7-20).

¿He vivido en unión libre?

O ¿He vivido en concubinato o en unión a prueba?

No tengo hijos, y ¿he evitado la fecundidad en mi matrimonio? 

¿He usado métodos anticonceptivos diferentes a los permitidos -sólo en causas graves-, “métodos naturales”? (son contrarios, por ejemplo: condones, pastas, espumas, óvulos, inyecciones, y todo tipo de fármacos anti- ovulantes, etc.)

¿Hago uso del matrimonio solamente en aquellos días en que no puede haber descendencia?

¿Sigo este modo de control de la natalidad sin razones graves?  

¿He usado o propiciado métodos anticonceptivos micro abortivos que obligan a salir del útero el feto ya fecundado en las trompas? (por ejemplo: la “T”, la “S”, y demás objetos físicos que se introducen en el útero).

¿He utilizado técnicas reprobables de fecundación artificial, o de esterilización directa (ligadura de trompas, vasectomía)

¿He practicado el onanismo? o ¿el coito interrupto? (ver Génesis 38, 9-10).

¿He usado indebidamente el matrimonio?

¿He negado su derecho al otro cónyuge?

¿He faltado a la fidelidad conyugal con deseos o de obra? 

¿He usado preservativos o tomado fármacos para evitar los hijos?

¿He inducido a otras personas a que los tomen?

¿He influido de alguna manera —consejos, bromas o actitudes— en crear un ambiente antinatalista? 

 

Comparte tu experiencia, pensamientos y discernimientos del día 6. Puedes hacerlo escribiéndola en la casilla de abajo: